sábado, 12 de mayo de 2012

Muñecas asombrosas cubanas Chaubloqueo Camaguey Carmen Soto cubiteña Dayron Roque habanero revolucion socialista

De: Dayron Roque Lazo [mailto:roquelazod@gmail.com]
Sábado, 12 de Mayo de 2012
Para: Eladio Gonzalez


SORPRESA   TREMENDA

 

Querido Toto:

 

Aún no salgo del asombro, pero te escribo porque no puedo demorar más

la noticia.  Acabo de encontrarme en un Taller de Educación Popular a

Carmen Soto González, es decir Carmen la cubiteña: la asombrosa mujer

que hace muñecas en Camagüey y que tú e Irene conocen bien, desde hace

mucho tiempo y han estado en su casa. El taller que pasábamos era algo

mágico; una forma de hacer más Revolución y más socialismo y por una

casualidad (un artículo en la revista Mujeres, donde ella menciona el

hecho de haber trabajado con ChauBloqueo) Imagina, casi me da un

infarto de la alegría.

 

muñeca negra, para el record Guinnes, la grúa la

Alza en la Plaza de Camagüey, obra de Carmen Soto González (la

Cubiteña) y sus vecinos participativos.

 

Sencillamente fue así, es que la vida describe

unas sinuosidades que hacen que la gente buena se encuentre en los

momentos más inesperados. Carmen es una tremenda mujer, y cuando supe

que desde hace mucho tiempo estábamos en el mismo. (Puedes leer el

artículo en el último número de la Revista Mujeres que está en

http://www.mujeres.co.cu/articulo.asp?a=2012&num=586&art=26 )

Nada, que definitivamente Martí tuvo razón cuando dijo que los hombres

(y las mujeres) iban en dos bandos: los que aman y construyen y los

que odian y deshacen)

Ya sabemos en cuál estamos los del Chaubloqueo

Tu hermano

                 Dayron

 

 

difunden: 1er. Museo Histórico Suramericano " Ernesto Che Guevara "  la  Escuela de  Solidaridad con  Cuba " Chaubloqueo " y el  Centro de  Registro de  Donantes  Voluntarios de  Células Madre -  Irene Perpiñal y Eladio González - directores   calle Rojas 129  local  Capital - AAC 1405 - Buenos Aires - República Argentina  telefax:  4- 903- 3285 Caballito -

sucursal virtual en La Habana Cuba  www.aucaencayohueso.wordpress.com 

 

 

email: museocheguevara@fibertel.com.ar   http://museocheguevaraargentina.blogspot.com/
doná sangre, doná órganos, doná células madre, sé solidario, SÉ VOS.
¡Salven a los argentinos! "las ballenas"  -  Cinco Héroes Cubanos llevan 12 años presos en

Estados Unidos que chantajea asi moralmente a Cuba,  enterate ingresando a 

 www.argentinaporlos5.blogspot.com   

 

 

 

 

 

 

 

Catedra exterminio pueblos originarios Abierta UTE Intercultural CABA

Tenemos la alegría de comunicarnos con Uds para contarles que hemos conformado la Cátedra Abierta Intercultural  como proyecto  en común  entre varios espacios colectivos, con el propósito de abrir un espacio de formación interdisciplinaria y comunitaria que articule los múltiples saberes y experiencias  desde los diversos sujetos e identidades que nos constituyen como sociedad   .

 

Iniciamos el ciclo 2012 de la Cátedra con una charla-debate:"Desde las imágenes: El lugar de la  ciencia en el exterminio de los Pueblos Originarios", a cargo del Grupo Universitario de Investigación en Antropología Social (GUIAS).

 

El colectivo GUIAS es una organización autoconvocada, conformada por estudiantes y profesionales antropólogos. Surgió en la Facultad de Ciencias Naturales y Museo de la Universidad Nacional de La Plata. Integra la Red de Investigadores en Genocidio y Política Indígena en Argentina. Sus objetivos son atender los reclamos realizados por los Pueblos Originarios de no exhibición y restitución a sus comunidades de todos los restos humanos que forman parte de “colecciones arqueológicas” y trabajar en la identificación de  restos  para su posterior restitución. Comprometidos en  terminar con la cosificación del sujeto colonizado y sometido realizan una tarea de contextualización histórica, identificándolo como sujeto social y definiendo el verdadero carácter de su lucha de resistencia. http://grupoguias.blogspot.com.ar

 

Esta primera actividad se desarrollará en el anfiteatro del Sindicato Unión de Trabajadores de la Educación – UTE (CTERA-CTA), el próximo  lunes 28 de mayo a las 18 hs.

 

ALFAR Espacio Colectivo  para pensar-hacer desde las identidades

UTE  Unión de Trabajadores de la Educación - Secretaría de Educación

AEIEA Área de Estudios Interdisciplinarios en Educación Aborigen - UNLu

GIEIL.Grupo Interdisciplinario de Estudios Interculturales Latinoamericanos /

ASAFTI  Asociación Sudamericana de Filosofía y Teología Interculturales de la UNGS.

LA WAK'A Espacio Simbólico Significativo y Encuentro de los Pueblos Originarios
Ley N° 3042 de Parque Avellaneda.  (Declarado de interes Cultural por la Legislatura
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 2 de julio 2009)

 catedrabiertaintercultural@gmail.com

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FUERZA CRISTINA!!!
 
 
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muerte digna Argentina sancionó la ley

El Museo Ernesto Che Guevara de CABA-llito, República Argentina

adhiere y difunde.  Además carga en surtidores de YPF solamente.

Eladio González - toto - Rojas 129 esq.Yerbal

sucursal virtual en La Habana Cuba  www.aucaencayohueso.wordpress.com 

 

texto de la ley de muerte digna, sancionada el 9 de mayo de 2012.

 

Artículo 1º - Modifícase el inciso e) del artículo 2° de la ley 26.529

 

Derechos del paciente en su relación con los profesionales e instituciones de la salud

- el que quedará redactado de la siguiente manera:

e) Autonomía de la voluntad. El paciente tiene derecho a aceptar o rechazar determinadas

terapias o procedimientos médicos o biológicos, con o sin expresión de causa, como así

también a revocar posteriormente su manifestación de la voluntad.

Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a intervenir en los términos de la ley 26.061

a los fines de la toma de decisión sobre terapias o procedimientos médicos o biológicos que

involucren su vida o salud.

En el marco de esta potestad, el paciente que presente una enfermedad irreversible,

incurable o se encuentre en estadio terminal, o haya sufrido lesiones que lo coloquen en

igual situación, informado en forma fehaciente, tiene el derecho a manifestar su voluntad

en cuanto al rechazo de procedimientos quirúrgicos, de reanimación artificial o al retiro de

medidas de soporte vital cuando sean extraordinarias o desproporcionadas en relación a

la perspectiva de mejoría, o produzcan un sufrimiento desmesurado. También podrá

rechazar procedimientos de hidratación o alimentación cuando los mismos produzcan

como único efecto la prolongación en el tiempo de ese estadio terminal irreversible o

incurable.

En todos los casos la negativa o el rechazo de los procedimientos mencionados no

significará la interrupción de aquellas medidas y acciones para el adecuado control y

alivio del sufrimiento del paciente.

 

Art. 2º - Modifícase el artículo 5° de la ley 26.529 -Derechos del paciente en su relación

con los profesionales e instituciones de la salud- el que quedará redactado de la siguiente

manera:  Artículo. 5º: DefiniciónEntiéndese por consentimiento informado, la declaración

de voluntad suficiente efectuada por el paciente, o por sus representantes legales en su

caso, emitida luego de recibir, por parte del profesional interviniente, información clara,

precisa y adecuada con respecto a:

a) Su estado de salud;

b) El procedimiento propuesto, con especificación de los objetivos perseguidos;

c) Los beneficios esperados del procedimiento;

d) Los riesgos, molestias y efectos adversos previsibles;

e) La especificación de los procedimientos alternativos y sus riesgos, beneficios y perjuicios

en relación con el procedimiento propuesto;

f) Las consecuencias previsibles de la no realización del procedimiento propuesto o de los

alternativos especificados;

g) El derecho que le asiste en caso de padecer una enfermedad irreversible, incurable, o

cuando se encuentre en estadio terminal, o haya sufrido lesiones que lo coloquen en igual

 situación, en cuanto al rechazo de procedimientos quirúrgicos, de hidratación, alimentación,

de reanimación artificial o al retiro de medidas de soporte vital, cuando sean extraordinarios

o desproporcionados en relación a las perspectivas de mejoría, o que produzcan sufrimiento

desmesurado, también del derecho de rechazar procedimientos de hidratación y alimentación

cuando los mismos produzcan como único efecto la prolongación en el tiempo de ese estadio

terminal irreversible e incurable ;

h) El derecho a recibir cuidados paliativos integrales en el proceso de atención de su

enfermedad o padecimiento.

Art. 3º - Modifícase el artículo de 6° de la ley 26.529 -Derechos del paciente en su relación

con los profesionales e instituciones de la salud- el que quedará redactado de la siguiente

manera: Articulo 6ºObligatoriedad. Toda actuación profesional en el ámbito médico-sanitario,

sea público o privado, requiere, con carácter general y dentro de los límites que se fijen por

vía reglamentaria, el previo consentimiento informado del paciente.

En el supuesto de incapacidad del paciente, o imposibilidad de brindar el consentimiento

informado a causa de su estado físico o psíquico, el mismo podrá ser dado por las personas

mencionadas en el artículo 21 de la ley 24.193, con los requisitos y con el orden de prelación

allí establecido.

Sin perjuicio de la aplicación del párrafo anterior, deberá garantizarse que el paciente en la

medida de sus posibilidades, participe en la toma de decisiones a lo largo del proceso sanitario.

Art. 4º - Incorpórase en el artículo 7° de la ley 26.529, el siguiente inciso:

f) En el supuesto previsto en el inciso g) del artículo 5° deberá dejarse constancia de la

información por escrito en un acta que deberá ser firmada por todos los intervinientes en

el acto.

Art. 5º - Modifíquese el artículo 10 de la ley 26.529 -Derechos del paciente en su relación con

los profesionales e instituciones de la salud- el que quedará redactado de la siguiente manera: 

Artículo 10: Revocabilidad. La decisión del paciente, en cuanto a consentir o rechazar los

tratamientos indicados, puede ser revocada. El profesional actuante debe acatar tal decisión,

y dejar expresa constancia de ello en la historia clínica, adoptando para el caso todas las

formalidades que resulten menester a los fines de acreditar fehacientemente tal manifestación

de voluntad, y que la misma fue adoptada en conocimiento de los riesgos previsibles que la

decisión implica.

Las personas mencionadas en el artículo 21 de la ley 24.193 podrán revocar su anterior decisión

con los requisitos y en el orden de prelación allí establecido.

Sin perjuicio de la aplicación del párrafo anterior, deberá garantizarse que el paciente en la

medida de sus posibilidades, participe en la toma de decisiones a lo largo del proceso sanitario.

Art. 6º - Modifíquese el artículo 11 de la ley 26.529 -Derechos del paciente en su relación con

los profesionales e instituciones de la salud- el que quedará redactado de la siguiente manera: 

Artículo 11: Directivas anticipadas. Toda persona capaz mayor de edad puede disponer

directivas anticipadas sobre su salud, pudiendo consentir o rechazar determinados tratamientos

médicos, preventivos o paliativos, y decisiones relativas a su salud. Las directivas deberán ser

aceptadas por el médico a cargo, salvo las que impliquen desarrollar prácticas eutanásicas, las

que se tendrán como inexistentes.

La declaración de voluntad deberá formalizarse por escrito ante escribano público o juzgados de

primera instancia, para lo cual se requerirá de la presencia de dos testigos. Dicha declaración

podrá ser revocada en todo momento por quien la manifestó.

Art. 7º - Incorpórase como artículo 11 bis de la ley 26.529 Derechos del paciente en su relación

con los profesionales e instituciones de la salud- el siguiente texto: 

Artículo 11 bis: Ningún profesional interviniente que haya obrado de acuerdo a las disposiciones

de la presente ley, está sujeto a responsabilidad civil, penal, ni administrativa, derivadas del

cumplimiento de la misma.

Art. 8º - Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

 

 

 

 

 

 

Madres presas en el día de la Madre sus hijos en EEUU madr3

 

logotipoComité Internacional por la Libertad de los 5 Cubanos

Felicitaciones de los Cinco

en el Día de las Madres  

 

La injusta cárcel de Gerardo, Ramón, Antonio, y Fernando por casi 14 años, y la actual situación de René en su destierro de "libertad supervisada" no les ha impedido estar presentes en cada celebración, aniversario o eventos históricos. Llegue a todas las Madres cubanas y las que en todo el mundo luchan por la libertad de los Cinco y las causas justas de la humanidad, el amor y el cariño de los Cinco Patriotas cubanos en el Día de las Madres.


  

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Con todo el amor y cariño de los Cinco, les dedico este poema que escribí en esta especial ocasión.


"Soneto de Amor a mi Madre"


Una madre es maravillosa
Rosa divina de amor fino
Que en su alma lleva la semilla
Del milagro tierno de crear hijos.

Eres esencia misma de la vida
Perfume dulce y desmedido
Eres motivo de bellas poesías
Que engrandezcan tu luz y tu destino.

Y hoy que en tierras lejanas me encuentro
Por amor a la madre patria
A ti te llevo en el pecho.

Mas se que regresaré como en el cuento
Para adorarte y cuidarte, madre mía
Y descansaré por siempre yo en tu lecho.

!Felicidades Mamá!
!Cinco besos tiernos!
 
Antonio.
René.
Fernando.
Gerardo.
Ramón. 

 

Mayo 9, 2012.
FCI Jesup, Georgia. 7:06 P.M.    

 

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"La ternura mas pura"

Del manto del amor
se envuelve la ternura,
la ternura mas pura
que es lucero y es flor.

La ternura que engendra
el arbol de la vida,
la que hace que uno aprenda
lo que nunca se olvida.

La ternura infinita,
la que todo lo abre,
la que nada la imita,
la que ofrece una madre

(Escrito el sábado 11 de mayo de 2002)

 

Cinco abrazos.

!Venceremos!

Tony Guerrero Rodriguez
FCI Marianna
10 de mayo de 2012.   

  

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Querida madre:

En este nuevo día en que te celebramos quiero hacerte llegar mi más sincero homenaje de admiración y cariño.


El amor de madre, que se manifiesta de manera tan especial y única, ilumina la vida y eleva al género humano. El mundo sería mucho más cruel si ante las adversidades que nos impone la imperfección de nuestras sociedades no contáramos con el refugio de tu regazo, con los recuerdos de tus pasados actos, siempre cargados de ternura,  y con la seguridad de tu inconmovible adhesión. 


Te deseo un feliz día, rodeada del  afecto que te mereces. 

 

René.   

 

10 de mayo, 2012.  

 

Comité Internacional por la Libertad de los 5 Cubanos

Para actualizarse sobre el caso de los 5 Cubanos visite:  

www.thecuban5.org  

 

 

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