jueves, 1 de marzo de 2012

JUSTICIA: Cablevisión debe devolver lo cobrado de más.-

Jueves, 01 de Marzo de 2012 03:04 p.m.

La Justicia desestimó un recurso de Cablevisión y los usuarios pueden pedir la devolución de lo cobrado de más

La Sala Contencioso Administrativo 4, con la firma de Marcelo Daniel Duffy y Rogelio W. Vincenti, desestimó el recurso extraordinario interpuesto por Cablevisión SA contra la resolución de la Justicia Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal que revocó la medida cautelar dictada por el Juez Bustos Fierro (a cargo del Juzgado Federal N° 1 de Córdoba) que había dispuesto la suspensión de la aplicación de las Resoluciones N° 50/2010 y N° 36/2011 dictadas por la Secretaria de comercio Interior de la Nación.

De esta manera, los clientes de la empresa pueden solicitar la devolución de los importes cobrados indebidamente. Es decir, si un usuario:

- En lugar de los $109 que estableció la Secretaría de Comercio Interior pagó $ 147 de enero a agosto de 2011.
- En lugar de los $116 que marcaban las resoluciones pagó $160 desde septiembre 2011 a febrero 2012.

Entonces le corresponde reclamar a Cablevisión la devolución de 568 pesos (38 pesos por 8 meses + 44 pesos por 6 meses).

Una cronología de los hechos:

* 4 Abril de 2011: medida cautelar de Bustos Fierro (Juzgado Federal N° 1 Córdoba) que suspende la aplicación de las Res. 50/10 y 36/11 de la SCI. El Estado apela.
* 29 de Noviembre de 2011: se revoca la cautelar (Sala 4 Contencioso Administrativo Federal) dictada por B.Fierro. Cablevisión interpone un Recurso Extraordinario.
* 16 de Febrero de 2012: se desestima el recurso extraordinario. Queda la posibilidad de interponer recurso de queja por recurso extraordinario denegado, pero se trata de una formalidad que no tiene posibilidades de ser concedida.

De esta manera, las Resoluciones 50/10 y 36/11 deben ser cumplidas por la empresa. Si facturaron y percibieron otros valores, deben proceder a la refacturación y devoluciones de las sumas percibidas de más.

 

Las resoluciones de la Secretaría de Comercio Interior

 

- La Resolución 36/11 determina para los meses de Enero a Abril/2011, para el abono básico mensual, la suma de $ 109.;
- La Resolución 65/11 establece una prórroga para los meses de Mayo y Junio/2011 (abono básico mensual de $ 109);
- La Resolución 92/11 mantiene el valor para los meses de Julio y Agosto/2011 (abono básico mensual de $ 109);
- La Resolución 123/11 establece para los meses de Septiembre y octubre/2011, el abono básico mensual en la suma de $ 116;
- La Resolución 141/11 prorroga para los meses de Noviembre y Diciembre/2011 el abono básico mensual de $ 116;
- La Resolución 10/12 extiende para los meses de Enero a Marzo/2012 el abono básico mensual a $ 116).