Red Familiares- tránsito por la vida
Hecha la Ley...hecha la trampa
SOCIEDAD I MEDIDA POLEMICALo obligan a asistir a un curso de educación vial, sin necesidad de aprobarloUn automovilista acusado de manejar ebrio no irá a juicio, pero deberá tomar clases para mejorar su conducta.
Sin embargo, la justicia contravencional porteña dispuso que lo único obligatorio sea la asistencia, y no la aprobación. Un conductor acusado de manejar "en estado de ebriedad o bajo los efectos de estupefacientes", no irá a juicio pero deberá asistir a un curso de educación vial que no tendrá obligación de aprobar, según lo dispuso la justicia contravencional porteña.
El abogado del imputado y el fiscal, acordaron servirse del mecanismo de la "probation", por la que el acusado acepta su responsabilidad, no recibe condena pero se lo obliga a asistir a cursos o realizar trabajos en beneficio de la comunidad.
La probation debe ser homologada por la jueza de la causa, María Fernanda Botana, quien advirtió que el acuerdo estipulaba sólo la "asistencia" al curso de reeducación vial, por lo que si bien refrendó el beneficio, le agregó la obligación del conductor de aprobarlo.
La defensa y la fiscalía apelaron la decisión, pues consideraron que Botana se había excedido en sus facultades, ya que el juez sólo puede aprobar o rechazar el pacto, pero no modificarlo.
Los camaristas Silvina Manes y Jorge Franza confirmaron que "el juez no puede alterar los términos del acuerdo, a menos que sea a favor del imputado" y añadieron que en esa instancia el imputado y el fiscal coincidieron en que el alcance de la palabra ’asistir’ no incluía el requisito de aprobar el curso".
La aprobación "no es legítimamente exigible desde que implicaría la adopción por el imputado de una obligación de hacer propia (asistir al curso) y de un hecho de tercero (el que calificará y aprobará o desaprobará el mismo)", sostuvieron. Los camaristas anularon por lo tanto la obligación del conductor de aprobar el curso de reeducación, y apartaron de la causa a la jueza Botana.