sábado, 6 de diciembre de 2014

Sueldos para presos argentinos porcentajes reales Cámara Casación Penal Chaubloqueo museo Che Guevara


Este martes la Cámara de Casación Penal falló a favor de un grupo de presos de la cárcel de Ezeiza: ellos exigían tener los mismos derechos laborales que los trabajadores que no están privados de su libertad. Se les concedió la posibilidad de cobrar el monto correspondiente al aguinaldo y las vacaciones y eso desató un fuerte debate dentro y fuera de los medios. Los datos más allá de la polémica.

"La Justicia determinó que los presos deben cobrar lo mismo que un trabajador" tituló el portal de TN el pasado martes 2 de diciembre, oponiendo tajantemente el lugar del trabajador y del preso. "Cárceles: los presos cobran $4400 mensuales", había publicado Clarín. "Holanda quiere que los presos paguen 16 euros diarios por estar en la cárcel" publicó muy convenientemente La Nación al día siguiente. La indignación aumenta y se hace escuchar: Lanata en su monólogo de todos los domingos recomienda irónicamente a los jubilados salir a robar para mejorar su economía y ya arden los pulgares de tanto twittear. Hay una única y obvia respuesta  a todos estos estímulos: indignación total.

Uno puede estar a favor o en contra de esta medida, pero a la indignación se la combate con información. Hay una serie de datos muy importantes que hay que tener en cuenta antes de opinar (o twittear) al respecto.

Por más obvio que parezca, es importante destacar que no todos los presos cobran un sueldo. Es muy diferente a un subsidio. Los presos que deciden trabajar mientras están privados de su libertad por ley tienen derecho a cobrar un sueldo que corresponda a sus horas trabajadas por mes. Dentro del grupo de presos que trabajan, tampoco todos cobran $4400 como dan a entender los titulares. Actualmente ese es el salario mínimo para todos los trabajadores que trabajan 8 horas diarias. Sólo un 18% de los presos tiene un trabajo estable dentro de la cárcel que les permite acceder a un sueldo cercano a ese número, pero para eso trabajan 10 horas por día. Entonces, lo primero que debemos pensar antes de cuestionar esta medida es si estamos de acuerdo o no en que a una persona, presa o en libertad, que trabaja 10 horas por día no se le pague un sueldo correspondiente.

Teniendo en cuenta que $4400 fue el número de la polémica, es importante analizar ahora el fraccionamiento que se realiza sobre ese sueldo. Según la Ley de Ejecución Privativa de la Libertad 24.660, "la retribución del trabajo interno, deducido de los aportes correspondientes a la seguridad social, se distribuirá simultáneamente en la forma siguiente:

a)      10% para indemnizar los daños y perjuicios causados por el delito, conforme lo disponga la sentencia;
b)      35% para la prestación de alimentos, según el Código Civil;
c)       25% para costear los gastos que causare en el establecimiento
d)      30% para formar un fondo propio que se le entregará a su salida"
Es decir que de esos $4400, habrá $440 por mes destinados a resarcir económicamente a las víctimas del delito cometido, $1540 para proveer alimento a su familia, $1100 para costear los gastos que genera en prisión (aunque este punto fue declarado inconstitucional en 2011) y sólo $1320 van a parar a una cuenta que podrá utilizar cuando salga de la cárcel.

Un último punto importante a tener en cuenta es que esta ley fue promulgada en 1996. Es decir, está muy lejos de ser una idea del kirchnerismo la de pagar a los presos. Es una política que se mantiene porque permite a los detenidos generar la tan buscada cultura del trabajo y tener un fondo para poder vivir fuera de la cárcel una vez que salgan. Otro punto importante es que no sólo trabajan para el Estado, sino que actualmente la mayor cantidad de presos trabaja para empresas privadas desde la cárcel y ellos son los que afrontan sus gastos, como el de cualquier trabajador.

Resumiendo:

–          El sueldo de $4400 del que tanto se habla (y se compara recurrentemente con la jubilación mínima), corresponde a un preso que trabaja 10 horas al día.

–          El trabajo puede hacerlo para el Estado o para una empresa privada

–          La ley que regula el trabajo en las cárceles se promulgó en 1996

–          No se hacen diferencias en derechos laborales entre trabajadores presos o en libertad

Todos tenemos derecho a opinar sobre este y cualquier tema. Pero los comunicadores debemos ser los más responsables a la hora de hacerlo. Horas y horas de panelismo sin fundamentos llevan a la indignación y la histeria popular, que nos impide razonar las situaciones a las que nos enfrentan los medios cotidianamente. Siempre, de un lado o del otro, la solución más fácil es indignarse y salir a twittear sin pensarlo dos veces. Pero la solución que nos acerca a una sociedad más justa es diferente. 

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informó el Museo " ERNESTO CHE GUEVARA " de Caballito, CABA
calle Rojas 129, esq. Yerbal, Buenos Aires  (cod. AAC 1405) Argentina
Visitar lunes a viernes de 10 a 19 hs. (corrido) – entrada libre y gratuita
Escuela de Solidaridad con Cuba " CHAUBLOQUEO "
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Coordinador Mesa Vecinal Participativa en Seguridad de Caballito
Telef.  4 903 3285   Irene Rosa Perpiñal  -  Eladio González (Toto)  
email -  museocheguevara@fibertel.com.ar               
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Lea libro Cuba Existe, es Socialista y No está en Coma del Arq. Rodolfo Livingston en http://estudiolivingston.com.ar/libros/cubaexiste.php  y emocionate.