viernes, 22 de mayo de 2009

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MENÉNDEZ BENEFICIADO POR LA JUSTICIA FEDERAL DE CÓRDOBA

Se puede tener dos condenas perpetuas, 4.000 causas e igual irse a la casa

La jueza federal de Córdoba, luego de un fallo de Casación Penal, dispuso que Luciano B. Menéndez cumpla arresto domiciliario en vez de permanecer en la cárcel. Este fallo ofende a la justicia.

EMILIO MARÍN

En julio de 2008, tras una demora de tres décadas, la justicia cordobesa había puesto fin a la impunidad de Menéndez y demás criminales que actuaron en el centro de exterminio de “La Perla” durante la dictadura militar-cívica. Ese ex general y siete de sus subordinados, incluido un agente civil de inteligencia, fueron condenados por el secuestro, torturas y asesinatos de cuatro militantes del PRT-ERP en 1977.

Esos crímenes habían sido encubiertos como un “enfrentamiento armado” entre el Ejército y “subversivos”, pese a que los militantes estaban secuestrados desde tiempo antes y fueron ultimados en aplicación de la “ley de fuga”.

Se trató del caso que la justicia nominó como “causa Brandalisis”. Luego de un juicio con todas las garantías legales y procesales, el militar recibió del Tribunal Oral Federal Nº 1 de Córdoba una condena a cadena perpetua a cumplir en cárcel común, lo mismo que otros cuatro procesados (otros dos tuvieron penas de 22 años y uno a 18).

El TOF Nº 1 estuvo integrado por Jaime Díaz Gavier, José V. Muscará y Carlos Otero Alvarez, en tanto que como fiscales acusaron Graciela López de Filoñuk, Maximiliano Hairabedian y José F. Asís.

La mayor parte de la ciudadanía recibió con beneplácito el fallo judicial. “Cárcel común, perpetua y efectiva” cantaban felices los integrantes de las organizaciones de derechos humanos. En la noche del 24 de julio de 2008 Menéndez y el resto de la comitiva probaron el puchero chico en la cárcel de Bouwer adonde fueron remitidos por orden de Díaz Gavier.

Sin embargo las defensas de los represores apelaron el fallo ante la Cámara Nacional de Casación Penal. Esa apelación fue sobre la condena en sí, que juzgaron como no ajustada a derecho, pero también solicitaron que, mientras se tramitaba esa casación, sus defendidos volvieran al arresto domiciliario que gozaban antes del inicio del juicio oral y público por la “causa Brandalisis”.

Lamentablemente la Sala 3 de Casación, integrada por los jueces Eduardo Rafael Riggi, Guillermo José Tragant y Angela Ester Ledesma, entendió el 29 de abril pasado que procedía la detención domiciliaria de Menéndez, Luis Manzanelli y Carlos Vega. El argumento empleado fue que las sentencias no están firmes y los condenados tienen más de 70 años de edad.

Curioso criterio el de ese tribunal. Bien observó el camarista Muscará: "no deja de sorprenderme esta disparidad de los mismos miembros del Ministerio Público. ¿Por qué no se analiza en general la sentencia y luego analizan este punto?". O sea, Casación debió haberse ocupado de la apelación sobre el fondo de la cuestión y entonces habría habido sentencia firme.

No fue así. Y lo peor es que Menéndez no tiene una cadena perpetua en su contra sino dos, pues posteriormente al juicio de Córdoba resultó sentenciado de igual manera en Tucumán. Lo fue junto al ex general Antonio D. Bussi en la “causa Vargas Aignasse-Rubio”. La senadora por Córdoba, Haydeé Giri, indignada con la actuación de la Sala 3, denunció a sus miembros ante el Consejo de la Magistratura.

Hacete amigo del juez…

El refrán del Martín Fierro sobre la conveniencia del “palenque” puede aplicarse a la jueza federal Nº 3, Cristina Garzón de Lascano, quien pese a las expresiones adversas de Muscará y Díaz Gavier, a los escritos en el mismo sentido de los fiscales López de Filoñuk y Asís, a las presentaciones de los letrados y representantes de organismos de derechos humanos y gremios cordobeses, etc, terminó resolviendo anteayer que el ex general debía regresar al hogar.

Para la magistrada, el ex jefe del Tercer Cuerpo de Ejército puede ir a su domicilio de la calle Ilolay, del barrio Bajo Palermo, bajo la guarda de su esposa, Edith Abarca. No tendrá custodia policial y sólo le tocará el timbre cada seis días alguien del Patronato del Liberado.

De todas maneras hay dos inconvenientes legales para hacer efectiva la lamentable resolución. Uno es que el juez de San Juan, Leopoldo Rago Gallo, reclama al ex militar para juzgarlo por el secuestro y desaparición de Marianne Erize, en 1976, y el crimen de José Alberto Carvajal, en 1977.

La otra es el escrito del fiscal Asís ante el Tribunal Oral Federal Nº 1, el 8 de mayo pasado, pidiendo que el reo siga en Bouwer. El fiscal se hizo eco de una presentación de una amplia delegación de organismos de derechos humanos y gremiales, con una lógica impecable. Le solicitó al TOF Nº 1 que aplique el mismo temperamento del 23 de mayo de 2008, cuando revocó las prisiones domiciliarias para asegurar el comparendo a juicio de Menéndez y demás imputados en la “causa Brandalisis”. Asis pidió que los mantenga en la cárcel “por razones de seguridad, con el objetivo de asegurar los fines del proceso y el comparendo del imputado ante la inminencia del debate oral en las presentes actuaciones”. Se refería al próximo juicio en la “causa Albareda”.

El traslado del condenado por delitos de lesa humanidad a su domicilio aún debe sortear esas trabas legales, además de la oposición de la fiscal López de Filoñuk, quien en declaraciones a Radio Nacional puntualizó que lo tiene acusado por 441 desapariciones.

El que tuvo menos suerte que su jefe fue Manzanelli. La jueza no se atrevió a darle en beneficio pues en 1999, al serle allanada la casa, a este suboficial de Ejército se le halló un manual de cómo intimidar testigos. Era más que obvio que enviarlo al domicilio iba a facilitar su estrategia de aprietes y amenazas. Por ahora el torturador deberá permanecer en el pabellón.

Una pelea despareja

La existencia de magistrados y camaristas afines a la dictadura militar ha sido un obstáculo para el avance de las causas por derechos humanos. Esta circunstancia se da en la jueza Garzón de Lascano, quien durante la dictadura fue la secretaria del juez Adolfo Zamboni Ledesma, el que firmó los traslados de los presos políticos de la Unidad Penitenciaria para que en el camino fueran ultimados. Un total de 29 prisioneros fueron asesinados con esa metodología.

Hata el año 2003 esa magistrada fallaba a favor de la constitucionalidad de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida, y de los indultos, con que se habían blindado los represores. Sólo cuando el Congreso derogó esas normas y López de Filoñuk apeló sus fallos favorables a la impunidad, lo que tuvo buena recepción en la Cámara, recién allí se despejó la elevación a juicio de varios pesados expedientes. Garzón era un peñasco en ese angosto pasillo. Uno de los camaristas del TOF Nº1, Otero Alvarez, también había sido secretario de Zamboni Ledesma y por eso fue denunciado por el director de Derechos Humanos de la ciudad de Córdoba, Luis Baronetto. Como el Consejo de la Magistratura avanzó con la citación en su contra, el camarista renunció hace dos semanas. Pero estuvo 30 años en ese lugar y no precisamente para defender los derechos humanos.

Cuando la Sala 3 de Casación analizó el planteo de la defensa de Menéndez sobre el arresto domiciliario, el fiscal que debía oponerse directamente no asistió. Era Juan Martín Romero Victorica, ex juez federal de la dictadura y que compuso un trío temible en Casación, junto con otros ex funcionarios del Proceso: Pedro Carlos Narvaiz, fiscal de Casación y Alfredo Bisordi, que fue su presidente hasta que, hostigado por Néstor Kirchner en marzo de 2007, se acogió a la jubilación el año pasado.

Teniendo en cuenta que la Sala 3 benefició al grupo de La Perla; que la Sala 2 hizo otro tanto en diciembre pasado con Alfredo Astiz, Jorge Acosta y una veintena de marinos; que Bisordi cajoneó años la causa Esma y luego se jubiló, para pasar a defender como abogado particular a Luis Patti y otros genocidas de Resistencia y Tucumán, etc, se puede deducir que los socios y cómplices del terrorismo de Estado tienen mucha presencia en Tribunales.

Así se entiende que no tienen pruritos en fallar a favor del arresto domiciliario de Menéndez, quien acumula unas 4.000 causas judiciales abiertas en su contra, íntegramente por delitos de lesa humanidad. La suma puede parecer una exageración de este cronista pero es real. En cada provincia tiene 400 causas y la jurisdicción del Tercer Cuerpo alcanza a diez distritos, por lo que la suma total da alrededor de 4.000. Este reo tiene picana y coronita.