martes, 15 de octubre de 2019

Participá en amparo colectivo por personas en situación de calle con Laura Velazco y Victoria Donda y la Coordinadora Argentina de Derechos Humanos difunde museo Che Guevara de Caballito

Hola mi nombre es Ayelen, soy parte del grupo de trabajo de la Casa de la Amistad Argentina Cubana. Estoy con el tema del amparo colectivo. Paso a contarles como viene la cosa. (Este mensaje será un poco extenso)
Acción amparo iniciada por Victoria Donda y Laura Velazco con el acompañamiento de la Coordinadora Argentina de Derechos Humanos (CADH)
Tiene por objeto que el gobierno de la ciudad (ejecutivo) cumpla con la ley 3706 de derechos y garantías de personas que están en situación o riesgo de calle.
Como los destinatarios de la acción (quienes se ven afectados por el no hacer del gobierno) son muchas personas y difícilmente identificables, por las propias características del grupo de personas) le dan desde el juzgado la característica de Colectivo. Esta característica hace que la sentencia beneficie a todas las personas no por su individualidad sino por su pertenencia al grupo al cual está destinado el objeto del amparo. En este caso a todas las personas que están actualmente y también en un futuro en situación de calle y a aquellas personas que están actualmente y en un futuro en riesgo de situación de calle.
El pedido del amparo es: que se de cumplimiento a la Ley 3706 (sobre derechos y garantías de personas en situación y riesgo de calle) arts. 4 (las obligaciones del estado a través de las cuales garantiza los derechos de las personas), 7 (obligación que los servicios socioasistenciales estén disponibles las 24 hs. los 365 días del año)  y 8 (todos los servicios tienen que estar orientados a que las personas puedan superar la situación de calle y/o el riesgo)  y en el art. 8 de la Ley 4036 (Artículo 8º - El acceso a las prestaciones económicas de las políticas sociales será establecido por la autoridad de aplicación contemplando los ingresos por hogar, de acuerdo a las circunstancias socioeconómicas, de emergencia y/o en función de la demanda efectiva. En ningún caso podrá ser inferior a la Canasta Básica de alimentos establecida por el Instituto Nacional de estadísticas y Censos (INDEC) o el organismo que en el futuro lo reemplace.) A fin de proteger integralmente y operativizar los derechos de dichas personas, en particular lo relativo a la formulación e implementación de políticas públicas en materia de vivienda y salud elaboradas y coordinadas intersectorial y transversalmente entre los distintos organismos del estado en relación a las personas antes mencionadas y a asegurar que los servicios socioasistenciales ofrecidos a dicho colectivo tengan como objetivo la superación de la situación de vulnerabilidad que atraviesan.

Para poder participar es necesario tener domicilio en CABA, ser persona individual u organización con inscripción en IGJ y contar cn un acta donde se decida que participaron en el proceso.. En caso de ser organización sin inscripción en IGJ, entonces pueden participar sus integrantes (todos o algunos) es necesario armar un archivo con documentación que acredite el trabajo de la organización (fotos, web, FB, publicaciones, etc.) y una nota donde se decide que la organización participará en esta acción.

Participar en la acción como parte actora implica que se pueden hacer peticiones concretas, seguir el expediente. Lo más importante es que al ser parte del expediente se transita la experiencia de poder ejercer con voz propia ante el poder judicial. Es parte de asumir un rol protagónico en la defensa y promoción del ejercicio de los derechos, así sea protestando y reclamando el cumplimiento a través del ejercicio del derecho de acceso a la justicia.
Envio las leyes 3706 y 4036, también el escrito de adhesión tenemos tiempo para presentar el escrito hasta el viernes 18/10 y/o lunes 21/10  a la mañana muy temprano.

En el escrito van a encontrar otras peticiones que son bien puntuales y buscan ilustrar situaciones concretas de dificultad o impedimento en el acceso a derechos reconocidos en estas dos leyes.
Es por ello que les pido que si uds., desde el ejercicio cotidiano de la tarea con personas en situación de calle identifican que falta algún pedido expreso por favor nos lo indiquen para agregarlo, ESTE ES EL MOMENTO.

GRACIAS ABRAZOS COMPAÑERXS!
Aye