7/17/2010 la verdad del atentado a la AMIA
Alejandro Olmos Gaona es hijo del prócer argentino no reconocido por sus contemporáneos, Alejandro Olmos, el cual denunció la estafa de la deuda externa , causa que duerme cajoneada. Ayer en el acto de la AMIA se hablaba como caso resuelto acusando a Irán, cuando cualquier ser pensante sabe que Irán jamás fue una pista del atentado de la AMIA hasta que Estados Unidos entró en beligerancia con él: ahí mágicamente, estuvo resuelto el caso en el periodismo y el judaísmo cuando en la causa está todo confuso, sumándose ahora la presencia del fiscal judío Nissman, juez y parte.
Sabemos que Estados Unidos, Inglatera e Israel son socios en la infamia y el verdadero terrorismo y que esa infamia sirve para destruir paises como Irak y quedarse con sus recursos. La posibilidad de que Irán genere la bomba atómica desata todo esto, cuando Estados Unidos, Inglaterra e Israel ya poseen esas armas.
El periodismo "argentino" es socio de esa infamia, publicando cualquier cosa, comprando pescado podrido y no investigando.
Aquí Alejandro Olmos, la antítesis de toda la mentira, la infamia y la hpocresía de esos países delincuentes; aquí un argentino modelo.
"¿EXISTE UNA PISTA ISRAELI? Posiblemente cuando se lea este interrogante, las iras de los prejuiciosos de siempre se desaten, y se me acuse de estar pago por algún grupo terrorista interesado en sembrar más confusión sobre el atentado."
"En esto hay una notable coincidencia con su gran sostenedor: Estados Unidos, que solo respeta las decisiones de las Naciones Unidas, cuando ellas están de acuerdo con las políticas que sostienen."
Pude darme cuenta del desconocimiento del periodismo y la gente, del significado de la pista siria.
AMIA DE LA PISTA IRANI A LA PISTA ISRAELI
Escrito por Alejandro Olmos Gaona
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Olmos Gaona:-Quizás la llamada pista siria, sea una muestra relevante de pistas falsas que se hicieron circular para obstruir la investigación y liberar de sospecha a los culpables.
DE LA PISTA SIRIA A LA PISTA ISRAELI Por Alejandro Olmos Gaona (*)
En el transcurso de las complejas indagaciones llevadas a cabo, con motivo del atentado a la AMIA, así como se investigaron pistas verdaderamente descabelladas, se omitió la investigación de otras, en las que podía haber elementos de juicio para llegar a un esclarecimiento del tema, o por lo menos disipar las dudas, que en forma persistente, han rodeado, todo lo que estuviera relacionado con aquél.
Dentro del entramado complejo de cuestiones relacionadas con el atentado, la llamada pista siria es la que ha sido esgrimida reiteradamente por los dirigentes de la comunidad judía y por cierto periodismo, como una de las vías posibles para el esclarecimiento del atentado y la ubicación de sus responsables.
El cabecilla de esa pista sería Alberto Jacinto Kanoore Edul, a quien todas las publicaciones le atribuyen nacionalidad siria, demostrando así la innegable superficialidad con la que se maneja el periodismo, que no duda en atribuir responsabilidades a cualquier persona, basándose en trascendidos de dudosa procedencia, o en versiones interesadas que divulgan aquellos que quieren desviar cualquier investigación.
Las constantes imputaciones efectuadas a Alberto Kanoore Edul, a quien se ha sindicado como uno de los responsables de la llamada pista siria, fueron reiteradas en numerosas oportunidades, desde el mismo comienzo del atentado; renovándose cada año cuando surgía algún nuevo elemento de juicio que se incorporaba a la causa.
Sus supuestas vinculaciones con elementos fundamentalistas; su sospechada relación con la inteligencia iraní o libia, son algunas de las tantas versiones que se han hecho correr, como una forma de acreditar la posibilidad de que participara activamente en el atentado.
En el mes de octubre de 2003, con motivo de las declaraciones formuladas por el Director de Operaciones de la Secretaria de Inteligencia del Estado, Ing. Antonio Jaime Stiuso, el Juez Federal Juan José Galeano prohibió la salida del país de Kanoore Edul, y de su primo, el Subcomisario de la Policía Bonaerense, Víctor Chaban.
Los argumentos de Galeano en su resolución fueron inexistentes, y solo hizo referencia en la misma a posibles novedades que podía eventualmente aportar el Ingeniero Stiuso, novedades que nunca se concretaron en los hechos. Esta fue la última actuación que produjo el Juzgado Federal respecto de Kanoore.
El caso de Kanoore Edul es singularmente paradigmático, de cómo se llevó adelante la investigación, de cómo se le ha dado trascendencia a cuestiones carentes de la menor relevancia, de cómo se han creado pistas fantasiosas, investigándose las mismas, mientras se dejaban de lado otras posibilidades mucho más razonables.
Antes de seguir, es necesario que aclare que mi interés en la causa AMIA se debe a que conocí a Alberto Kanoore Edul hace mucho tiempo, ya que uno de mis hijos era compañero de su hijo en el Colegio del Salvador.
Lo volví a ver hace unos pocos años, y me contó de sus problemas relacionados con la causa, y todo lo que le había ocurrido a él y a su familia, con motivo de la imputación de haber participado en el atentado.
Aunque sus palabras me parecieron, en principio, muy convincentes, lo interrogué largamente sobre los hechos en los que supuestamente había participado.
Como a veces algunos de sus relatos me parecían confusos, le pedí precisiones, y me costó algún trabajo lograr que recordara todo lo relacionado con las imputaciones que se le habían hecho.
Como por supuesto su testimonio no me resultaba suficiente, hablé con sus padres, con su hermana, con sus hijos, tratando de evaluar en cada caso, el justificable interés que cada uno de ellos tenía, y la veracidad de lo que podían contarme.
Después examiné sus declaraciones ante el Juez Galeano, la trascripción de conversaciones telefónicas que se le hicieran a él y a su primo Víctor Chaban.
Consulté las actuaciones de la causa federal; las actuaciones realizadas por la Comisión Bicameral del Congreso de la Nación.
Vi las certificaciones efectuadas por la División Unidad Investigación Antiterrorista de la Policía Federal, sobre las conversaciones telefónicas.
Hablé con su abogado defensor el Dr. Juan Jacinto Devalle, analicé minuciosamente toda las inscripciones de su célebre agenda, y finalmente accedí a consultar unos informes secretos y confidenciales, que elevara el Ingeniero Antonio Stiuso Director de Operaciones de la SIDE, al Secretario de Inteligencia del Estado, Dr. Sergio Acevedo, en octubre de 2003. Con todos esos elementos, pude llegar a conocer algunos aspectos de la causa y de cómo se llevó adelante la investigación.
Pude también darme cuenta, del desconocimiento tanto del periodismo como de la gente en general, del real significado de la llamada pista siria, atribuyéndole toda suerte de posibilidades de encontrar elementos que pudieran ser utilizables en el esclarecimiento del atentado.
En el caso de los dirigentes de la comunidad judía, esa recurrencia a seguir enfatizando las bondades que podría arrojar la investigación de la "pista siria" es una muestra de conductas equivocadas, que continúan aún hoy para utilizar un calificativo prudente.
Si extremara mi rigor critico, debería hablar de mala fe.
Y digo esto porque tales dirigentes han tenido acceso siempre a la causa que llevó adelante el Juez Galeano, y saben con exactitud, como se investigó minuciosamente a Kanoore y a la pista que supuestamente él representa.
Aunque mis ocupaciones tienen que ver con la historia, y con la economía actual de mi país y no con el terrorismo, el caso AMIA me interesó, por conocer a uno de los imputados y poder acceder a documentos que me mostraron una realidad distinta, de la que surgía a diario en todos los medios, y a través de las declaraciones de los funcionarios, de los damnificados por el atentado y también de los dirigentes de la comunidad judía y sus allegados.
El propósito de estas reflexiones escritas al correr de la PC, es divulgar hechos y circunstancias que solo conocen aquellos vinculados a la causa, pero que desconoce el público en general, para que cada persona saque sus propias conclusiones, y no se sigan difundiendo historias que nada tienen que ver con la realidad.
Quiero aclarar finalmente, que todo lo que afirmo en estas breves reflexiones, está debidamente acreditado en la causa, y que no existe nada de cuanto digo, que no tenga el debido respaldo probatorio.
No es mi costumbre hablar de lo que no sé, y mucho menos relatar hechos y circunstancias que no pueda demostrar.
Son múltiples las falencias que podrían señalarse en la instrucción del sumario, que han sido puestas de manifiesto en forma explicita por el Tribunal Oral Federal en la sentencia de absolución de los imputados.
Y quizás la llamada pista siria, sea una muestra relevante de todo ese cúmulo de pistas falsas que se hicieron circular con la deliberada intención de obstruir la investigación, y liberar de toda sospecha a los verdaderos culpables.
Lo más sugestivo de la cuestión, es que mientras transcurría el tiempo investigándose una pista inexistente, se perdían de vista elementos muy serios, que podrían marcar un rumbo distinto en una pesquisa, cuyas deficiencias son mas que notorias y que después de diez años, no ha conseguido establecer ni siquiera aproximadamente quienes fueron los reales autores del atentado.
ALGUNOS HECHOS
El día 31 de julio de 1994, el Departamento Protección del Orden Constitucional, procedió a allanar los domicilios de la calle Constitución 2745, 2633 y 2695, relacionados con la actividad de Kanoore Edul, y a detener a éste, cuyo arresto habia sido dispuesto.
Las circunstancias determinantes para ordenar el arresto, fueron las siguientes: A través de la línea de telefonía celular 449-4706 perteneciente a la firma Aliantex SRL, con domicilio legal en la calle Constitución 2695 cuyo socio gerente era Kanoore, se habia efectuado un llamado a Carlos Telleldin el día 10 de julio alrededor de las 15.30.
Además se había evaluado el hecho de la cercanía del domicilio de Aliantex, con el terreno de la calle Constitución 2657, en el cual el Sr. Juan Alberto López, chofer de la empresa Volquetes Santa Rita, habia dejado un contenedor, tiempo después de haber dejado uno similar en la sede de la Amia, momentos antes de ocurrida la explosión.
Como consecuencia de los allanamientos, se procedió al secuestro de diversa documentación, que después de una exhaustivo análisis se pudo verificar que nada tenia que ver con los hechos investigados; y una agenda telefónica, en la que entre el nombre y dirección de una persona, figuraba el apellido Rabbani.
El 1 de agosto se le recibió declaración a Kanoore, quien fue interrogado sobre el llamado a Telleldin que fuera detectado, y la supuesta vecindad con el volquete. Negó toda vinculación con la empresa de Volquetes Santa Rita, y reconoció que habia efectuado numerosas llamadas, porque estaba buscando una camioneta Traffic, ya que la que tenia, marca Mercedes Benz le habia sido sustraída a sus empleados.
El 3 de agosto, volvió a declarar en forma espontánea, ampliando su testimonio anterior, sin que agregara datos significativos a lo ya declarado.
Es decir que hasta ese momento, los únicos elementos susceptibles de alguna sospecha, eran la llamada a Telleldin, la inscripción manuscrita de la Agenda, y el hecho de que se colocara un volquete frente al terreno de la calle Constitución 2657.
Tales indicios, determinaron al Juzgado a investigar a Kanoore, encomendándose al Departamento Unidad de Investigación Antiterrorista de la Policía Federal, la búsqueda de pruebas o indicios que permitieran incriminarlo.
Aunque no se encontraron nuevos elementos, después de una exhaustiva búsqueda el Juez Federal, Juan José Galeano, dispuso nuevamente la detención de Kanoore, y el allanamiento de su domicilio, secuestrándose nueva documentación, y recibiéndosele al nombrado declaración indagatoria, como imputado.
Luego del análisis de las pruebas colectadas, con fecha 26 de febrero se decreto su falta de mérito, la que fuera confirmada por la Excma. Cámara Federal, el 7 de julio de 2000.
También corresponde hacer mención que prestaron declaración testimonial en las causa, las hermanas de Kanoore Edul; Mabel y Alicia, sin que aportaran nada significativo al sumario, como así tampoco el padre de Kanoore, a quien absurdamente se le recibió declaración indagatoria, sin que existiera el menor elemento de sospecha para realizar tal diligencia, a excepción de la relación familiar.
Al respecto, y para demostrar la ligereza de los procedimientos, cabe consignar que Galeano decidió la indagatoria de Kanoore padre, debido a una alusión que creyó encontrar en un comunicación que habia recibido de la Dra. Nilda Garré que era coordinadora, de la Comision Bicameral del Congreso de la Nación de seguimiento de la causa Amia.
Es decir, que su decisión no estuvo fundada en reales elementos de sospecha como lo establece el Código Procesal Penal, sino en la ocasional alusión de una diputada, que por otra parte le habia mencionado en su nota cuestiones inexistentes.
LAS PRUEBAS
En todo lo que se ha escrito sobre el atentado, hay hipótesis de las más variadas, especulaciones periodísticas de diversas factura, fábulas inverosímiles, y un abundante material periodístico, donde se refleja la falta de seriedad, de los que se han dedicado a este tema, sin conocer debidamente la causa y las investigaciones que se realizaron.
Y uno de los exponentes máximos de esa falta de rigor, lo constituye el libro La Causa Amia de Juan Salinas, que es una desordenada mixtura de falsedades, inferencias equivocadas, peticiones de principio, e imputaciones, que no pueden ser demostradas, sin dejar de olvidar las constantes falacias echadas a correr por Raúl Kollman, en el diario Página 12, respecto de Kanoore Edul
El caso de Kanoore Edul, como ya lo indicara, resulta paradigmático porque invariablemente cuando se habla del atentado, y se hacen referencias a pistas no investigadas, se menciona la llamada pista siria , que lo tendría como cabeza principal de la misma.
Tal lo que planteó oportunamente el Ex Ministro de Justicia, Gustavo Beliz, y recientes expresiones del Dr. Kaul, presidente de la DAIA, en el sentido que habia que examinar con seriedad a Kanoore, a quien nunca se había investigado.
Que el Dr. Beliz hiciera esas manifestaciones, sin elementos a la vista, es un hecho grave, pero podría encontrársele una justificación, en la circunstancia de no conocer debidamente una causa en extremo voluminosa y compleja; pero las expresiones del Dr. Kaul, resultan inaceptables, porque los letrados de la DAIA, conocen perfectamente de que manera se investigó a Kanoore, y los resultados obtenidos en tales pesquisas.
Lamentablemente, mientras se apuntaba a donde nada podía encontrarse, se perdía un precioso tiempo en ubicar a los responsables, de la tragedia, y la pista siria se constituyó entonces, en un sitio donde aunque no existiera nada concreto, mas allá de las especulaciones que cualquiera se creía autorizado a hacer, podía ofrecer una promisoria vía, que permitiera ubicar a la conexión local del atentado.
Para efectuar algunas precisiones y que cada persona que lea esto saque sus conclusiones, voy a mostrar como se investigó a Kanoore; como se escucharon sus conversaciones telefónicas durante diez años, como se analizó toda la documentación que se le secuestrara; como se llamó a declarar a vecinos, clientes, amigos, parientes y empleados, y se verificó la legitimidad de una denuncia por robo.
Voy a mostrar como se analizaron sus posibles vínculos con la policía bonaerense, se allanaron empresas en las que se suponia podía tener vinculación, y se secuestraron los documentos de las mismas.
Como se investigó a su Compañía de seguros, y se lo interrogó durante horas, para tratar de conseguir alguna información sobre el atentado que Kanoore no estaba en condiciones de dar, por no tener nada que ver con el mismo.
Es decir, se hizo un minucioso seguimiento de todo lo que tuviera relación con Kanoore, sin que se encontrara absolutamente nada, quedando como una evidencia que por este lado, nada podrá hallarse, y seguir insistiendo con esta supuesta pista, es seguir perdiendo una valioso tiempo que ya no se podrá recuperar.
Los tres elementos fundamentales para vincular a Kanoore a la causa AMIA fueron, como ya dijera, la llamada a Telleldin; la existencia del volquete, y la anotación en la agenda. Para un mejor ordenamiento, es necesario analizar separadamente cada uno, y de esa manera poder ver con claridad, que significa cada uno de ellos.
LA LLAMADA A TELLELDIN.
Kanoore explicó en su indagatoria del día 16 de febrero de 2000, que habia llamado al domicilio de Telleldin, en razón de que buscaba una Traffic para comprar, y que habia salido un aviso en el diario Clarín donde se ofertaba una.
No recordaba con la persona que habia hablado, suponiendo que la comunicación la habia mantenido alrededor de la hora 15, del día 10 de julio.
En la referida indagatoria, negó conocer a Telleldin, y no haber visitado nunca el domicilio de éste.
Ese llamado fue efectuado después que la camioneta Traffic, habia sido vendida y entregada por Telleldin, tal como surge de la resolución de fecha 31 de julio de 1996 de la causa, en la que se efectúa el relato de cómo fue entregado el vehículo.
Esa fue la única llamada que Kanoore efectuó a Telleldin, no habiendo sido atendido por éste, y desconociendo hasta después de realizado el atentado, quien era esta persona y que actividad desarrollaba.
Pero por supuesto Kanoore podía haber mentido y tener vínculos con Telleldin, mas allá de lo que dijera cuando fue interrogado, pero su declaración se confirmó tiempo después, ya que el 11 de septiembre de 2000 el Comisario Jorge A. Palacios, Jefe del Departamento Unidad Antiterrorista de la Policía Federal, hizo constar y elevó al Juez Galeano un informe, en el que le manifestaba que los trabajos realizados por medio del sistema Fulcrund Find, habian dado como resultado, que del entrecruzamiento de los abonados Alberto J. Kanoore Edul, con Carlos A. Telleldin y Eduardo Telleldin, no surgía la existencia de ningún otro llamado, a excepción del registrado el día 10 de julio.
Resulta inverosímil suponer, que si Kanoore tuvo algún tipo de relación con Telleldin, solo existiera una comunicación de dos minutos, y justamente el día de la publicación del aviso de venta de la Traffic.
Precisamente, ese aviso da coherencia a la versión de Kanoore, de que se trató de una simple comunicación comercial, como ocurre con operaciones parecidas, donde alguien busca un automotor, y llama a aquellos lugares que se ofrecen en el diario.
Además la llamada se hizo un hora y media después de la entrega de la Traffic a sus reales compradores, es decir que Kanoore no tuvo siquiera la posibilidad, de verla, ni tomar contacto personal con su vendedor.
También es importante señalar, que además de ese aviso, había otros donde se ofertaban vehículos, a los que Kanoore también llamó, como quedó debidamente acreditado en la causa, encontrándose los recortes periodísticos, con las marcas respectivas, en oportunidad del allanamiento a su domicilio.
Es decir que existieron varios avisos, ofreciendo vehículos a los que Kanoore llamó, y no uno solo, y entre ellos el publicado por Telleldín, lo que también es demostrativo, que se trató de una búsqueda convencional, y no de un llamado específico a alguien, con el que se mantenía alguna relación especial.
En lo que respecta a la real situación planteada por Kanoore de querer sustituir su camioneta Mercedes Benz, ello fue acreditado en sede judicial por los testimonios de Norberto Godoy, Daniel Humberto Santillán, el Contador José Arcuri, y el Sr. Ernesto Martín Sancinetti.
EL CONTENEDOR DE CONSTITUCIÓN 2657.
Otra de las supuestas pruebas utilizadas para convertir a Kanoore en sospechoso, resultó ser el contenedor dejado por la empresa Volquetes Santa Rita el día del atentado, en la calle de referencia, después de dejar uno de similares características en la sede de la Amia.
Respecto a este punto, el juzgado citó a declarar a Alejandro Gambaroni, Luis Polero Vázquez y Oscar Alberto Genovesi, ex Director de Inmuebles de la Municipalidad de Buenos Aires, quienes en sus testimonios fueron concluyentes en cuanto descartar la existencia de cualquier relación de Kanoore con el terreno aludido y también con la empresa de volquetes.
Gambaroni y Polero Vázquez, manifestaron que ellos habían pedido un servicio de volquetes para la limpieza de ese sitio, ya que tenían el uso del mismo, por circunstancias que no viene al caso relatar.
No está demás consignar, que el domicilio de Kanoore estaba a más de 70 metros del lugar donde fue dejado el contenedor.
Por ordenarlo la Cámara Federal, se cito un vecino del terreno, el Sr. Oscar Hugo Graffigna, que en su testimonio, no indicó nada que relacionara a Kanoore, con el terreno.
Es importante hacer mención, que el predio donde fue dejado el volquete, era utilizado por el personal de una playa de estacionamiento lindera al mismo, para desplazar algunos vehículos, todo lo cual quedo debidamente acreditado en la causa con los testimonios de Antonio Sábado Mascolo, Luis Alberto Mascolo, Luis Alfredo Quinzio, Ángel Mario Andreoli, Desiderio Díaz y Rafael Alberto Solís, quienes fueron los concesionarios y personal de la playa de estacionamiento, y también con las declaraciones de diversos vecinos del lugar como Samir Salech, Maria Nasra, Omar Yaru, Fátima Yaru, Víctor Alfredo Zayat y Arturo Diyarian Tekneyan. En todos los casos además de ser lógicas las explicaciones que dieron, en ningún caso vincularon, ni por vía de hipótesis a Kanoore con ese terreno.
Lo que carece de toda lógica en esta secuencia de búsquedas imposibles, es vincular a alguien a una investigación, por la cercanía de su domicilio a otro en el que se halla un contenedor sospechado.
Como si en realidad solo se hubiera tratado de armar una pista, en razón de una hipótesis previa, y sobre esa base ir acumulando elementos dispersos, para poder darle cierta verosimilitud.
LA INSCRIPCIÓN DE LA AGENDA.
En oportunidad del allanamiento realizado en la casa de Kanoore, se procedió al secuestro de una agenda, en una de cuyas hojas figuraba con letra manuscrita la siguiente anotación : Youseff Surami-Mezquita/Rabbani; San Nicolas-Rivadavia 3981
Esa inscripción dió motivo a diversas especulaciones, destinadas a vincular a Kanoore con Rabbani, habiéndose expresado en muchos medios periodísticos, que Rabbani habia encargado a Kanoore la compra de la Traffic.
Es oportuno mencionar que Moshen Rabbani habia sido un diplomático iraní, investigado por la inteligencia argentina, por sus posibles contactos con los terroristas, que habían perpetrado el atentado.
Según lo que se conoce, desde el estacionamiento Jet-Parking, situado en Azcuénaga y Paraguay, había efectuado llamados desde su teléfono celular, que serían determinantes para involucrarlos con los hechos.
Cuando Kanoore prestó declaración, negó conocer a Rabbani, manifestando que jamás habia concurrido a la mezquita de la calle San Nicolas.
Explicó que la anotación mencionada, obedecía posiblemente a fines religiosos o sociales.
Por otra parte, después de seis años a nadie la resulta fácil individualizar una vaga anotación, ni recordar minuciosamente la circunstancias en las que fue realizada.
Si se analiza con rigor la mentada inscripción, se podrá ver, que nada se puede sacar en concreto de la misma, porque el nombre Rabbani, aparece, perdido entre otro nombre y una dirección que nada tiene que ver con este.
Además en la anotación cuestionada, no existe otro dato de Rabbani.
No se menciona su teléfono particular, ni su domicilio, ni el de la Embajada de Irán, y resulta mas que obvio, que de haber existido esa vinculación, tendría que haber otros datos, y no la simple mención de un apellido.
En esa misma inscripción hay una referencia a un Sr. Corrado, que si conocía a Rabbani, según lo declaró en sede judicial, debido a lo cual es posible, que la anotación de Rabbani se haya debido a este Sr. Corrado, cuyo verdadero nombre es Youseff Surami que no fue imputado en la causa, que negó conocer a Kanoore, y solo creyó recordar que alguna vez le habían presentado al padre en una reunión del Centro Islámico.
Respecto a esta cuestión de la agenda, La División Unidad Antiterrorista de la Policía Federal, efectuó un minucioso análisis y seguimiento de las personas cuyos nombres se consignaran en la agenda, sus direcciones y teléfonos, sin encontrar nada vinculante al atentado, ni persona alguna relacionada con el.
También por orden del Juez Galeano se investigaron los talleres mecánicos que figuraban en la agenda, para demostrar la posible relación de esos talleres con Telleldin, dando resultado negativo.
No obstante que la agenda habia sido analizada, la Cámara Federal ordenó que la Dirección de Unidad Antiterrorista extremara el análisis de la agenda, no habiendo dado ningún resultado positivo la pesquisa.
En definitiva, que en una agenda, nutrida de anotaciones diversas, a excepción del apellido Rabbani, inserto entre otras anotaciones sin importancia, nada concreto se encontró vinculante con el atentado.
Yo he revisado exhaustivamente la copia completa de la agenda, que permanece secuestrada en el Juzgado Federal, y es posible advertir la increíble minuciosidad con la que Kanoore anotaba, no solamente su actividad diaria, sino el adecuado registro de sus contactos telefónicos.
Si por alguna circunstancia, su relación con Rabbani existía, es razonable que tuviera todos sus datos, y la forma de contactarse con él.
Si la relación existía, pero debía permanecer oculta, por las peculiares actividades que los vinculaban, no tenía ningún sentido, escribir el apellido en la agenda, sin ningún otro dato.
Lo razonable, era omitir cualquier mención al personaje.
Estas son cuestiones elementales, que conoce cualquier estudiante de historia, que esté realizando alguna investigación y que están consignadas en libros clásicos sobre la materia.
Pareciera que las precariedades funcionales con las que se maneja la justicia, también afectó el criterio de los que llevaron adelante la investigación, que no evaluaron debidamente los elementos que tenían a la vista, y cualquier mención que aparecía ante ellos, los hizo entrar en el pantanoso terreno del indicio de resultado inútil
Pero la pesquisa del Dr. Galeano no terminó allí.
A esos tres únicos elementos reseñados, que nada demuestran, mas que una accidental mención a elementos sospechados, se sumaron otros que también creo conveniente precisar
CARPETA CON RECORTES PERIODÍSTICOS.
En oportunidad del nuevo allanamiento efectuado en el domicilio de Kanoore, la esposa de éste entregó a la Policía Federal una carpeta con diversos recortes relacionados con el atentado.
Cuando Kanoore fue interrogado sobre la existencia de esa carpeta, explicó en sede judicial, que estaba juntando elementos para querellar por calumnias a un Sr. Juan Salinas, autor de un libro sobre la AMIA, en el que se lo imputaba como participe del atentado. Indicó que tal carpeta iba a entregársela a la Dra. Garmendia para iniciar el juicio.
Ésta letrada, cuando se la citó al Juzgado Federal, ratificó que Kanoore la habia consultado sobre la posibilidad de iniciar una querella, lo que no se habia concretado. Él me explicó, que finalmente no pudo concretar la querella, porque no pudo afrontar los honorarios que se le pedían.
La carpeta quedó con sus materiales, entre los papeles de su casa.
VINCULACIONES DE KANOORE CON LA POLICIA BONAERENSE.
Aún cuando ello pueda sonar a sospechoso, en realidad, y pese a que el Dr. Galeano hizo esa referencia concreta en su resolución del 26 de febrero de 2000, la realidad, es que no hay tal vinculación de Kanoore con la policía bonaerense, sino una vulgar y simple relación de parentesco, con uno de su integrantes: Víctor Chaban.
Ocurre que Chaban es hijo de Sara Kanoore, hermana del padre de Alberto Kanoore, siendo en consecuencia primos hermanos.
No obstante parentesco que los une tampoco tenían relaciones demasiado fluidas, tal como surge de las escuchas telefónicas de Chaban y de Kanoore incorporadas a la causa.
Además Chabán en su declaración ante el Juez Galeano, contó que el vínculo con su primo era algo distante, y que solo mantenían conversaciones relacionadas, con cuestiones comerciales.
Certificando tal circunstancia, el Comisario Palacios, en su certificación sobre entrecruzamiento de llamadas, hizo expresa mención a que en las comunicaciones dictadas entre Chaban y Kanoore, se debe tener presente el vinculo familiar que existe.
Yo he podido analizar tales conversaciones, y en ninguna de ellas existe la menor referencia a nada que tenga que ver con el atentado, ni con las personas vinculadas a él.
Solo se observan comentarios sobre temas comerciales y familiares.
Cabe apuntar también, que Víctor Chaban fue minuciosamente investigado, enfatizándose las sospechas por ser Oficial de la Policía Bonaerense, sin que tampoco se encontrara relación alguna de el con los supuestos participes en el atentado.
En las cientos de escuchas que se hicieron, solo se le encontraron ocasionales referencias sobre los miembros de la fuerza que se encontraban detenidos.
Chabán debió prestar declaración en varias oportunidades, aclarando todas y cada una de las cuestiones sobre las que se lo interrogó.
Al respecto, el Dr. Carlos Velasco, Secretario del Juzgado Federal, certificó, con fecha 25 de agosto de 2000 que de las varias escuchas incluidas en las carpetas analizadas, Víctor José Chaban a dado explicación en sus declaraciones espontáneas prestadas ante el Tribunal Federal.
Chaban fue investigado e interrogado sobre su vida familiar, personal, comercial, religiosa, social, sin que surgiera nada anormal en sus actividades, que lo hicieran sospechoso de alguna vinculación con el atentado.
OTRAS PRUEBAS
Aunque las conversaciones telefónicas de Kanoore fueron minuciosamente grabadas y analizadas por la Secretaria de Inteligencia del Estado, y la División Unidad de Investigación Antiterrorista de la Policía, sin que se encontrara nada, se siguió adelante con la investigación, con el propósito de determinar:
a) Si Kanoore habia estacionado alguna vez sus autos en el Jet-Parking (Azcuénaga y Paraguay). No se lo pudo acreditar, y Kanoore explicó que sus clientes estaban a varias cuadras de allí, por lo que no tenia sentido, estacionar en un lugar tan lejano
b) La Relación de Kanoore con la Compañía de seguros La Territorial. Fuera de la contratación de seguros normales, nada se pudo acreditar.
c) Relación de Kanoore con Alejandro Automotores y/o con su propietario Alejandro Monjo. Esta persona, fue sindicada como reducidor de automotores robados, con una estrecha vinculación con la Policía. Tampoco se pudo acreditar ningún tipo de relación
d) Relación de Kanoore con Anselmo Internacional SRL. Como esta empresa realizaba transportes internacionales, eventualmente podía haber trasladado material explosivo. Con tal motivo el 17 de agosto de 2000, el Juez Galeano ordenó el registro y allanamiento de las oficinas de la empresa, el secuestro de todos sus libros, de los registros, de toda la documentación y constancias de transporte, aun aquellas contenidas en los soportes magnéticos, para obtener los datos completos de los clientes importadores y el detalle de cada uno de los movimientos efectuados, verificando especialmente, lo que tuviera que ver con explosivos, y toda otra eventual vinculación con la causa.
Con excepción de las operaciones de importación realizadas y debidamente registradas por la AFIP, no se acreditó ninguna otra relación entre Kanoore y Anselmo Internacional. Se pudo establecer que todas las importaciones, estaban relacionadas con la actividad textil, y que no solo se había utilizado a esa empresa sino a otras similares con idéntico objetivo.
En modo alguno se pudo acreditar que Kanoore hubiera transportado explosivos, lo que por otra parte la empresa no podía hacer por no estar autorizada para ello.
e) RELACION DE KANOORE CON OTRAS PERSONAS. El 17 de agosto de 2000 el Juez Galeano, ordenó mediante oficio al Secretario de Inteligencia del Estado, que se analizaran todos los elementos reunidos para determinar la relación existente entre Kanoore y miembros de la comunidad musulmana, con miembros de la diplomacia iraní, con miembros de la mezquita At-Tahuid, y la especial vinculación con Rabbani.
La SIDE, encontró, como era natural, la relación de Kanoore, con diversas personas de la comunidad islámica, por una obvia relación de pertenencia a la misma, pero no se pudo acreditar vinculo alguno con diplomáticos iraníes, ni con la mezquita nombrada, ni con el mencionado Rabbani.
f) RELACION CON CLIENTES DOMICILIADOS CERCA DE LA AMIA. Como Kanoore, según indicó en su indagatoria, tenia numerosos clientes en la zona de Once, la mayor parte de ellos pertenecientes a la comunidad judía con los que mantenía una excelente relación, se citó a éstos a los efectos de que manifestaran si era cierto tal vinculo, y si las relaciones era buenas. Todos los que fueron a declarar: Rafael Michanie, Brahim, Carlos y Alberto Sakkal, José y Tito Levy; David Hanzani, los hermanos Dabbah, Rubén Mizrahi, José y Marcelo Samra, Chiche Levy y Carlos Vekstein, entre otros, ratificaron la existencia de vínculos comerciales y buenas relaciones durante años.
g) LOS VINCULOS CON LA COLECTIVIDAD ISLAMICA. Tanto en las indagatorias que prestara Kanoore, en sede judicial, como en los testimonios de su primo Víctor Chaban, el Juez Federal los interrogó enfatizando de manera insistente sobre la relación de ambos con la colectividad islámica, como si esa pertenencia, fuera un sugestivo indicio de alguna vinculación con el atentado terrorista. En los extensos interrogatorios, desfilaron nombres de amigos, parientes, comerciantes, religiosos y funcionarios. En cada caso ambos explicaron el conocimiento que tenían de las personas que les fueron nombradas y el carácter de la relación. Si se leen los interrogatorios, se podrá ver que hubo una obsesiva focalización en la búsqueda de contactos entre diversas personas de la colectividad islámica, presumiendo que esa pertenencia daba la posibilidad de establecer vínculos que se relacionaran con los hechos investigados. Indudablemente, no se tuvo en cuenta, que mas allá de las sospechas sobre personas fundamentalistas, la mayor parte de la colectividad islámica, ejerce tareas normales, y esta integrada a la sociedad argentina, como lo están otras comunidades.
h) El FUNDAMENTALISMO RELIGIOSO. Otra de las deficiencias de la investigación, es suponer que Alberto Kanoore pueda estar vinculado a fundamentalistas religiosos. Aunque habitualmente se hace referencia a él como sirio en realidad no es tal, sino nieto de sirios, pues su padre, también es argentino. Por otra parte, su familia siempre conservó una gran apertura hacia otras comunidades religiosas, y en muchos casos se vincularon con familias católicas y recibieron educación católica. De acuerdo a lo que he podido comprobar, Kanoore se educó en el Colegio San José de Calazans, de la Congregación de Padres Escolapios; se casó con una mujer de religión católica y sus hijos fueron educados en el Colegio del Salvador, de la Compañía de Jesús. Su primo Víctor Chaban se casó con una mujer católica, y ha educado sus hijos en esa religión, por lo cual, se puede observar, que no existe ningún perfil semejante a personas, vinculadas con extremistas islámicos, o que puedan tener afinidad con ellos.
En todo lo que he podido verificar, ni Alberto Kanoore, ni su familia, tuvieron la menor relación con diplomáticos iraníes, ni con persona alguna de esa nacionalidad, que por otra parte son casi inexistentes en la Argentina, estando alejados de cualquier institución que tuviera vínculos con fundamentalistas, o en la que se difundieran ideas afines con ellos.
i) VINCULACION CON EL PRESIDENTE MENEM.- En el curso de los interrogatorios realizados a Kanoore, se le preguntó sobre las vinculaciones de él y de su familia con el Presidente Menem, ya que un arrepentido de la inteligencia iraní habría involucrado al ex-presidente en supuestas acciones de encubrimiento de los autores del atentado, o la participación en el eventual desvío de la investigación.
En realidad la relación de Menem era con el padre de Kanoore, y se trataba de una vieja amistad de familias, ya que ambas eran originarias del mismo lugar de Siria. En alguna oportunidad el padre de Kanoore habia contribuido para comprar el departamento que ocupó Menem largo tiempo en la calle Cochabamba. Cuando aquél asumió la Presidencia de la Nación, los Kanoore, fueron a saludarlo, y en una oportunidad, le solicitaron agilizara una gestión crediticia con el Banco de la Nación, la que se realizó dentro de los marcos normales, y sin ningún tipo de privilegio en cuanto a sus condiciones. Esta relación de Menem con la pista siria a través de su vínculo con los Kanoore, ha sido llevada y traída de diferentes maneras. Si por un lado se ha sugerido que la relación con Menem es per-se incriminante lo que no deja de ser un soberano disparate; por otro lado, se han echado sospechas sobre el ex presidente, por su relación con los Kanoore. En ambos casos se trata de simples afirmaciones, que carecen del más mínimo elemento de credibilidad, y son otras de las tantas formas –ya habituales en este tema- de tirar al voleo imputaciones imposibles de probar. Al respecto se me podrá decir, que existe el testimonio del arrepentido iraní, que involucró a Menem como encubridor de los responsables. El que haya leído tales declaraciones, y conozca los antecedentes del referido sujeto, podrá darse cuenta, que nada de lo que a declarado merece la menor credibilidad.
j) LAS CONTRADICCIONES DE KANOORE. En la resolución del Juez Galeano del 26 de febrero de 2000, hizo mención a las supuestas contradicciones de Kanoore, las que fueron enfatizadas por la Dra. Marta Nercellas, en su apelación a la Cámara Federal, respecto a la falta de merito que decretara el Juez. Además de cuestiones menores, referentes al contenido de los recortes de la carpeta; se puso el acento en la diferencia de fechas que Kanoore habia dado del robo de su camioneta Mercedes Benz en el Tribunal, y lo que expresara en el programa Memoria que conducía el periodista Samuel Gelblung, en el año 1997. Indudablemente la naturaleza temerosa de Kanoore le jugo una mala pasada, en su obsesión por no ser sospechado de terrorista. Confundió las fechas, quizás deliberadamente, datando el robo tiempo antes de cuando realmente ocurrió. Empero, esto tampoco era posible sostenerlo mucho tiempo, debido a que el mismo habia efectuado la denuncia de robo de la camioneta, en el Juzgado nacional de Primera Instancia en lo Criminal de Instrucción No 35, por la Secretaria No 120 (causa 61.695-"Aliantex SRL s/robo") Es decir que el temor de ser sospechado, lo llevaron a Kanoore a mencionar una fecha errónea. Lo que no tuvo en cuenta, es que no habia manera de tergiversar la misma, ya que el robo era materia de una investigación en sede penal, por lo que ese dato incorrecto era absolutamente inoficioso, y era muy fácil de verificar, tal como los hizo el juzgado de Galeano. Si esta cuestión se analiza de manera superficial, se podrá tejer toda una larga historia, mostrando que si Kanoore mintió era porque tenía que ocultar algo.
Es lo que sostuvo la Dra. Nercellas, en su presentación a la Cámara Federal.
Yo no tengo la menor intención de justificar la mentira en la que incurriera Kanoore, para disipar en la televisión cualquier sospecha sobre él, pero si es necesario decir, que la terrible acusación que lo perseguía, lo confundió al extremo de alterar una fecha, sin darse cuenta que el mismo, había documentado el día exacto, al realizar su denuncia.
Es decir, que no era posible ocultar lo que era materia de un expediente penal, y el bien lo sabía. Indudablemente el temor hizo lo suyo, pero eso no significa que de allí se extraigan conclusiones que vayan más allá de lo que se puede comprobar.
Aunque Galeano, contrariamente a lo que se dice y repite sin fundamentos, investigó minuciosamente a Kanoore, interceptando sus conversaciones telefónicas, secuestrando y analizando todos los papeles de su casa y oficinas, interrogando a parientes, amigos, vecinos, clientes, etc.
Las escuchas analizadas por la Secretaría de Inteligencia del Estado y la División Unidad de Investigación Antiterrorista de la Policía Federal, no mostraron nada más que conversaciones relacionadas con su actividad comercial, y con otras que fueron objeto de procesos por ilícitos comunes, pero sin ninguna relación con la causa.
En razón de no haber encontrado nada que tuviera el mérito para procesar a Kanoore, el Juez Galeano resolvió el 26 de febrero de 2000, decretar su falta de merito , afirmando que: -Ni la inteligencia ni la policía han podido aportar elementos concluyentes que permitan al Tribunal abonar un pronunciamiento que legitime la detención del nombrado...
Ni se ha podido vincular al nombrado a ninguna actividad adicional relacionada con los hechos que motivaron la instrucción de la causa.
Que en realidad no habia ninguna prueba incriminatoria, lo da el hecho que solo apeló la resolución la Dra. Nercellas, desistiendo de la apelación oportunamente deducida y consintiendo la resolución del juez Galeano los Dres. León Averbuch y Carlos Cukier en representación de la Amia, y los de otros damnificados. Los representantes del Ministerio Público también consintieron la resolución
Con fecha 7 de julio la Cámara Federal, confirmó la resolución de Galeano diciendo que: -Las sospechas que se ciernen sobre el imputado, no han sido minimamente corroboradas como para tener acreditados los extremos, con el grado de provisoriedad que el Código de rito requiere para el dictado de un juicio de merito...
Amen de no haberse determinado las razones del llamado que Kanoore Edul efectuara a Telleldin, la investigación respecto de la empresa de volquetes no ha logrado dar respuestas sólidas y ningún progreso se obtuvo de los datos que surgieron del la agenda del imputado.
La Cámara ordenó se profundizara aún mas la investigación y se ampliaran otras medidas que podían resultar idóneas para el esclarecimiento de los hechos, como por ejemplo:
a) insistir en la comprobación si los vehículos de Kanoore habían estado en Jet-Parking;
b) establecer la relación posible entre la agenda y la carpeta entregada por la mujer de Kanoore a la Policía;
c) analizar que surgía de las llamadas que efectuara Chaban a la Comisaría de Santos Lugares;
d) relación existente con la Compañía de Seguros La Territorial y con Alejandro Automotores;
e) la vinculación de Kanoore y Rabbani;
f) la vinculación con Anselmo Internacional;
g) la relación de Volquetes Santa Rita con Aliantex SRL (la empresa de Kanoore) Anselmo Internacional y Ribelli.
Después de nuevas e interminables verificaciones que obran detalladamente en la causa penal, se pudo establecer respecto a Kanoore:
a) Ninguno de sus vehículos estacionaron en Jet-Parking
b) No se estableció el menor nexo entre la agenda, y los recortes periodísticos de la carpeta
c) Nada normal se pudo comprobar respecto a las llamadas de Chaban desde la Comisaría de Santos Lugares.
d) La absoluta falta de vinculación con Rabbani
e) Una vulgar y rutinaria relación comercial con Anselmo Internacional.
Es decir que profundizada la investigación, nada se pudo encontrar, aunque los representantes de la DAIA, la AMIA y los familiares de las victimas, han repetido hasta el cansancio que no se investigó a Kanoore, y a la pista siria por él representada.
Finalmente, y después de años de investigación y de sospecha, Alberto Kanoore Edul, solicitó al Juez Galeano, se lo citara a los efectos de efectuar una presentación que conceptuaba importante. El 5 de febrero de 2003, compareció ante Galeano, quién a través de su prejuicioso manejo de la causa, suponía que Kanoore estaba dispuesto a revelarle algún dato importante. Grande fue su sorpresa, cuando Kanoore, le presentó un voluminoso escrito, donde solicitaba su sobreseimiento, fundándolo en la realidad de los hechos que se habían acreditado en la causa, y en razones de derecho que justificaban su petición. El Juez Galeano, la tomó entre sus manos, y la dejó en el escritorio, diciéndole a Kanoore que no lo iba a sobreseer.
Sin siquiera tomarse el trabajo de leer el escrito, el prejuicio obraba una vez más en contra de Kanoore, y Galeano decidía sin leer. Eso fue lo que en definitiva ocurrió, porque a la semana, rechazó la petición, y luego denegó la apelación que se dedujera contra su resolución.
Como puede observarse a través de lo transcripto, todas las referencias sobre las posibilidades investigativas que arrojaría la pista siria carecen de todo apoyo probatorio, y se sustentan en simples apreciaciones voluntaristas, no en la realidad que surge de la causa penal, y en todo lo que se investigó respecto al Sr. Kanoore y a su familia.
Por supuesto, que también oficialmente se ha caído en recrear esta fantasía de la pista siria, y es por eso que algunos funcionarios judiciales se han referido de diversa manera a ella.
Toda esta divulgación de presunciones insostenibles, ha tenido como consecuencia, que se engañe a los familiares de las victimas, que seguramente creen de buena fe, que nada se investigó respecto a esta pista, y que quizás a traves de ella se podría llegar a identificar a los autores del atentado, o por lo menos a los cómplices locales de la misma.
La realidad que surge de la causa es muy distinta, y seria bueno, que los damnificados por el horror, pudieran comprobar personalmente todo los elementos que he citado para darse cuenta, de la exactitud de lo que he consignado anteriormente.
Pero hay más, investigando el patrimonio de Kanoore Edul y de su familia, pude comprobar, que precisamente a partir de 1994, empezaron a tener, dificultades económicas. Según lo que ellos me contaron, la apertura indiscriminada de la importación, determino que las actividades textiles que desarrollaban fueran decayendo.
En 1997, con la aparición del libro de Juan Salinas, sobre el caso Amia, donde se sindicaba a Kanoore, como uno de los cerebros de la pista siria, y su indudable conexión con el atentado, la situación económico-financiera de su familia terminó por desplomarse, produciendo un efecto devastador sobre su actividad comercial. A partir de la imputación de Salinas, sumada a la que aparecían en lo medios, especialmente en Página 12 debido a las notas que publicaba Raúl Kollman, los clientes de Kanoore, especialmente aquellos vinculado a la comunidad judía se fueron alejando. Idéntica situación se produjo con los proveedores, quienes dejaron de realizar operaciones normales, cerrándose así en forma progresiva todas las posibilidades de comercialización, produciéndose una caída indetenible de la actividad.
Los ingresos por ventas empezaron a derrumbarse, y la situación económica de Kanoore y la de su familia, se fue empeorando día a día, resultándole imposible sostener la estructura económica que tenían, y mucho menos poder afrontar las obligaciones y compromisos que habían contraído, desembocando en el peor de los finales, la quiebra personal del padre de Kanoore, la que fue seguida de la ejecución de todos sus bienes, incluida su única vivienda, la de sus hermanas y la de su familia, perdiendo así la totalidad de su patrimonio.
Esto surge de las actuaciones caratuladas Kanoore Edul, Alberto s/ quiebra que tramitan actualmente por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial a cargo del Dr. Eduardo Favier Dubois.
En mis largas charlas con los Kanoore (hijos, padres, hermana) he podido advertir, que las dificultades no ha sido solo económicas, sino que además los perjuicios psicológicos y el daño moral producido por esta situación es difícil de mensurar.
Los temores sobre las ulteriores consecuencias judiciales de un proceso incierto, son constantes, y esa inseguridad, se ve alimentada, por las reiteradas menciones que hace la prensa a la llamada pista siria, y a la figura de Kanoore Edul como cabeza de la misma. Y esto no es una apreciación subjetiva, sino una realidad.
El padre de Kanoore, persona ampliamente respetada, no solo en el seno de la colectividad islámica, sino en todos aquellos lugares donde tuvo alguna actividad, fue citado a prestar declaración indagatoria, como imputado en la causa Amia, simplemente, porque el Juez Galeano, entendió que una alusión que le había efectuado la diputada Nilda Garré, en un oficio que le enviara, era un factor determinante para interrogarlo, contrariando las disposiciones del Código Procesal Penal, que establecen con precisión los elementos que deben tenerse en cuenta para citar a alguien en esa calidad.
Tampoco puede olvidarse el perjuicio social, que ha afectado a toda la familia, cuyas relaciones sociales se han deteriorado, al punto, que vincularse con ellos, resulta un verdadero estigma para cualquier persona.
A través de lo que pude verificar en mis investigaciones, estos son los bienes que perdió Kanoore y su familia desde 1995 hasta la fecha:
1) Un edificio de 5 pisos, ubicado en la calle Constitución 2745, que fuera rematado en diciembre de 2003
2) Un local comercial donde funcionaba la empresa textil familiar del Sr. Kanoore padre
3) Una propiedad-garage ubicado en Constitución 2720
4) Una propiedad ubicada en la calle Constitución 2762
5) La actual y única vivienda del Sr. Kanoore padre, ubicada en Constitución 2631
6) Un local comercial propiedad de Alberto Kanoore Edul, ubicado en la calle Catamarca 1394, donde funcionaron las empresas de su propiedad: Aliantex SRL. Confecciones Saladillo S.A. e Importblanc SRL.
7) Una casa Chalet, propiedad de Alberto Kanoore padre ubicado en Punta Mogotes, Mar del Plata
8) Una casa chalet, propiedad de Alberto Kanoore, ubicada en Punta Mogotes, Mar del Plata
9) Diversos lotes y terrenos ubicados en Mar del Plata
10) Un automóvil Peugeot 505 y un automóvil Renault 18 GTL, ambos propiedad de Alberto Kanoore hijo
Estos son datos precisos, objetivos, y comprobables, y para nada se compadecen con la situación que puede tener un terrorista, que es financiado por poderosos grupo fundamentalistas, que disponen indiscriminadamente, de cuantiosas sumas de dinero para conseguir sus objetivos.
Un dato anecdótico para sumar a la cadena de disparates, tejida en torno a la pista Kanoore: En enero de 2002, el periodista (si así es posible llamarlo) Raúl Kollman, publicó una nota en el diario Página 12, donde contaba que semanas antes del asesinato en Punta del Este, de un conocido comerciante de apellido Sakkal, éste la había confiado que Kanoore era un agente de inteligencia libio, que estaba vinculado a lo de la Amia.
Con motivo de esa nota, Kanoore, fue nuevamente indagado por Galeano.
Ni Kollman jamás pudo probar sus dichos, porque los muertos no hablan, ni a Galeano, se le ocurrió citar a Kollman, para que acreditara la verosimilitud de sus palabras.
Y estas situaciones son constantes, en lo que se ha escrito sobre el atentado a la AMIA, donde cualquier persona (periodistas, damnificados, o autoridades) se creen con derecho a tirar al voleo imputaciones de diversa factura, relatar fantasías diversas, y teorizar sobre la nada, sin que nadie salga a cuestionar todos lo absurdos que se plantean y que son productos del prejuicio religioso o racial, del enfrentamiento entre dos comunidades, del ocultamiento deliberado de la verdad, para exculpar a los verdaderos responsables, cuando no de la más patética ignorancia.
LAS INVESTIGACIONES DE LA SIDE
Aun cuando todo lo que tiene que ver con este organismo, es materia vedada, y sus actividades, a pesar de algunos decretos presidenciales, continúan gozando de una impunidad de procedimientos alarmantes, que ha llevado a respetados políticos como el Senador Terragno, a pedir una revisión del esquema, por el cual se maneja; han trascendido algunas referencias sobre las investigaciones realizadas en esta causa, y sorprende, la incompetencia de los encargados de realizarla.
Digo esto, porque de lo contrario tendría que hablar de sospechosos encubrimientos, o de deliberados desvíos de la investigación hacia vías muertas, y de momento, no tengo elementos para hacerlo. Si puedo presumir la existencia de circunstancias poco claras, pero ello no me autoriza a efectuar imputaciones.
No quiero caer, en la actitud de personas, que indiscriminadamente hablan y juzgan sobre la existencia de situaciones que no pueden probar
A través de algunos papeles que he podido consultar, he visto no solo una notable falta de inteligencia, en los encargados de realizar estas tareas, sino la profusión de informes, productos de apreciaciones subjetivas, y carentes de la mas mínima posibilidad de demostración.
Es cierto que por las tareas de inteligencia que este organismo desarrolla no se le pueden pedir determinadas precisiones, pero si exigir rigor en lo que se busca, profesionalidad, y no la vulgar chapucería de recolectar cualquier cosa, y luego redactar informes supuestamente serios, a los que se clasifica como secretos y confidenciales, y se los hace jugar dentro del marco de lo dispuesto por la ley 25.520 y su decreto reglamentario 950/02, asignándoseles códigos de seguridad.
Pareciera que de esta forma, a través de algunos formulismos rituales, propios de la jerga habitual en la inteligencia argentina, se pretende dar rigor y seriedad, a informaciones y consideraciones, que no solo no la tienen, sino que parecen un vulgar ejercicio de diletantes, que no tienen la menor idea de la gravedad del monstruoso atentado, que aniquilo a 85 seres humanos.
Como lo he dicho no tengo elementos, ni autoridad para hacer imputación alguna, pero por momentos, la lectura de ciertos documentos, me hace suponer, que todo ha sido preparado deliberadamente así, para que el crimen de la AMIA continúe permanezca en el más impenetrable de los misterios; sus autores gozando de la más absoluta impunidad, y los participes locales, protegidos por una densa maraña de complicidades, que nadie se atreve a poner en evidencia.
Como una muestra de las falencias investigativas de la SIDE quiero señalar el contenido de algunos informes preparados por el Director General de Operaciones Ingeniero Antonio Stiuso, dirigidos al Secretario de Inteligencia del Estado, a los efectos de que éste informara al Juez Galeano.
En un memorando de fecha 7 de octubre de 2003, el Ing. Stiuso manifiesta que por pista siria debe entenderse a la luz de los indicios de inteligencia ponderados, aquella que pueda conducir o se vincule con una eventual participación de Alberto Kanoore Edul y su entorno de ascendencia siria en el atentado a la Amia y que el Juez Galeano tiene todos los elementos relacionados con este tema, como: faxes, informes, escritos, cuadros, gráficos, respuestas a oficios, etc.
Obviamente de lo anterior, podría desprenderse que existe algún elemento, en ese documentación tan variada, para que el Ing. Stiuso pueda definir esa llamada pista siria; empero a continuación, los únicos argumentos que utiliza Stiuso, son esa llamada a Telleldin, y la mención de Rabbani en la agenda.
Es decir que tanto trabajo informativo (faxes, gráficos, informes documentos) espléndidamente rentado con los fondos reservados de la comunidad argentina, dió como resultado algo, que se sabe desde el momento en que Kanoore fue detenido por primera vez, el 31 de julio de 1994.
Para disfrazar tanta pobreza de elementos, el Ing. Stiuso, hace seguidamente referencias a que el entorno de libaneses radicalizados, tenia relaciones con la familia política de Alberto Kanoore Edul, individualizando a la Sra. Jatma Massud de Samid.
Al respecto, cabe apuntar que el Ingeniero Stiuso se equivoca, porque esta Sra. no está relacionada con la familia política de Alberto Kanoore, sino con su hermana Alicia, ya que es tia del marido de esta ultima.
Obviamente que los parentescos no pueden resultar incriminantes, pero si se apunta a la Sra. de Massud, debe relacionársela con su sobrina política Alicia Kanoore, y no con Alberto Kanoore con el que no tiene nada que ver.
En otro informe, fechado el 8 de octubre, y también dirigido al Secretario de Inteligencia del Estado, el Ing. Stiuso manifiesta que -durante el desarrollo del informe y con todos los elementos tenidos a la vista, el sector de la Sala Patria solo pudo advertir en su análisis que la relación de Chaban y Edul, estaba dada en que ambos profesaban el Islam, que eran primos y que sus familias eran sirias, no agregando otros extremos conducentes y mas abajo indica que -corresponde también aclarar que la circunstancia de que no hubiera habido indicios de inteligencia que asignen verosimilitud a la pista policial como la conexión local del atentado, no conduce a que por ello simultáneamente adquiera una mayor relevancia lo que se ha denominado como pista siria, ni mucho menos que los indicios de inteligencia conocidos hasta el momento permitan atribuirle a las figuras de Kanoore Edul y Chaban las características de representar la conexión local del atentado a la Amia.
Es decir que por una lado, se habla de sospechas, y por otro lado la SIDE desvincula a Kanoore del hecho. Lo mas insólito, es que después de estos informes, que no reflejan absolutamente nada respecto a Kanoore, el Juez Galeano le prohibiera la salida del país
Pero en estos informes de Stiuso hay algunas curiosidades, que es necesario poner de relevancia.
En efecto, en el informe, señalado como parcial I, fechado el 7 d octubre, que ya citara, le informa al Secretario de la SIDE que: -...como consecuencia de lo expuesto en los apartados anteriores y con los elementos de juicio disponibles a ese momento, en oportunidad de ejercer la jefatura del departamento operaciones de la Dirección de Contrainteligencia -área ocupada en investigar la cuestión-, se DESECHO LA HIPÓTESIS DE RESPONSABILIZAR A LOS MIEMBROS DE LA POLICIA BONAERENSE EN LA OBTENCIÓN DE LA TRAFIC a traves de la extorsión, y así se lo hicimos saber de inmediato al Juzgado junto con mi Director, por entonces Jorge Lucas.
Cabe aclarar que la hipótesis apuntada habia sido expresada en un escrito sin firma que me exhibió Lucas principios del año 1996, quien a su vez me manifestó que lo habia recibido del Juzgado y que contaba con el consenso de alguna de las partes del juicio. Hacia fines de ese ano 1996, la misma autoridad (Lucas) me instruyó para que cesara en mis labores de investigación en relación con la Traffic, dado que el Juzgado habia perdido el interés en la línea investigativa que siguiera el área de contrainteligencia; mas adelante agrega Stiuso: -En el segundo semestre de 1997, durante una reunión mantenida en la sede de contrainteligencia a la que asistió el magistrado, fiscales, secretarios, agentes de la DUIA (División unidad investigación antiterrorista de la Policía Federal), el Director de Contrainteligencia, el suscripto y personal del área abocada a la investigación, se le expuso nuevamente a Su Señoría (Galeano), Secretarios y Fiscales, y por primer vez a los agentes de la DUIA, que nuestras investigaciones no coincidían con la llamada pista policial, haciéndose un informe de avance de labores.
A partir de dicho momento, el magistrado decidió que el área de contrainteligencia se ocupara de investigar desde Jet Parking para adelante, absteniéndose de intervenir en cualquier diligencia investigativa que pudiera guardar relación con la camioneta Traffic.
De todo esto surgen algunas cosas realmente sugestivas:
1.- que la hipótesis de la pista policial fue presentada a la SIDE por el Juzgado Federal principios de 1996, y que esta hipótesis contaba con el consenso de las partes del juicio (es decir AMIA, DAIA)
2.- Que después de investigar, la SIDE desechó la hipótesis de la pista policial, y se le hizo saber de inmediato al Juzgado de Galeano,
3.- Que luego de la reunión del segundo semestre de 1997, el Juez Galano ordenó a la SIDE que solo investigara lo relacionado con Jet Parking, absteniéndose de intervenir en cualquier investigación sobre la Traffic.
Continuando con estos informes tan reveladores de la forma en que se manejó la investigación sobre el atentado, puede verse que en el memorando del 8 de octubre, denominado como parcial II, el Ing. Stiuso manifiesta que: - el mismo grupo (la Sala Patria de la SIDE) por disposición del magistrado instructor (Galeano) para la época de análisis recién acababa de materializar la operación de pago a Telleldin con el objeto de incriminar a los policías bonaerenses que por ello fueron detenidos .
Luego de todo esto, el Ing. Stiuso, intenta relacionar un serie de parentescos de Kanoore, y los relaciona absurdamente con el entorno de Rabbani.
Seria muy largo enumerarlos a todos ellos, y un cuadro de tales parentescos, los publicó el periodista Daniel Santoro, el año pasado en el diario Clarín.
Esos lazos familiares, solo revelan eso: lazos familiares: y en esas relaciones parentales que fueron publicadas, hay personas que a la fecha del atentado eran niños, también figuran algunos que estaban muertos, y en la mayoría de los casos se trata de personas, que son miembros de la colectividad islámica, a las que no solo no puede atribuírseles ninguna relación con grupos terroristas, sino que hacen años que viven en el país, trabajando normalmente, sin que jamás haya se los haya sospechado de nada.
Aun cuando la Secretaria de Inteligencia del Estado, los ha investigado, nada ha podido encontrar.
Por otra parte, entiendo que en lo que hace a estas relaciones de parentesco hay que tener sumo cuidado en la forma que se establecen determinados vínculos, porque las mismas por si solas nada significan.
En este punto quiero consignar una referencia importante, para ubicar la significación o no de una relación de parentesco: Alicia Kanoore Edul, la hermana del supuesto cabecilla de la pista siria está casada con un primo de Monzer Al Kassar, y alguna vez lo visitaron en Europa.
Sin embargo la relación, fuera de ese contacto fugaz, no pasó de allí.
Esta Sra. ni tiene bienes de fortuna, ni ha hecho negocios con su primo político, ni tiene relación con el; y sus dificultades económicas son mas que evidentes, y fácilmente comprobables.
De allí que la ocasional mención de algún parentesco, no significa nada, y esto bien debieran saberlo los Agentes de la Side, pues es una de las cuestiones elementales, que aprende cualquier estudiante de historia en la Universidad.
Finalmente, debo decir que estos informes de la SIDE, además de su pésima y rebuscada redacción, son un muestrario evidente, de la falta de adecuados criterios de investigación que tienen sus agentes, de la pobreza informativa, y de cómo con cualquier elemento desechable, construyen una fábula, a la que dan apariencia de algo serio.
Es lamentable que los dineros de toda la comunidad, alimenten una institución, donde la mediocridad investigativa pareciera ser una constante, y cuyos ingentes fondos debieran servir, para realizar tareas de inteligencia con seriedad, y no con métodos más propios de aficionados.
¿EXISTE UNA PISTA ISRAELI?
Posiblemente cuando se lea este interrogante, las iras de los prejuiciosos de siempre se desaten, y se me acuse de estar pago por algún grupo terrorista interesado en sembrar más confusión sobre el atentado.
Se que me expongo a eso y a mucho más, sin embargo no quiero dejar de plantear algunos interrogantes, que me parecen pertinentes, y que sugestivamente han sido dejados de lado, para que las varias historias oficiales sigan desviando la atención sobre la verdadera historia de lo que ocurrió.
A nadie se le ocurrió hablar de una pista israelí, aún para designar así el encubrimiento de lo ocurrido verdaderamente, por motivos políticos que tienen que ver con lo que ocurre en el conflicto de medio oriente, donde aún en el Estado de Israel hay serios enfrenamientos sobre el modo de conducir un proceso que lleve a establecer una paz permanente con el pueblo palestino.
Pareciera que en este mundo de intolerancias, se puede hablar de cualquiera de ellas, pero es un tabú hablar de la intolerancia israelí, que puede llega a ocultar las peores cosas, en aras de legítimos intereses defensivos.
Esa intolerancia es la que llevó al asesinato de Rabín, por israelíes y no por árabes precisamente; y el permanente hostigamiento que se le hace al insigne músico Daniel Baremboim, por su actividad a favor de una paz justa, para señalar dos ejemplos de relevancia.
Y yendo a nuestro medio, la intolerancia afectó a la familia de Ariel Nitzcaner, que debido a estar imputado en la causa sufrió persecuciones de diverso tipo.
Familia y parientes, debieron sufrir acciones carentes de toda justificación, y solo producidas por la intolerancia, en este caso de la comunidad israelí.
Ejemplos: Débora Nitzcaner, fue echada del club Macabi, donde trabajaba, por estar vinculada familiarmente a Ariel, es decir por portación de apellido.
Una prima: Alejandra Nitzcaner, trabajaba en el departamento de prensa de una reconocida institución de la comunidad judía.
En los días posteriores al atentado, y con motivo de la visita de Shimón Pérez, ella debía asistir por sus funciones a la conferencia de prensa que iba a dar el importante político israelí.
Sin embargo le fue negado el acceso al lugar, simplemente por llamarse Nitzcaner, y luego fue despedida.
El propio Ariel, conforme con lo que oportunamente señalara su abogado, perdió su crédito, el respeto de sus vecinos, de sus clientes.
De su humilde taller no quedó nada, y sufrió atentados diversos.
La causa: una simple imputación no probada de haber estado relacionado con el atentado.
Como puede verse esto de la intolerancia que señalo, no es producto de mi fantasía, sino de la comprobación, que este singular modo de proceder no es privativo de los fundamentalistas islámicos, sino de cualquier grupo; y en la comunidad judía hay personas que se manejan con esas pautas, además de ser evidente las intolerancias que muestra el gabinete que encabeza Ariel Sharon, que en su mesianismo sobre la posesión de la verdad, solo respeta aquello que está de acuerdo con sus peculiares concepciones sobre la paz.
En esto hay una notable coincidencia con su gran sostenedor: Estados Unidos, que solo respeta las decisiones de las Naciones Unidas, cuando ellas están de acuerdo con las políticas que sostienen.
Cuando esas decisiones, las cuestionan, no solo no las respetan, sino que arrogantemente las enfrentan, mostrando que solo van a observar lo que convenga a sus intereses, más allá de la ilegitimidad internacional que puedan presentar.
Pero yendo al tema de mi pregunta, creo que debo empezar señalando el hecho más que sugestivo de que se haya fabricado un acta, declarada nula por el Tribunal Oral Federal, sobre el encuentro del bloque del motor de la Traffic.
Ese motor, fue en realidad encontrado por socorristas israelíes.
¿Casualidad, acaso?
Indudablemente que no.
Por supuesto, que yo no tengo elementos para indicar que en realidad lo que ellos encontraron, fue deliberadamente plantado para que la investigación se desviara hacia cualquier lado, menos para donde debía ir, pero si a través de algunos elementos que he analizado, tengo la convicción, de que las cosas no ocurrieron como lo señala la versión oficial, aceptada presurosamente por las dos máximas organizaciones de la comunidad judía.
Si tenemos un acta falsa del encuentro del block de la Traffic ,eso hace suponer que la misma, se fabricó para ocultar un hecho. Y si a ese hecho se lo quiso ocultar, es debido a que podía complicar la versión que se iba construyendo y sobre la que habría de girar toda la posterior investigación.
Esa falsedad, es ya un elemento a tener en cuenta y que no puede ser desechado sin más.
Respondía a algo.
Otro de los elementos significativos, es la declaración que prestara Carlos Alberto Bianco, un periodista de radio Mitre, que seis minutos después del atentado, encontró a una persona que estaba a más o menos 50 metros de lo que había sido la Amia, recogiendo en una bolsa de plástico transparente, (o dejando?) restos de material, como de aluminio, parecido a un block de motor.
Este periodista relató que cuando le preguntó al desconocido que fue: este le dijo:-fue una Traffic o un Renault Blanco.
Lo digo, porque tiene la misma cilindrada. Este diálogo fue trasmitido por la radio.
A ese misterioso personaje que andaba por la Amia, minuto después del atentado, nadie lo individualizó, ni lo convocó.
¿Estaba recolectando cosas, o dejándola deliberadamente?
¿No es posible, que allí ya se intentara, sembrar pistas falsas?
El testimonio de Bianco, no fue refutado por nadie, y tiene el valor de la inmediatez, de la espontaneidad. Surgió, justo en el lugar de donde habían ocurrido los hechos y a los pocos minutos
Hay otro testimonio interesante, en el que poco se ha reparado, y es el de Gabriel Alberto Villalba, que estaba descargando un sillón de odontólogo, por la calle Pasteur.
Dijo que: -Estaba descargando el sillón, que NO HABIA LUGAR PARA ESTACIONAR...yo ayudaba a cargar los equipos y a su vez estaba atento a que la policía no me venga, o sea, a que me venga a recriminar que estaba en doble fila...
Cuando venían, nosotros hacíamos pegar la vuelta a la camioneta y volvíamos a cargar otra vez y es por eso es que estaba atento, o sea, con la vista a la calle.
Ya estábamos terminando de cargar la camioneta, con la vista justamente hacia ese lugar, porque estaba viendo el patrullero que estaba siempre y que ha veces le pedía permiso.
Y bueno, por eso es que estaba atento... Y de repente veo, veo como una explosión que sale desde la puerta de adentro hacia fuera, inmediatamente una explosión que me cubre todo.
Ahí es cuando veo una bola de fuego que empieza desde el centro hacia la calle.
Es decir: Villalba no vio ningún coche bomba, y si una explosión que salía de adentro del edificio de Amia.
AOG/
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