Habla el Presidente de la República Dr. Salvador Allende Gossens:
5 de septiembre de 1970. Federación de Estudiantes, Santiago de Chile.
“Que extraordinariamente significativo es que pueda yo dirigirme al Pueblo de Chile y al Pueblo de Santiago desde la Federación de Estudiantes. Esto posee un valor y un significado muy altos. Gracias, gracias compañeras, gracias, gracias compañeros. Ya lo dije un día, lo mejor, que tengo me lo dio mi partido, la unidad de los trabajadores y la Unidad Popular. A la lealtad de ustedes responderé con la lealtad de un gobernante del Pueblo, con la lealtad del compañero Presidente”.
5 de noviembre de 1970. Asume el Poder el Presidente Allende, Congreso Nacional, Santiago de Chile.
“Dijo el Pueblo: Venceremos, y vencimos. Aquí estamos hoy compañeros, para conmemorar el comienzo de nuestro triunfo. Pero alguien más vence hoy con nosotros. Están aquí Lautaro y Caupolican, hermanado en la distancia de Cuauhtemoc y Tupac Amaru”.
“Hoy aquí con nosotros vence Bernardo O’Higgins que nos dio la independencia política. Manuel Rodríguez víctima de los que anteponen sus egoísmos de clase al progreso de la comunidad. Emilio Recabarren con los trabajadores organizados tras años de sacrificio”.
“Heredamos una sociedad lacerada por las desigualdades sociales. Una sociedad en que la violencia está incorporada a las instituciones mismas, en que se niega a la mayoría de las familias los derechos fundamentales al trabajo, a la educación, a la salud, a la recreación, y hasta la misma esperanza de un futuro mejor: ¡Basta a la explotación económica! ¡Basta a la desigualdad social, basta a la opresión política!”.
13 de diciembre de 1972. Plaza de la Revolución José Martí, Habana, Cuba.
“Porque esta gran humanidad ha dicho basta. Ahora sí la historia tendrá que contar con los pobres de América, con los explotados y vilipendiados de América latina, que han decidido empezar a escribir ellos mismos, para siempre, su historia…”
4 de noviembre de 1971. Estadio Nacional, Santiago de Chile.
“En esta hora aciaga quiero recordarles algunas palabras dichas el año 1971, se las digo con calma, con absoluta tranquilidad, yo no tengo pasta de apóstol ni de Mesías. No tengo condiciones de mártir, soy un luchador social que cumple una tarea que el Pueblo me ha dado. Pero que lo entiendan aquellos que quieren retrotraer la historia y desconocer la voluntad mayoritaria de Chile, sin tener carne de mártir, no daré un paso atrás. Que lo sepan, que lo oigan, que se les grabe profundamente: Defenderé esta revolución chilena y defenderé el Gobierno Popular porque es el mandato que el Pueblo me ha entregado. No tengo otra alternativa, sólo acribillándome a balazos podrán impedir mi voluntad, que es hacer cumplir el programa del Pueblo...”
11 de septiembre de 1973. Palacio de la Moneda, Santiago de Chile.
“Estas son mis últimas palabras, teniendo la certeza de que mi sacrificio no será en vano. Tengo la certeza de que, por lo menos, habrá una sanción moral que castigará la felonía, la cobardía y la traición.
¡Viva Chile! ¡Viva el Pueblo! ¡Vivan los trabajadores!
El compañero Presidente se dirige a la mujer chilena, a los trabajadores y a los profesionales de la Patria, a los profesionales patriotas: cuatro de estos últimos: el Dr. Luis Ravanal Zepeda, los juristas Víctor Rosas Vergara, Roberto Celedón Fernández y Matías Coll del Río, ciudadanos ejemplares con coraje civil, inteligencia, honestidad y dignidad, que presentaron última la querella criminal por el magnicidio del Presidente constitucional de Chile Dr. Salvador Allende Gossens, en la Corte de Apelaciones de Santiago, el 28 de julio de 2011. La que asumimos y nos hacemos parte. Que ha sido aplaudida por la opinión pública internacional. Respondamos en esta fecha tan memorable, a este acto de libertad y de dignidad haciendo circular la querella que adjuntamos.
¡Basta ya de mentiras!, de montajes del suicidio del Presidente Allende. “En tiempos infames como el actual, en que reina la mentira, decir la verdad –y luchar por la Justicia Plena, lo subrayado es mío- es un acto revolucionario”.
“Los Pueblos sin memoria nada significan y nada valen”
Prof. Moreno Peralta
Secretario Ejecutivo ADDHEE/ONG
Querella criminal en contra de todos aquellos que resulten responsables, por la muerte violenta de Allende
por Unión de Ex-Prisioneros Políticos de Chile Jueves, 28 de Julio de 2011
En lo Principal: Querella Criminal. En el Primer Otrosí: Fianza de Calumnia. En el Segundo Otrosí: Solicita diligencias. En el Tercer Otrosí: Acompaña documentos. En el Cuarto Otrosí: Acumulación. En el Quinto Otrosí: Se tenga presente.
SR MINISTRO EN VISITA
(DON MARIO CARROZA ESPINOZA)
VICTOR ROSAS VERGARA, abogado, en representación de la Organización No Gubernamental de Desarrollo Unión Ex Prisioneros Políticos de Chile, con personalidad jurídica concedida mediante Decreto Supremo Nº 3057, de 6 de octubre de 2005, también conocida como “Agrupación de Ex Presos Políticos”, asistido por los abogados Roberto Celedón Fernández y Matías Coll del Río, todos domiciliados para estos efectos en Phillips Nº 16, 5to piso, oficina X, Santiago, en causa sobre la muerte del Presidente Salvador Allende Gossens, Rol Nº 75-2011, a V.S.I. respetuosamente decimos:
Que venimos en interponer querella criminal en contra de todos aquellos que resulten responsables, por la muerte violenta, provocada, que reviste caracteres de delito cometido en contra del Presidente de la República SALVADOR ALLENDE GOSSENS, en consideración de los antecedentes de hecho y de derecho que pasamos a exponer:
Con gran interés, al igual que una gran parte de los chilenos y de ciudadanos de otros países, hemos venido siguiendo la investigación llevada adelante por V.S.I., en relación a la muerte del Presidente de la República, Dr. Salvador Allende Gossens, en el Palacio de La Moneda, el 11 de septiembre de 1973, hecho que fue incluido dentro del requerimiento presentado por la Fiscal Judicial, doña Beatriz Pedrals García de Cortázar, para investigar las muertes de más de 700 personas, ocurridas durante y con posterioridad al golpe de Estado, aún sin esclarecer.
Comparecemos ante V.S.I. con el ánimo de cooperar al pleno esclarecimiento de los hechos y circunstancias que rodearon la muerte del Presidente de Chile, Dr. Salvador Allende. Estamos absolutamente convencidos que él ofrendó su vida en defensa de los ideales que inspiraron toda su vida política y de la dignidad del cargo que por decisión popular-soberana ocupaba y de nuestra institucionalidad democrática. Su muerte, paradojalmente, marcará la derrota estratégica de quienes se alzaron y usurparon el poder con que democráticamente el pueblo chileno lo había honrado. Su muerte puede haber sido provocada por un acto homicida o un acto suicida, en nada altera la grandeza moral de la entrega de su vida. El fin de toda investigación judicial es buscar la verdad y que la verdad judicial que se establecerá sea ojalá coincidente, sino completamente próxima, a la verdad objetiva, de los hechos y sus circunstancias tal cual acontecieron. Nuestro deber ciudadano y profesional es cooperar con la acción de la Justicia. Presentamos la presente acción judicial cuando ya han transcurridos casi seis meses desde que instruyó el presente sumario, puesto que con anterioridad habíamos estimado que existiendo otros querellantes era innecesario hacernos parte en este proceso. Sin embargo, a través de los medios de comunicación social hemos tomado conocimiento de que el Servicio Médico Legal, con fecha 19 de julio de 2011, ha entregado a V.S.I. un informe denominado "Exhumación y Análisis Multidisciplinario del Cadáver de Salvador Allende Gossens", que concluye que éste se habría suicidado, conclusión que ha sido difundida ampliamente a través de la prensa nacional e internacional, y que ha sido presentada como si se tratara de una verdad definitiva e incuestionable. En este sentido tanto el Director del Servicio Médico Legal, como algunos de los peritos que intervinieron en los análisis periciales son categóricos en señalar en sendas entrevistas que se trató de un suicidio y que el estudio científico de los restos óseos estudiados así lo confirmaría de manera indubitada. Asimismo el contenido del Protocolo 57-11 IF del Servicio Médico Legal, con sus respectivos anexos fueron publicados íntegramente en la página del Poder Judicial (www.poderjudicial.cl) al día siguiente de ser entregado, el día 20 de julio de 2011, lo que valoramos profundamente como un acto de trasparencia.
Hubiésemos deseado que efectivamente las conclusiones de los peritos forenses del Servicio Médico Legal fuesen incontrovertibles. Lamentablemente, después de un sereno y razonado análisis de las mismas estimamos que no esclarece lo esencial de la duda científica planteada en el informe metapericial realizado por el Dr. Luis Ravanal Zepeda ya en el año 2008, que da cuenta que el Informe de Autopsia de 1973, sobre el Presidente Allende, constaba la existencia de dos orificios de balas, de distinto calibres y origen. Este es y era el punto esencial a despejar en la investigación. Nadie niega lo obvio, en cuanto a que una de las balas provino de un fusil de guerra provocando el estallido del cráneo del Presidente Allende. Insistir en lo obvio no resuelve nada pues no despeja el otro elemento esencial en cuanto la existencia o no de un otro disparo previo, de menor calibre. Y este hecho esencial tiene como fuente la propia Autopsia, no es un descubrimiento a posteriori o que surja de algún relato testimonial, aunque a decir verdad, como veremos, se confirma con la información de prensa de la época.
Aunque resulte ocioso decirlo la duda razonable acerca de naturaleza de la muerte del Presidente Salvador Allende no nace del capricho, ni de una obstinación política o ideológica, sino del análisis de la “verdad oficial” fundada en un documento pericial como es el Informe de Autopsia de 11 de septiembre de 1973, ordenada por el Fiscal Militar don Joaquín Earlbaum, hecha en condiciones precarias e irregulares, que pueden ser explicadas por el contexto en que se produce. Sin embargo, es un hecho objetivo, fuera de toda duda razonable, que la Autopsia al Presidente se desarrolla en el Hospital Militar, bajo la dirección de los generales de Sanidad, que respondían a sus mandos institucionales, todos los cuales habían participado y dirigido el Golpe de Estado, de ese mismo día 11 de septiembre. Para ese mando institucional, responsable del quiebre de la larguísima tradición democrática en Chile, no es lo mismo que el Presidente Allende muriese a causa de una muerte provocada por terceros –agentes militares- o de su propio suicidio- equiparable a una renuncia simbólica-. Ya la muerte, la sola muerte del Presidente de Chile en el palacio presidencial, por muchos de ellos deseadas, ya era un problema político de proporciones para los responsables del Golpe de Estado.
Los querellantes de autos, tenemos el privilegio de poder contar con una valoración científica hecha por profesionales independientes, versados en medicina forense, sobre la autopsia practicada en el Hospital Militar a pocas horas de fallecido el Presidente Salvador Allende, que cuestiona el sustento científico del Protocolo de Autopsia N° 2449/73, en que se basa la versión sobre el presunto suicidio de Allende que se impuso oficialmente.
Los mismos expertos que analizaron el protocolo de la autopsia realizada el 11 de septiembre de 1973, luego de analizar el Informe Forense de Exhumación entregado a V.S.I. en días pasados por el Servicio Médico Legal, estiman que no resulta prudente arribar a una conclusión categórica en relación a la naturaleza de muerte del Presidente Salvador Allende, teniendo en consideración que no pudieron analizarse elementos de trascendental interés médico legal, circunstancias que por sí sola impide excluir otras posibilidades.
Efectivamente:
(1) Es un hecho comprobado que no fueron encontrados numerosos fragmentos de hueso del cráneo y de la cara. Debe destacarse especialmente la ausencia de un fragmento de hueso, que fue descrito durante la Autopsia realizada el 11 de septiembre de 1973, como “segmento de orificio redondeado, tallado a bisel externo de aproximadamente 2 o 3 cms”. Es del caso reiterar que dicho orificio redondeado de salida no puede haber sido provocado por un proyectil de alta velocidad disparado por un fusil de guerra, como el AK 47, con que se presume se efectuó el disparo, porque un proyectil de tales características al penetrar en la bóveda craneana origina un estallido producto de la expansión de gases.
La presencia de un orificio redondeado es precisamente lo que ha llevado a plantear la hipótesis sobre la existencia de un disparo previo que involucra un proyectil de baja velocidad, esto es, un disparo proveniente de una pistola o un revólver, apto para producir un orificio de las características descritas. Dicha hipótesis es concordante con el Informe Policial del Sitio del Suceso de 1973, que describe la presencia de vainas de proyectiles de bajo calibre con restos de vainillas y proyectiles de armas distintas, y no exclusivamente asociadas a un fusil de guerra AK 47. (Ver croquis Nº 15.255 y fotografías S y R).
En efecto, este orificio de salida de proyectil de baja intensidad también fue descrito por el General Ernesto Baeza Michelsen, quien había asumido el mismo 11 de septiembre de 1973 como Director de la Policía de Investigaciones y quien dirigiera personalmente la investigación policial. El General Baeza informó al Diario El Mercurio [Tercer Cuerpo, página 17, que se acompaña], según da cuenta el artículo publicado el 21 de septiembre de 1973, bajo el título “Investigación de Fiscal determina suicidio de Allende”, que la Causa de Muerte había sido: “Explosión de la bóveda craneana por la acción de dos proyectiles que entraron por la barbilla, saliendo uno por un pómulo y otro por la parte superior de la nuca." Admitamos lo obvio, como lo reconoce el propio informe balístico del Servicio Médico Legal de julio de 2011, que los proyectiles AK 47, es imposible que haga un giro en su trayectoria como el que describe el General Baeza, en coherencia con el Informe de Autopsia de 1973.
En este contexto, el análisis pericial de los restos exhumados debió centrarse en comprobar la existencia de más de un disparo capaz de producir los orificios de salida en distintos lugares y trayectorias, considerando especialmente que en la presente causa se detectaron discrepancias entre el Protocolo de Autopsia de 1973 y las observaciones de la Inspección del sitio del suceso en el Salón Independencia del Palacio de La Moneda, por parte la Brigada de Homicidios de la Policía de Investigaciones. "En el Protocolo de Autopsia se advierte una discordancia respecto de la trayectoria intracraneana del proyectil disparado".
Al no haberse encontrado el fragmento óseo con el orificio redondeado de salida de proyectil, descrito en la autopsia realizada en 1973, así como tampoco numerosos fragmentos de la cara y del cráneo – según da cuenta el propio informe 57-11 IF del SML - no podía establecerse con certeza la trayectoria balística del o de los proyectiles. El Informe 57-11 IF del Servicio Médico Legal, de 2011, señala:
"Si hubo o no un segundo proyectil, ocurrió durante el mismo disparo, siguió con una diferencia de milisegundos una trayectoria similar pero no es posible confirmar o descartar esta posibilidad mediante el examen morfológico del material óseo conservado u otras técnicas de exploración actualmente disponibles."
“Los cambios que se observan en el cráneo y la mandíbula son acordes con los datos registrados en toda la documentación disponible, que concuerda en que el proyectil de arma de fuego siguió, en secuencia, a través de la región submentoniana con compromiso de la mandíbula lado izquierdo, cavidad oral con fractura de múltiples piezas dentales, penetra a cavidad craneana por la base del cráneo en fosa anterior, atraviesa esta cavidad – y el cerebro contenido en ella – y sale en huesos de la calota y cuero cabelludo”.
La descripción anterior, hace referencia a un recorrido o trayectoria del proyectil que se desplaza a través de la base de cráneo en la fosa anterior, al cerebro, los huesos de la calota y al cuero cabelludo. Sin embargo, nada de esto pudo ser observado, puesto ninguna de las estructuras incluidas en el presunto recorrido seguido por el proyectil, pudieron ser tenidas a la vista, menos aún cuando ni siquiera pudo determinarse cuál fue el punto de salida del o de los proyectiles. En tales circunstancias, la conclusión del Informe actual respecto a la existencia de un solo proyectil de alta velocidad se arma en base a deducciones, carentes de certeza absoluta. Por otra parte, no podía descartarse aquello que no se pudo ver.
En este contexto, persiste la principal incógnita relativa al origen del orificio redondeado de salida de proyectil, que fue un elemento esencial que hizo necesaria la exhumación.
(2) Se prescindió, sorprendentemente, de realizar un análisis de vitalidad de las fracturas óseas producidas con la explosión de la bóveda craneana, mediante estudios de laboratorio, bioquímicos e histológicos, cosa que es básica. Así, el Protocolo 57-11 IF, de 2011, refiere la existencia de fracturas "perimortem", (alrededor de la muerte), esto es, sin distinguir entre fracturas vitales o postmortem, a pesar que esta distinción resulta esencial en aras de establecer o descartar la hipótesis de una puesta en escena del suicidio, o dicho de manera más cruda, que al Presidente Allende se le hubiera disparado con un fusil de guerra bajo el mentón encontrándose éste ya fallecido.
(3) En el reciente Informe del SML dejaron de considerarse aspectos relevantes de la dinámica del disparo, pues no se analizó la ausencia de alteraciones que debieron haberse producido necesariamente como consecuencia de la entrada de uno o de varios proyectiles simultáneos de alta energía. Ello por cuanto la hipótesis de un disparo realizado por el propio Presidente Allende en la región submentoniana, encontrándose en posición sentada, habría provocado - por efecto gravitacional - un masivo escurrimiento de sangre hacia la región anterior del tórax, que hubiese impregnado profusamente con sangre sus vestimentas. Acompañamos material gráfico en video en formato DVD que demuestran el escurrimiento de sangre producto de disparos intrabucal y temporal por proyectiles de baja energía. Sin embargo, las fotografías existentes del Presidente Allende muerto, así como el Croquis hecho por la Policía de Investigaciones, que lo muestran semitendido en un sofá con el Fusil AK plegable encima de su cuerpo revelan la total ausencia de rastros de una hemorragia en la parte anterior del chaleco con rombos que vestía al momento de su muerte. La ausencia absoluta de sangre en la parte anterior de sus vestimentas, es un indicio de que la herida de bala submentoniana pudo haber sido provocada encontrándose el cuerpo del Presidente Allende en una posición distinta a la sentada, como por ejemplo, en posición decúbito dorsal.
(4) Otro aspecto esencial que se ha pasado por alto en el análisis forense multidisciplinario dice relación con los residuos de pólvora detectados en las osamentas, puesto que no se investigó porqué existe mayor concentración de dichos residuos en la zona próxima al reborde orbitario y la frente, esto es, en la zona más alejada del orificio de entrada en la región submentoniana, lo que es un indicio de un disparo u orificio de entrada próximo al reborde orbitario y la frente.
(5) Por último, al comparar la descripción de las vestimentas del Presidente Allende hecha en el Protocolo de Autopsia del año 1973, con la descripción que se hace de las ropas sometidas a la actual pericia, salta a la vista que las prendas de vestir analizadas, no son las mismas que las que vestía el Presidente de la República al momento de fallecer. Por ejemplo, respecto del suéter de lana analizado, no se describen o identifican detalles en el diseño que sean similares al suéter con rombos que éste llevaba puesto al momento de su muerte. Respecto a la ropa interior, el informe de autopsia del año 1973, describía que estas se encontraban profusamente impregnadas en sangre, pero en el informe actual no se describen manchas o rastro alguno de sangre en la ropa interior y tampoco consta que se hubiesen realizado estudios para detectar residuos hemorrágicos sanguíneos.
Para no extendernos más en relación al Informe del Servicio Médico Legal evacuado en el marco de esta causa y a fin de poder entrar derechamente a exponer los fundamentos de la presente querella, acompañamos en el Otrosí el Informe Pericial Analítico de los Informes de Exhumación y Análisis Multidisciplinario del Cadáver de Salvador Allende Gossens, suscrito por el Dr. Luis Ravanal Zepeda, que contiene además de las consideraciones expresadas, otras de sumo interés para la presente investigación.
De la muerte del Presidente Allende en su dimensión jurídico-penal.-
Quien tuvo plena conciencia de que el 11 de septiembre de 1973 moriría, es el propio Presidente Salvador Allende. Allende lo anunció en sus últimas alocuciones del propio 11 de septiembre, de ellas hay registros indubitables. Quizás la mejor manera de honrar su memoria es asumir sus propias palabras, que de por sí implicaban una denuncia y un anuncio.
Y, ¿qué denunciaba?, desde un punto de vista penal, dos cosas: la sedición y su muerte provocada.
Y, ¿qué anunciaba?: el sufrimiento del pueblo con la instalación de un régimen fascista y la liberación final, con la poética figura de que mucho más temprano que tarde se abrirán las grandes alamedas por donde pasarán los hombres libres.
Al ejercer esta acción penal apelamos a respetar la voluntad y Memoria de Allende, a las palabras del Presidente Allende, de significación jurídico-penal, que nos dejara en sus alocuciones finales, en pleno desarrollo del golpe de estado, transmitidas por las radio Corporación y Magallanes.
La primera, fue a las 07:55 AM., por radio Corporación, informa sobre el levantamiento de la Marina que ha ocupado la ciudad de Valparaíso:
"Habla el Presidente de la República desde el Palacio de La Moneda. Informaciones confirmadas señalan que un sector de la marinería habría aislado Valparaíso y que la ciudad estaría ocupada, lo que significa un levantamiento contra el Gobierno, del Gobierno legítimamente constituido, del Gobierno que está amparado por la ley y la voluntad del ciudadano.
En estas circunstancias, llamo a todos los trabajadores. Que ocupen sus puestos de trabajo, que concurran a sus fábricas, que mantengan la calma y serenidad [...].
En todo caso yo estoy aquí, en el Palacio de Gobierno, y me quedaré aquí defendiendo al Gobierno que represento por voluntad del pueblo.
Lo que deseo, esencialmente, es que los trabajadores estén atentos, vigilantes y que eviten provocaciones. Como primera etapa tenemos que ver la respuesta, que espero sea positiva, de los soldados de la Patria, que han jurado defender el régimen establecido que es la expresión de la voluntad ciudadana, y que cumplirán con la doctrina que prestigió a Chile y le prestigia el profesionalismo de las Fuerzas Armadas. En estas circunstancias, tengo la certeza de que los soldados sabrán cumplir con su obligación [...]."
Veinte minutos más tarde, a las 08:15 AM., se dirige a los trabajadores de Chile, aun con la información del levantamiento sólo de la Marina:
“Les habla el Presidente de la República. Las noticias que tenemos hasta estos instantes nos revelan la existencia de una insurrección de la Marina en la Provincia de Valparaíso. He ordenado que las tropas del Ejército se dirijan a Valparaíso para sofocar este intento golpista. Deben esperar las instrucciones que emanan de la Presidencia. Tengan la seguridad de que el Presidente permanecerá en el Palacio de La Moneda defendiendo el Gobierno de los Trabajadores. Tengan la certeza que haré respetar la voluntad del pueblo que me entregara el mando de la nación hasta el 4 de Noviembre de 1976.
Deben permanecer atentos en sus sitios de trabajo a la espera de mis informaciones. Las fuerzas leales respetando el juramento hecho a las autoridades, junto a los trabajadores organizados, aplastarán el golpe fascista que amenaza a la Patria."
Treinta minutos más tarde, a las 08:45 AM, la información que tiene el Presidente es radicalmente más grave, comunica que se trata de un golpe de Estado en que participan las Fuerzas Armadas:
Compañeros que me escuchan:
La situación es crítica, hacemos frente a un golpe de Estado en que participan la mayoría de las Fuerzas Armadas. En esta hora aciaga quiero recordarles algunas de mis palabras dichas el año 1971, se las digo con calma, con absoluta tranquilidad, yo no tengo pasta de apóstol ni de Mesías. No tengo condiciones de mártir, soy un luchador social que cumple una tarea que el pueblo me ha dado. Pero que lo entiendan aquellos que quieren retrotraer la historia y desconocer la voluntad mayoritaria de Chile; sin tener carne de mártir, no daré un paso atrás. Que lo sepan, que lo oigan, que se lo graben profundamente: dejaré La Moneda cuando cumpla el mandato que el pueblo me diera, defenderé esta revolución chilena y defenderé el Gobierno porque es el mandato que el pueblo me ha entregado. No tengo otra alternativa. Sólo acribillándome a balazos podrán impedir la voluntad que es hacer cumplir el programa del pueblo. Si me asesinan, el pueblo seguirá su ruta, seguirá el camino con la diferencia quizás que las cosas serán mucho más duras, mucho más violentas, porque será una lección objetiva muy clara para las masas de que esta gente no se detiene ante nada.
Yo tenía contabilizada esta posibilidad, no la ofrezco ni la facilito.
El proceso social no va a desaparecer porque desaparece un dirigente. Podrá demorarse, podrá prolongarse, pero a la postre no podrá detenerse.
Compañeros, permanezcan atentos a las informaciones en sus sitios de trabajo, que el compañero Presidente no abandonará su a su pueblo ni su sitio de trabajo. Permaneceré aquí en La Moneda inclusive a costa de mi propia vida.
Dieciocho minutos después, a las 09:03 AM., hablará a través de Radio Magallanes
"Compañeros:
En estos momentos pasan los aviones. Es posible que nos acribillen. Pero que sepan que aquí estamos, por lo menos con nuestro ejemplo, que en este país hay hombres que saben cumplir con la obligación que tienen. Yo lo haré por mandato del pueblo y por voluntad consciente de un presidente que tiene la dignidad del cargo entregado por su pueblo en elecciones libres y democráticas.
En nombre de los más sagrados intereses del pueblo, en nombre de la patria, los llamo a ustedes para decirles que tengan fe. La historia no se detiene ni con la represión ni con el crimen. Ésta es una etapa que será superada. Éste es un momento duro y difícil; es posible que nos aplasten. Pero el mañana será del pueblo, será de los trabajadores. La humanidad avanza para la conquista de una vida mejor.
Pagaré con mi vida la defensa de principios que son caros a esta patria. Caerá un baldón sobre aquellos que han vulnerado sus compromisos, faltando a su palabra... roto la doctrina de las Fuerzas Armadas.
El pueblo debe estar alerta y vigilante. No debe dejarse provocar, ni dejarse masacrar, pero también debe defender sus conquistas. Debe defender el derecho a construir con su esfuerzo una vida digna y mejor."
Y, su último mensaje al pueblo de Chile, siete minutos después, a las 09:10 AM., de una serenidad y trascendencia inimaginable que lo eleva entre los grandes hombres de la humanidad:
"Seguramente, ésta será la última oportunidad en que me pueda dirigir a ustedes. La Fuerza Aérea ha bombardeado las antenas de Radio Portales y Radio Corporación. Mis palabras no tienen amargura, sino decepción. Que sean ellas un castigo moral para quienes han traicionado su juramento: soldados de Chile, comandantes en jefe titulares, el almirante Merino, que se ha auto- designado comandante de la Armada, más el señor Mendoza, general rastrero que sólo ayer manifestara su fidelidad y lealtad al gobierno, y que también se ha autodenominado director general de Carabineros. Ante estos hechos, sólo me cabe decir a los trabajadores: ¡no voy a renunciar!
Colocado en un trance histórico, pagaré con mi vida la lealtad al pueblo. Y les digo que tengo la certeza de que la semilla que hemos entregado a la conciencia digna de miles y miles de chilenos no podrá ser segada definitivamente. Tienen la fuerza, podrán avasallarnos, pero no se detienen los procesos sociales ni con el crimen ni con la fuerza. La historia es nuestra y la hacen los pueblos.
Trabajadores de mi patria: quiero agradecerles la lealtad que siempre tuvieron, la confianza que depositaron en un hombre que sólo fue intérprete de grandes anhelos de justicia, que empeñó su palabra en que respetaría la Constitución y la ley, y así lo hizo. En este momento definitivo, el último en que yo pueda dirigirme a ustedes, quiero que aprovechen la lección: el capital foráneo, el imperialismo, unidos a la reacción, crearon el clima para que las Fuerzas Armadas rompieran su tradición, la que les enseñara el general Schneider y reafirmara el comandante Araya, víctimas del mismo sector que hoy estará en sus casas esperando, con mano ajena, reconquistar el poder para seguir defendiendo sus granjerías y sus privilegios.
Me dirijo a ustedes, sobre todo a la modesta mujer de nuestra tierra, a la campesina que creyó en nosotros, a la madre que supo de nuestra preocupación por los niños. Me dirijo a los profesionales de la patria, a los profesionales patriotas que siguieron trabajando contra la sedición auspiciada por los colegios profesionales, colegios clasistas que defendieron también las ventajas de una sociedad capitalista.
Me dirijo a la juventud, a aquellos que cantaron y entregaron su alegría y su espíritu de lucha. Me dirijo al hombre de Chile, al obrero, al campesino, al intelectual, a aquellos que serían perseguidos, porque en nuestro país el fascismo ya estuvo hace muchas horas presente; en los atentados terroristas, volando los puentes, cortando las vías férreas, destruyendo los oleoductos y los gasoductos, frente al silencio de quienes tenían la obligación de proceder.
Estaban comprometidos. La historia los juzgará.
Seguramente, Radio Magallanes será acallada y el metal tranquilo de mi voz ya no llegará a ustedes. No importa. La seguirán oyendo. Siempre estaré junto a ustedes. Por lo menos mi recuerdo será el de un hombre digno que fue leal con la patria.
El pueblo debe defenderse, pero no sacrificarse. El pueblo no debe dejarse arrasar ni acribillar, pero tampoco puede humillarse.
Trabajadores de mi patria, tengo fe en Chile y en su destino. Superarán otros hombres este momento gris y amargo en el que la traición pretende imponerse. Sigan ustedes sabiendo que, mucho más temprano que tarde, de nuevo se abrirán las grandes alamedas por donde pasa el hombre libre, para construir una sociedad mejor.
¡Viva Chile! ¡Viva el pueblo! ¡Vivan los trabajadores!
Éstas son mis últimas palabras y tengo la certeza de que mi sacrificio no será en vano, tengo la certeza de que, por lo menos, será una lección moral que castigará la felonía, la cobardía y la traición."
La muerte de Allende se produce en un contexto extremo, tendiente a abortar una experiencia política original llamada de la vía chilena al socialismo, expresión profundizada de la ya iniciada Revolución en Libertad de los años 60´, que precede a la elección democrática del Presidente Salvador Allende. No se puede separar la muerte y sacrificio de Allende del hecho político, jurídico y penal, que marca la ruptura de la institucionalidad constitucional existente en el país y la instalación de un régimen fascista, como lo califica Allende en sus palabras finales.
Sin golpe de Estado no hay muerte del Presidente Allende el 11 de septiembre de 1973. No podemos separar la muerte del contexto y tratándose de una investigación penal, de los hechos de significación jurídico-penal que son causa de la muerte del Presidente y el inicio despiadado de una persecución masiva a sus partidarios, a los que se sospechaba como partidarios, en definitiva, siguiendo el relato de Brecht, a todos los opositores de conciencia democrática que se opusieron, o terminaron oponiéndose, a la dictadura instalada el 11 de septiembre de 1973.
En el derecho penal chileno es una circunstancia agravante el homicidio con ocasión de una sedición. Desde el primer instante, desde la primera alocución radial de Allende el 11 de septiembre denuncia “un levantamiento contra el Gobierno, del Gobierno legítimamente constituido, del Gobierno que está amparado por la ley y la voluntad del ciudadano”. Y desde ya anuncia, “yo estoy aquí, en el Palacio de Gobierno, y me quedaré aquí defendiendo al Gobierno que represento por voluntad del pueblo."
En la segunda intervención, denuncia la insurrección de la Marina y reitera que “Tengan la seguridad de que el Presidente permanecerá en el Palacio de La Moneda defendiendo el Gobierno...”. En la tercera, dirá que “hacemos frente a un golpe de Estado en que participan la mayoría de las Fuerzas Armadas”.
La decisión de permanecer en La Moneda, como símbolo de defensa del Gobierno y tradición democrática, la reitera en cada una de sus alocuciones: “Que lo sepan, que lo oigan, que se lo graben profundamente: dejaré La Moneda cuando cumpla el mandato que el pueblo me diera, defenderé esta revolución chilena y defenderé el Gobierno porque es el mandato que el pueblo me ha entregado. No tengo otra alternativa. Sólo acribillándome a balazos podrán impedir la voluntad que es hacer cumplir el programa del pueblo. Si me asesinan...”. Y, termina sus palabras a las 08:45 AM, diciendo: “Permaneceré aquí en La Moneda inclusive a costa de mi propia vida”. En la siguiente alocución dirá: “En estos momentos pasan los aviones. Es posible que nos acribillen”. Y aludiendo a los hombres que saben cumplir con su obligación, dirá: “Yo lo haré por mandato del pueblo y por voluntad consciente de un presidente que tiene la dignidad del cargo entregado por su pueblo en elecciones libres y democráticas”. Y, nuevamente termina sus palabras con “Pagaré con mi vida la defensa de principios que son caros a esta patria”. Y, en su última alocución, fustigará a los que “han traicionado su juramento” y “Ante estos hechos, sólo me cabe decir a los trabajadores: ¡no voy a renunciar! Colocado en un trance histórico, pagaré con mi vida la lealtad al pueblo”.
Agregará, algo de enorme importancia, pues definirá quienes son los responsables genéricos: “En este momento definitivo, el último en que yo pueda dirigirme a ustedes, quiero que aprovechen la lección: el capital foráneo, el imperialismo, unidos a la reacción, crearon el clima para que las Fuerzas Armadas rompieran su tradición...”. Y terminará su mensaje final diciendo: “Éstas son mis últimas palabras y tengo la certeza de que mi sacrificio no será en vano, tengo la certeza de que, por lo menos, será una lección moral que castigará la felonía, la cobardía y la traición."
En suma, el Presidente Allende, en todo momento reiteró como única respuesta posible frente a la sedición, su compromiso moral de permanecer en La Moneda para defender el gobierno constitucional, esto es, combatiendo, y que sólo saldría de allí asesinado por los golpistas.
Aún más, mucho antes el Presidente Allende, había descartado de plano la posibilidad de cometer suicidio y así lo dijo expresamente en el Discurso que pronunció el 8 de enero de 1972, con motivo de la acusación constitucional contra el Ministro del Interior, José Tohá, cuando afirmó enfáticamente: "No habrá un Presidente arrastrado al suicidio, porque el pueblo sabrá responder y tampoco habrá una guerra fratricida porque el Gobierno y el pueblo lo impedirán."
El propio Presidente Salvador Allende en sus últimas alocuciones denuncia el delito de alzamiento a mano armada contra el gobierno legalmente constituido con el objeto de privarlo de sus funciones (artículo 121 del Código Penal) y advierte que será asesinado.
Los militares alzados incurrieron en delitos que la ley penal describe y sanciona en el Título II del Libro II del Código Penal, hasta hoy vigente, sobre "CRIMENES Y SIMPLES DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD INTERIOR DEL ESTADO", pues el 11 de Septiembre de 1973, oficiales del Ejército de Chile, de la Armada Nacional, de la Fuerza Aérea de Chile y de Carabineros de Chile, sin título alguno, sin derecho alguno, se alzaron a mano armada contra el Gobierno legalmente constituido del Presidente de la República, Dr. Salvador Allende Gossens, circunstancia que constituye una agravante de responsabilidad penal prevista en el artículo 12 Nº 10 del mismo Código.
Esta acción sediciosa estuvo previamente planificada y contó con la complicidad de civiles y de potencias extranjeras, y tenía el propósito de privar de sus funciones al Presidente constitucional de la República, a los miembros del Congreso Nacional, y asumir el Mando Supremo de la Nación. En efecto, por Decreto Ley Nº 1[1], que vino a publicarse en el Diario Oficial del 18 de Septiembre de 1973, el Comandante en Jefe del Ejército, General de Ejército, Augusto Pinochet Ugarte; el Comandante en Jefe de la Armada, Almirante, José Toribio Merino Castro; el Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea, General del Aire, Gustavo Leigh Guzmán y el Director General de Carabineros, General César Mendoza Durán, se auto designaron "JUNTA DE GOBIERNO", arrogándose atribuciones para cambiar la Constitución, dictar las leyes de la República y para ejercer el poder ejecutivo, según queda de manifiesto del texto del Decreto Ley Nº 128, dictado por dicha Junta, publicado en el Diario Oficial del 16 de Noviembre de 1973, que expresa lo siguiente:
"Artículo 1º: La Junta de Gobierno ha asumido desde el 11 de Septiembre de 1973 el ejercicio de los Poderes Constituyente, Legislativo y Ejecutivo;
Artículo 2º: El ordenamiento jurídico contenido en la Constitución y en las leyes de la República continúa vigente mientras no sea o haya sido modificado en la forma prevista en el artículo siguiente.
Artículo 3º: El Poder Constituyente y el Poder Legislativo son ejercidos por la Junta de Gobierno mediante decretos leyes con la firma de todos sus miembros y, cuando éstos lo estimen conveniente, con la del o los Ministros respectivos. Las disposiciones de los decretos leyes que modifiquen la Constitución Política del Estado, formarán parte de su texto y se tendrán por incorporadas en ella.
Artículo 4º El Poder Ejecutivo es ejercido mediante decretos supremos y resoluciones, de acuerdo con lo dispuesto en el decreto ley Nº 9 de 12 de Septiembre de 1973."
Los oficiales alzados no solo traicionaron su juramento de lealtad y acatamiento de la Constitución y las leyes, sino que asimismo violentaron sus deberes legales y reglamentarios establecidos y asentados en su propia normativa interna. En efecto, en primer término infringieron con sus actos el precepto fundamental del artículo tercero de la Constitución vigente que expresaba: “Ninguna persona o reunión de personas pueden tomar el título o representación del pueblo, arrogarse sus derechos, ni hacer peticiones en su nombre. La infracción de este artículo es sedición”.
Violaron asimismo el precepto del artículo cuarto de la Carta Fundamental que, a su vez, prevenía que: “Ninguna magistratura, ninguna persona, ni reunión de personas pueden atribuirse, ni aun con el pretexto de circunstancias extraordinarias, otra autoridad o derechos que los que expresamente se les hayan conferido por las leyes. Todo acto en contravención a este articulo es nulo”. Esta nulidad constitucional es de Derecho Publico, alcanzando todos los actos de la Junta de Generales que en esa fecha se autoproclamó Gobierno, y es una nulidad absoluta, insanable e imprescriptible.
Más tarde la Junta de Gobierno, de tal forma auto designada, se otorgó el Estatuto contenido en el Decreto Ley N° 527 de 17 de junio de 1974, publicado en el Diario Oficial de 26 de Junio de 1974 que intenta ratificar los actos inválidos que venía dictando desde el Golpe Militar.
Por otra parte, los mandos de las Fuerzas Armadas y Carabineros al desobedecer la orden del Presidente Salvador Allende de dirigirse a Valparaíso para sofocar el intento golpista, se insubordinaron de quien era su superior jerárquico, el Presidente de la República, quien tenía el mando superior de las Fuerzas Armadas, al tenor del artículo 72 de la Constitución de 1925 que establecía expresamente como atribución especial del Presidente “disponer de las fuerzas de mar y tierra, organizarlas y distribuirlas según lo hallare por conveniente”.
A mayor abundamiento, en la madrugada del día 11 de septiembre arrebataron a los entonces Comandante en Jefe de la Armada, Almirante Raúl Montero y Director General de Carabineros, José María Sepúlveda, sus mandos y prerrogativas que, de hecho, fueron asumidas por los sediciosos José Toribio Merino y César Mendoza Durán, respectivamente.
La Junta Militar, dictó el 11 de Septiembre de 1973 el Decreto Ley Nº 3, en virtud del cual declaró el Estado de Sitio en todo el territorio nacional y el 12 de Septiembre de 1973 dictó su Decreto Ley Nº 5 publicado en el D.O. del 22 del mismo mes, estableciendo que el Estado de Sitio debía entenderse “Estado de Guerra Interno” a contar del día 11 de Septiembre, bajo el pretexto de existir un enemigo interno.
A partir de las primeras horas del día 11 de septiembre de 1973, los militares amotinados instigaron actos de sevicia inhumana sin precedentes en nuestra historia republicana, constitutivos de graves violaciones a los derechos más fundamentales de la persona humana, establecidos en la Constitución y en los tratados internacionales. Así los sediciosos, de manera abierta, pública y desembozada, desplegaron sus fuerzas de tierra, mar y aire y de carabineros, copando las grandes ciudades del país, dándose inicio a la persecución premeditada, implacable de las directivas y miembros de los partidos de la izquierda chilena, de los sindicatos, estudiantes universitarios, pobladores, campesinos, profesionales, intelectuales y de todos aquellos a quienes consideraban sus enemigos.
Miles de hombres, mujeres, ancianos y niños, sin distinción fueron apresados, secuestrados y llevados a improvisados campos de concentración y recintos de interrogatorio como el Estadio Nacional, el Estadio Chile, el Buque Escuela Esmeralda en Valparaíso, e innumerables otros recintos de detención en todo el país, en que fueron vejados y torturados, muchos de ellos hasta la muerte, implementándose como práctica las ejecuciones extrajudiciales y la desaparición física de las víctimas.
Acerca de la Autopsia del Presidente Salvador Allende
De manera fortuita, los abogados que patrocinan y asisten a la Organización querellante, a mediados del año 2008, tomaron conocimiento de que la autopsia del Presidente Salvador Allende había sido realizada por el doctor José Luís Vásquez Fernández, funcionario médico de planta del Servicio Médico Legal, de especialidad ginecólogo, quien en el marco de una querella seguida en su contra por el delito de falsificación de instrumento público cometido en un protocolo de autopsia, le confidenció a un actuario del antiguo Duodécimo Juzgado del Crimen de Santiago - quizás como argumento de autoridad- que él había realizado la autopsia del Presidente Salvador Allende, circunstancia ésta que luego fue puesta en nuestro conocimiento.
La noticia acerca de la existencia de un protocolo de autopsia del Presidente Salvador Allende además de producirnos una natural inquietud, toda vez que no teníamos antecedentes de ella, nos perturbó por el hecho que dicha autopsia hubiese sido realizada por el doctor José Luís Vásquez de quien nos habíamos formado una opinión profesional extremadamente negativa, puesto que nos había tocado conocer distintos informes de autopsia de su autoría, que contenían flagrantes falsedades ideológicas y que habían sido desestimados por la Justicia sobre la base de nuevas pericias forenses.
Son conocidos en la conciencia pública los casos de las autopsia del niño Rodrigo Anfruns y del funcionario internacional don Carmelo Soria en que el doctor José Luis Vásquez subordinó la verdad objetiva, científica, a los intereses mezquinos de las autoridades de facto. Huelga toda otra mención, pero podríamos agregar otros casos en que dicho perito ha faltado gravemente a la verdad, lo que nos ha llevado a concluir que los informes periciales de dicho funcionario no son confiables.
Al conocer este hecho, emprendimos la búsqueda de los antecedentes de la autopsia del Presidente Allende, encontrando una copia del Informe de Autopsia N° 2449/73, en el Libro "La conjura: Los mil y un días del golpe", de la periodista Mónica González, Editorial B, Santiago de Chile, año 2000. Asimismo, hallamos copia del citado Informe, en el sitio web llamado www.despiertachile.cl, publicación electrónica de personas cercanas a la extrema derecha. Por otra parte, en el libro "Las Muertes de Salvador Allende. Una investigación crítica de las principales versiones de sus últimos momentos", de Hermes H. Benitez, RIL Editores, 2006, encontramos una transcripción del Informe evacuado por la Policía de Investigaciones de Chile, dando cuenta de la inspección del sitio del suceso y del examen criminalístico del cadáver de Salvador Allende, y de las evidencias recogidas y remitidas a la Fiscalía Militar, a cuyo contenido nos referiremos más adelante.
El Protocolo de Autopsia N° 2449/73 dirigido al Fiscal de la Primera Fiscalía Militar, se encontraba suscrito por el doctor José Luis Vásquez Fernández y por el doctor Tomás Tobar Pinochet, médico legista del Servicio Médico Legal. En el citado Informe en síntesis se señalaba que la causa de muerte del Presidente Salvador Allende había sido una "herida de bala cérvico – buco –cráneo - encefálica, reciente, con salida de proyectil" y que "el disparo ha podido ser hecho por la propia persona", versión ésta que durante largos años se ha mantenido como versión oficial y que es afirmada por el doctor Patricio Guijón.
Con estos antecedentes, y motivados por nuestra duda profunda sobre la fiabilidad de uno de los autores del Informe de Autopsia, tomamos contacto con el médico legista, don Luis Orlando Ravanal Zepeda, de quien tenemos un alto concepto profesional y moral, entregándole ejemplares de los libros de la periodista Mónica González y de Hermes H. Benitez, ya referidos, y le solicitamos que hiciera un análisis pericial del Protocolo de Autopsia del Presidente Allende. El doctor Luis Ravanal, después de un largo y detenido estudio, emitió su informe médico legal, denominado "Informe Metapericial de Informe de Autopsia N° 2449/73 de Salvador Allende Gossens", fechado en septiembre de 2008, y que recientemente complementó y actualizó con un segundo informe, fechado en abril de 2011, más extenso que el anterior al abordar los aspectos balísticos con mayor profundidad, el que acompañamos en un Otrosí.
Las conclusiones del doctor Ravanal, primer trabajo científico de esta naturaleza sobre la muerte del Presidente Allende, nos fueron demasiado impactantes. Privadamente y con la debida autorización de su autor, se lo comunicamos a la familia del Presidente, primeramente a través de su nieto don Gonzalo Meza Allende, a quien se le planteó que el citado informe pretendía ser una contribución en la búsqueda de la verdad sobre la muerte del Presidente Salvador Allende. Para sorpresa nuestra, la recepción fue francamente hostil, y luego de varios diálogos con personas autorizadas, le señalamos que la verdad sobre la muerte del Presidente de la República era algo que no nos pertenecía y que no teníamos derecho a ocultar, pues era de interés para la historia de Chile. Nada más lejos que pretender cuestionar versiones de personas como el doctor Guijón y otras que nos son respetables, pero este primer informe médico-legal crítico, que no invade la crónica histórica, es un dato objetivo, que no podíamos impedir que se conociera.
Salvador Allende Gossens, por la magnitud alcanzada por él, forma parte de la historia de Chile y, modestamente, de la historia universal contemporánea. Cualquiera que haya sido la naturaleza de su muerte, sea suicidio u homicidio, en nada altera su sacrificio personal y será honrado siempre como un ciudadano ejemplar que estuvo dispuesto a dar su vida en defensa de la tradición democrática y constitucional de Chile. Se podrá discrepar políticamente de su posición y/o gestión, pero ninguna persona recta y honesta podría dejar de remarcar, sino admirar, su consecuencia política y personal como sus virtudes republicanas de toda una vida, hasta el último minuto de la misma.
Si su muerte fue fruto de la autoinmolación, del sacrificio póstumo a consecuencia de sus ideas, de su proyecto de país, del confeso amor a la causa de los trabajadores y de los más pobres, así como de la dignidad del cargo al cual accedió por la voluntad popular, nos compromete a todos en el más profundo respeto a su persona y, a sus partidarios, en un sentimiento de gratitud inconmensurable, porque la primera semilla de libertad que se plantó en una situación de dolor, y para muchos de horror, fue precisamente la entrega total de Salvador Allende.
Si su muerte, como entrega y sacrificio personal por los valores que sustentaba y el respeto a la máxima dignidad que un ciudadano puede alcanzar, como es el cargo de Presidente de la República que ostentaba, fue provocada por terceros, por un disparo salido de un arma de quienes rompieron la tradición democrática y constitucional de Chile, su muerte tendría una significación política e histórica adicional que mancillaría más aún la responsabilidad de sus autores, que implantaron la peor dictadura que nuestra memoria nacional recuerde.
El origen de la Autopsia del Presidente Allende la podemos encontrar desde los diálogos radiales sostenidos entre los puestos de mando desde los que se coordinaron las acciones del golpe militar el 11 de septiembre de 1973, que se encuentran reproducidos, entre otras publicaciones, en el libro "Interferencia Secreta" (Editorial Sudamericana, Santiago de Chile, 1998), de la periodista Patricia Verdugo.
De dichos diálogos queda de manifiesto que todas las órdenes que dicen relación con la investigación judicial que siguió a la muerte del Presidente Allende emanaron de los altos mandos que organizaron y dirigieron el golpe militar, lo que constituye un atentado a la independencia del Poder Judicial. En efecto, a pesar de que la competencia para investigar la muerte del Presidente de La República en el Palacio de La Moneda, de acuerdo a la ley vigente, correspondía al Juez del Crimen del Primer Juzgado del Crimen de Santiago, en definitiva fue un Fiscal Militar quien instruyó el sumario para investigar su muerte. A pesar de que no existía ninguna norma orgánica que permitiera radicar el conocimiento de estos hechos en la Justicia Militar, asumió esta función el Fiscal de la Primera Fiscalía Militar, Joaquín Earlbaum, quien como ya hemos dicho sólo se limitó a ejecutar las órdenes superiores de los golpistas. En consecuencia, dicho Fiscal Militar, no sólo actuó sin tener la debida competencia, sino que además lo hizo sin respetar el principio básico de independencia y autonomía, que exigía su labor como instructor.
Así por ejemplo, según se lee del propio Informe de Autopsia, el Fiscal Joaquín Earlbaum, dispuso que la autopsia del Presidente Allende se practicara en el Hospital Militar, lo que era absolutamente improcedente a la luz de lo establecido en el artículo 127 del Código de Procedimiento Penal, vigente en el año 1973, que expresamente disponía:
“Las autopsias se harán en un local dependiente del Servicio Médico Legal del Estado, donde no lo hubiere, se practicarán en las dependencias que para este fin existan en los Hospitales o Cementerios respectivos y, a falta de los anteriores, en el lugar donde ordene el Juez.”
Por otra parte, según se lee del Informe de Autopsia, dicho Fiscal Militar autorizó que la autopsia del Presidente de la República fuera presenciada por "un reducido grupo de personalidades", que según se ha podido establecer fueron los entonces Jefes de Sanidad de las distintas ramas de las Fuerzas Armadas y de Orden, a saber, Mario Bórquez Montero, de la Fuerza Aérea; Miguel Versín Castellón, de la Armada; José Rodríguez Véliz, del Ejército; Luis Veloso, de Carabineros y el sub-director del Hospital Militar, Patricio Kellet. Otras fuentes documentales aluden asimismo a la presencia de otras personas en la autopsia de Allende, cuyas identidades deberán determinarse a fin de que se les pueda citar y tomar declaración. Esta autorización para que personal de las ramas armadas presenciaran la autopsia del Presidente de la República, es un hecho sin precedentes dentro de nuestro procedimiento penal. La supervisión de la autopsia por parte de militares de alto rango, más aún en el contexto de un violento golpe de estado, fue una decisión adoptada, no para satisfacer una curiosidad científica, sino que probablemente para garantizar que las conclusiones que se vertieran en el Informe de Autopsia fueran concordantes con la versión del suicidio del Presidente Allende que propalaron públicamente los sediciosos. Incluso, según se verá, el General Oscar Bonilla transmite la orden directa del Comandante en Jefe, Augusto Pinochet para que los médicos militares dictaminaran la causa del fallecimiento de Allende "en conjunto con el legista", que redactaran un acta y que esta fuese llevada al Estado Mayor.
En efecto, está documentado que los autores de la asonada militar ya habían definido a priori las conclusiones que debía contener el Informe de Autopsia. Así lo demuestra un diálogo sostenido entre el General Oscar Bonilla Bradanovic (Puesto 1, Peñalolén) y el Vice Almirante Patricio Carvajal (Puesto 5, Ministerio de Defensa), cuya fuente ya hemos referido:
GENERAL OSCAR BONILLA (Puesto 1): Cinco de uno. Un momentito. Aquí General Bonilla. General Bonilla. Patricio dime si me escuchas.
VICEALMIRANTE CARVAJAL (Puesto 5: "Te oigo bien adelante;
GENERAL BONILLA: "De parte del Comandante en jefe lo siguiente; es indispensable que a la brevedad posible los médicos jefes del Servicio de Sanidad del Ejército, de la Armada y de la Fach y el jefe del Servicio médico de Carabineros más el médico legista de Santiago, hagan, ehh … certifiquen la causa de la muerte del señor Allende con el objeto de evitar que mas adelante se nos pueda imputar por los políticos a las Fuerzas Armadas de haber sido los que provocaron su fallecimiento. Esto interesa que sea a la brevedad y que usted se lo comunique a las respectivas instituciones. Diga si me ha entendido, adelante, cambio.
VICEALMIRANTE CARVAJAL: Conforme. Los médicos serian los directores de los servicios de sanidad de las tres instituciones más el médico legista del Hospital Militar, entiendo.
GENERAL BONILLA: No rectifico, rectifico. Los Jefes del Servicio Médico de cada institución y además de Carabineros y un quinto médico que sería el médico legista de Santiago para que él dictamine la causa del fallecimiento. En conjunto con los médicos militares. Que hagan un acta.
VICEALMIRANTE CARVAJAL: Conforme. Comprendido. Está claro."
Más adelante el General Bonilla y el Vicealmirante Carvajal, también en forma previa a que se practicara la autopsia del Presidente Allende, mantuvieron otro diálogo radial, en que discuten sobre la forma en que debe ser presentada comunicacionalmente la versión acerca del suicidio del Presidente Salvador Allende, de manera de evitar caer en contradicciones:
GENERAL OSCAR BONILLA: "Aquí Oscar para Patricio. Oscar para Patricio. Adelante. Cambio."
VICEALMIRANTE PATRICIO CARVAJAL: "Aquí Patricio. Adelante, Oscar."
GENERAL BONILLA: "Tiene que hacer un comunicado, no se si ustedes lo tienen hecho ya. Sobre la causa, la forma en que se produjo la parte final y el desenlace. ¿Ustedes tienen algo preparado o no?"
VICEALMIRANTE CARVAJAL: "Conforme. Vamos a llevar preparado para la reunión de la Junta."
GENERAL BONILLA:"Es necesario ser muy cuidadoso en puntualizar bien los hechos porque hay dos aspectos sucesivos, que si no se explican bien podrían aparecer contradictorios. Uno es que depuso su actitud y aceptó entregarse, rendirse. Y posteriormente el hecho de que se le encuentra que se ha suicidado. También esto tendría injerencia en el informe de los médicos. Pero estimamos que toda esta materia tiene que ser muy cuidadosamente expuesta, de manera que no quede en forma vaga u oscura, para evitar que después se nos hagan cargos y se pueda pretender que nosotros hemos intervenido en este final".
VICEALMIRANTE CARVAJAL:"Conforme, comprendido. Vamos a preparar un borrador de la declaración correspondiente."
GENERAL BONILLA: "Perfectamente. También esta declaración tendría que llevar una declaración general de los hechos. Por ejemplo, la acción de los extremistas que dilató con el fuego de los edificios vecinos el desenlace final y que incluso impidió la rendición o la dilató; la gran presencia de extranjeros que se ha detectado; enseguida, algunos antecedentes sobre los focos extremistas que aún quedan y el estado general de la tranquilidad del país que es total. Entonces, en general creemos que estas ideas debieran dar una situación en el comunicado."
VICEALMIRANTE CARVAJAL:" Vamos a redactar un borrador."
Asimismo está documentado el siguiente diálogo que sostuvieron el General Oscar Bonilla y el General de Aviación Nicanor Díaz Estrada, que demuestra que existió una orden expresa para impedir que la autopsia del Presidente Allende se realizara en la Morgue (Instituto Médico Legal) y asimismo para que el Acta de la Autopsia que se emitiera fuera llevada al Estado Mayor:
GENERAL BONILLA: "Nicanor... escucha. Queremos saber si ya los jefes del Servicio de Sanidad y el médico legista hicieron el reconocimiento y el acta correspondiente... esto es muy importante... No lo vayan a llevar a la morgue para que le hagan la autopsia porque ése es un antro de extremistas y pueden tratar de robarse el cuerpo."
GENERAL DÍAZ ESTRADA: "Comprendido... dimos orden de traslado en secreto al Hospital Militar... los jefes legistas fueron citados en el Hospital Militar. Di orden de que el acta deben traerla aquí, al Estado Mayor. Pero no la han traído... De esto hace una hora y media... pero no tenemos noticias..."
GENERAL BONILLA: "Sí, Nicanor... Dile a Hernán Brady que garantice la absoluta seguridad militar del Hospital Militar... Esto es importante... Adelante. Cambio, Nicanor..."
GENERAL DÍAZ ESTRADA: "Lo hice así".
GENERAL BONILLA: "Gracias, Nicanor."
En cuanto a la autopsia, la principal anomalía de ésta es que no se haya dispuesto tomar fotografías, ni radiografías del cadáver del Presidente Allende, por lo que no existe respaldo alguno de las lesiones descritas en el Protocolo de Autopsia, ni evidencia material de que no existieran otras lesiones distintas a las descritas.
Desde la perspectiva de la Lex Artis de la Medicina Legal, la ausencia de un registro fotográfico no tiene justificación técnica alguna, por cuanto el principio básico de toda investigación médico legal de las muertes, particularmente en los casos de homicidio y de suicidio, es que éstas deben basarse en el método científico, que exige la documentación, registro y la preservación de las evidencias. Esto porque si el perito médico legista describe una lesión o “descubre" la causa y el mecanismo de muerte, siempre debe tomar los registros radiológicos o fotográficos que avalen sus observaciones y descubrimientos, por lo que no basta con que el perito afirme en el informe oficial que emite que habría observado tal o cual fenómeno cadavérico o lesión.
Por otra parte, la propia normativa interna del Servicio Médico Legal vigente en 1973, dispone imperativamente que debe realizarse un registro fotográfico del cadáver.[2] Las conclusiones periciales de una autopsia, nunca pueden sustentarse exclusivamente en los dichos del perito, como si éstos contuviesen una verdad indubitable, sino que deben basarse en las descripciones de los hallazgos autópsicos, las consideraciones analíticas y en el registro material de las lesiones y fenómenos observados con motivo de la autopsia, básicamente mediante fotografías y registros radiológicos.
Al respecto, el doctor José Luis Vásquez, declaró en la presente causa a fojas 802, según refiere el Protocolo 57-11 IF de 19 de julio de 2011 del Servicio Médico Legal, lo siguiente:
"no tomamos fotografías del cuerpo porque no teníamos los medios para hacerlo y no recuerdo que alguien hubiese tomado imágenes del cuerpo mientras estuvimos realizando el procedimiento".
En el presente caso, la omisión de un registro fotográfico y radiológico, resulta inconcebible, toda vez que se trataba nada menos que de investigar la causa y mecanismo de muerte del Presidente de la República, producida durante el ataque armado al Palacio de La Moneda por parte de efectivos del Ejército. No resulta creíble que la falta de registros oficiales se debiera a una supuesta falta de medios, puesto que para ello se requería sólo una máquina fotográfica y buena iluminación, las que no podían faltar en un establecimiento del Ejército como el Hospital Militar, menos aún un equipo de Rayos X. Pero francamente insólita resulta la versión del Dr. Vásquez en el sentido de no recuerde que alguna otra persona estuviera tomando fotografías del cadáver mientras se realizaba el procedimiento.
El Protocolo 57-11 IF de 19 de julio de 2011 del Servicio Médico Legal, alude a la existencia de un set de fotocopias de mala calidad de fotografías tomadas al Presidente Allende:
"fotografías tomadas al cadáver del Presidente Allende en el pabellón de Otorrinolaringología del Hospital Militar de Santiago, disponibles en el expediente (Diligencias Judiciales N° 1032-73 de la Primera Fiscalía Militar) en fotocopias en blanco y negro de pobre calidad muestran las importantes lesiones a nivel de cabeza, las principales se encuentran a nivel submentoniano, en la región ciliar derecha (y dorso de la nariz) y en la región, fronto-parieto-occipital izquierda (ver Anexo 1) ".
Independientemente del origen de dichas fotografías y mala calidad de las fotocopias disponibles, se observa que son imágenes parciales de la parte superior del torso, sin que existan imágenes con una vista general del cuerpo y de puntos de trascendental interés médico legal, especialmente del orificio de salida redondeado.
La omisión de un registro fotográfico y radiológico completo de la autopsia que abarcara todos los segmentos corporales y particularmente las lesiones descritas (orificios de entrada y de salida), es una circunstancia que despierta serias dudas, puesto que si el interés de la Junta Militar, que queda de manifiesto de las comunicaciones radiales a que se ha hecho referencia, era poder desvirtuar las sospechas que pudieran surgir en torno a la verdadera naturaleza de la muerte del Presidente de la República, y dejar claro que ellos no habían tenido nada que ver en el desenlace final, la mejor prueba de que podían disponer, eran precisamente las fotografías de la autopsia que demostraran la ausencia de otras lesiones que las informadas. Por el contrario, la omisión de tales registros sólo podía contribuir a alimentar las dudas respecto de la versión entregada oficialmente sobre el suicidio del Presidente.
En este contexto, la única explicación plausible para el hecho de no haber dispuesto que se tomaran fotografías del cadáver autopsiado del Presidente Salvador Allende, a diferencia de lo que constituye la práctica generalizada, es la intencionalidad de impedir que las observaciones y conclusiones que se consignaban en el Informe de Autopsia pudieran ser refutadas por futuras pericias.
Al respecto, no podemos dejar de hacer presente un antecedente trascendental, a saber, que el doctor José Luís Vásquez, en otros casos de alta repercusión pública, como fueron los casos del niño Rodrigo Anfruns Papi y del diplomático español don Carmelo Soria, entre otros, de manera coincidente e inexplicable, contrariando toda práctica forense anterior y posterior - incluso su propia práctica - tampoco dispuso que se realizara el debido registro fotográfico de dichas autopsias.
En el caso del Informe de autopsia del niño Rodrigo Anfruns, el doctor Vásquez se aventuró en establecer un rango preciso de data de muerte (12 días), que era muy superior al que evidenciaban los fenómenos cadavéricos, sustentándose para ello en variables climáticas, farmacológicas y entomológicas, variables que nunca antes aplicó en otro caso, para explicar la ausencia de los fenómenos cadavéricos propios de la data de muerte establecida por él. En el caso del funcionario internacional Carmelo Soria, el informe de autopsia del doctor José Luis Vásquez, atribuyó la causa de muerte a lesiones propias de un accidente de tránsito, hipótesis que también ha sido desvirtuada por la Justicia.
La omisión del registro fotográfico completo, no es una irregularidad aislada en este caso, puesto que el Informe de Autopsia N° 2449/73 da cuenta de una descripción deficiente de los hallazgos exploratorios de la autopsia, puesto que se excluyeron de la descripción externa e interna del cadáver importantes segmentos corporales que alojan órganos y estructuras vitales, circunstancia que aborda en forma detallada el informe pericial analítico del doctor Ravanal, que acompañamos en un Otrosí.
Al respecto, sólo a modo ejemplar, destacamos el hecho de que en el Informe de Autopsia se omitió la descripción del cuello a pesar de que en el diagnóstico de causa de muerte incluye expresamente dicho segmento corporal (herida de bala cérvico – buco – cráneo - encefálica, reciente, con salida de proyectil).
Además se excluyó la descripción de las partes del cuerpo que estaban en contacto directo con la ropa interior que de acuerdo al propio informe se encontraba "profusamente impregnada con sangre", circunstancia que hacía ineludible examinar y describir los segmentos corporales en contacto con la ropa interior para establecer el origen del profuso sangramiento.
De acuerdo a la Lex Artis Ad Hoc, que ha sido sistematizada en todos los protocolos médico legales de autopsias que se siguen a nivel mundial, y que están consignados en la literatura especializada, el estudio de un cadáver debe ser integral, aún en aquellos casos, en que la causa del fallecimiento, salte a la vista del perito que realiza la autopsia.
Al haber omitido la descripción de numerosos segmentos corporales, y haber limitado sustancialmente la descripción de segmentos de importancia médico legal, se violaron flagrantemente las normas más elementales del buen ejercicio profesional. Este hecho resulta especialmente grave si se considera que la autopsia fue realizada en conjunto por dos peritos (en compañía de otros cuatro médicos militares, que no suscriben el acta) y que la misma tuvo una duración de aproximadamente cuatro horas, razón por la que no es dable atribuir esas omisiones a falta de tiempo, aún más considerando que el informe de autopsia fue redactado en un tiempo posterior.
En relación con ello, solicitaremos la incautación del borrador manuscrito del informe que debe conservarse como parte del expediente de las autopsias, conjuntamente con los registros fotográficos, para verificar las discordancias con el informe definitivo que se emitió días después.
En síntesis, las anomalías que se evidencian del Informe de Autopsia en términos de omitir consignar y registrar antecedentes esenciales de la autopsia, exigidos por la ciencia, son de tal gravedad, que pueden calificarse como negligencias inexcusables.
Acerca de la inspección del sitio del suceso
Capítulo aparte merece la pericia de inspección del sitio del suceso efectuada por la Policía de Investigaciones al mando del General Ernesto Baeza Michelsen, pues pueden constatarse irregularidades que abonan las sospechas sobre la existencia de una conspiración para encubrir las verdaderas circunstancias de la muerte del Presidente Salvador Allende, haciéndola aparecer como suicidio.
En efecto, resulta extrañísimo que tampoco haya quedado rastro alguno de las 70 fotografías del cadáver del Presidente Allende, tomadas con ocasión de dicha diligencia y que el General Ernesto Baeza Michelsen afirmó haberle entregado al Fiscal Joaquín Earlbaum, según informó el diario El Mercurio en su edición del día viernes 21 de septiembre de 1973, página 17, bajo el titulo: “INVESTIGACIÓN DE FISCAL DETERMINA SUICIDIO DE ALLENDE”, cuya copia legalizada se acompaña en un Otrosí, conjuntamente con una transcripción de la misma. El Mercurio en el mencionado artículo señala:
"El Fiscal Militar Joaquín Earlbaum inició ayer el proceso incoado por la muerte del ex Presidente Salvador Allende Gossens, haciéndose cargo del parte policial suscrito por los detectives que inspeccionaron el cadáver y el salón que sirvió de escenario del hecho. Asimismo, el Fiscal Earlbaum recibió del Director de Investigaciones, general Ernesto Baeza Michelsen un conjunto de setenta fotografías tomadas al cadáver desde diferentes ángulos junto con un dibujo confeccionado por los peritos del laboratorio de Policía Técnica."
En dicho artículo se señala que éste se redactó a partir de las declaraciones hechas al redactor policial de El Mercurio por el propio General Ernesto Baeza, así como por los funcionarios de la Policía de Investigaciones que participaron en la diligencia de inspección del sitio del suceso y en el examen forense del cadáver de Salvador Allende.
En el citado artículo El Mercurio informó que las lesiones encontradas en el cadáver del Presidente Salvador Allende fueron causadas por la acción de dos proyectiles que entraron por la barbilla y que salieron uno por el pómulo y otro por la parte superior de la nuca.
"A las 16:20 horas del martes 11 de septiembre se constituyó en la Moneda el grupo de funcionarios de la brigada de homicidios que configuró el sitio del suceso en el que apareció muerto el ex Presidente de la República Salvador Allende Gossens. El examen policial duró hasta las 18:10 horas. Conclusión: suicidio. Causa: “Explosión de la bóveda craneana" por la acción de dos proyectiles que entraron por la barbilla, saliendo uno por un pómulo y otro por la parte superior de la nuca."
"La información fue entregada a nuestro redactor policial por el Director de Investigaciones, General de división Ernesto Baeza Michelsen y por los funcionarios especializados que debieron concurrir a La Moneda llamados por el mando militar a cargo del operativo desarrollado en torno al Palacio Presidencial.”.
De la información proporcionada por el Director de Investigaciones Ernesto Baeza Michelsen al Diario El Mercurio en su edición de 21 de septiembre de 1973, debe destacarse lo siguiente:
"El informe policial establece clara y taxativamente: “Muerte de Salvador Allende Gossens, provocada por disparo de tipo suicida en la barbilla con dos salidas de proyectil”.
A mayor abundamiento, existe una evidente falsedad en la identificación de la supuesta arma con que el Presidente Allende se habría quitado la vida. El croquis dibujado por la Policía de Investigaciones, describe un fusil AK- 47 con culata abatible, pero el propio Informe Policial describe en un mismo párrafo dos armas distintas, a saber, un fusil ametralladora con culata abatible y a la vez el mismo fusil pero con culata de madera, cuya tapa izquierda lleva una placa de metal amarillo que lleva la inscripción "A Salvador de su compañero de armas, Fidel Castro." [3]
Se constata una clara contradicción en el propio Informe del sitio del suceso de la Brigada de Homicidios de la Policía de Investigaciones de Chile que literalmente describe: “Se observó un fusil ametralladora Nº 1651, sin marca visible, extendido en la parte del cañón y el mecanismo de disparo apoyado en el sillón y el resto, culata abatible apoyadas en el antebrazo y en la región abdominal. En la culata de madera, en la tapa izquierda una placa de metal amarillo, de forma rectangular que se lee " a Salvador de su compañero de armas. Fidel Castro" En consecuencia, es evidente, que se describen dos armas diferentes, una con “culata abatible” y otra con “culata de madera”.
Análisis sobre el lnforme de Autopsia de Salvador Allende realizado el 11 de septiembre de 1973 en el Hospital Militar.
Los hallazgos y conclusiones de los informes meta-periciales del Informe de Autopsia N° 2449/73 de Salvador Allende Gossens, que acompañamos en un Otrosí, se encuentran suscritos por el Dr. Luis Orlando Ravanal Zepeda, médico legista, perito judicial inscrito en la Corte de Apelaciones de Santiago. Este informe, denominado "Informe Metapericial de Informe de Autopsia N° 2449/73 de Salvador Allende Gossens", concluye lo siguiente:
"1. Las lesiones descritas en el informe de autopsia del Presidente Salvador Allende Gossens, no son compatibles con un disparo de tipo suicida.
2. Se constata la existencia de signos concordantes con a lo menos dos impactos de bala, ocasionados que por armas de fuego diferentes, uno que provocó un orificio de salida irregularmente redondeado en la zona posterior del cráneo y otra que lo hizo estallar, relacionada esta última con la herida submentoniana.
3. Dado que no se describen signos de vitalidad en la herida submentoniana, es posible considerarla como una herida post-mortem.
4. Se confirma que el disparo en región submentoniana corresponde a los llamados de corta distancia, lo que demuestra que no ha sido un disparo efectuado a boca de jarro o con apoyo, y por tanto no corresponde a una lesión típica de tipo suicida.
5. Se recomienda altamente la realización de un segundo análisis forense de los restos por expertos a fin de establecer con precisión la causa y naturaleza de la muerte.
6. La exhumación a que fueron sometidos los restos cadavéricos en el año 2009, fuera del contexto de una investigación judicial penal o científica, evidencia un trato inadecuado de los restos, lo que representa un factor de distorsión con elevado riesgo de pérdida y/o destrucción de evidencia crítica, que ha puesto en peligro no solo exclusivamente el éxito de la investigación médico forense actual, sino también la recuperación de la memoria histórica.
Del estudio analítico del Informe de Autopsia, el Dr. Ravanal descubrió diversas inconsistencias, que son incompatibles con un suicidio, entre las cabe destacar, las siguientes:
Respecto al orificio de bala de entrada descrito en el Informe de Autopsia en la zona submentoniana, corresponde a un disparo directo próximo al reborde óseo del mentón con incrustación de residuos de pólvora en el halo de la herida, por lo que, tal caracterización corresponde – de acuerdo a la nomenclatura médico forense[4] – al tipo de disparo denominado “a corta distancia”, también denominado “a quemarropa”, donde la boca del cañón se mantiene próxima a la piel pero separada de esta, sin contacto, de manera que entorno al orificio de bala existe un halo de piel ennegrecida y chamuscada, lo que sucede cuando existe un espacio entre la boca del cañón y la piel, de manera que se deposita un anillo de hollín alrededor del orificio de entrada, lo que corresponde con la descripción autópsica, adicionalmente en disparos “a corta distancia” por fusiles, se suelen observar grandes desgarros en el orificio de entrada, mayor aun cuando bajo la piel existe hueso. Es por ello, que desde un punto de vista estadístico, un disparo “a corta distancia”, no corresponde a una herida típica suicida, puesto que lo frecuente es que en el disparo suicida el cañón del arma se apoye directamente sobre la piel, mientras que en un disparo “a corta distancia” como ha sido el caso, al no existir contacto, se pierde la referencia táctil, además de la visual (al estar bajo el mentón), y por ende se disminuye la capacidad de determinación del ángulo y sentido de dirección hacia donde se apunta el cañón del arma y por ende, se disminuye considerablemente el rango de certeza respecto a la correcta orientación del disparo.
Adicionalmente, en la descripción de las características de la herida en el orificio de entrada no se describen signos de vitalidad, es decir, signos que revelen que se trataba de una lesión ocurrida en vida, siendo característico en lesiones vitales la denominada infiltración hemorrágica de los tejidos, conjuntamente con el escurrimiento de la sangre hacia las estructuras anatómicas inmediatas, que por el efecto de penetración del proyectil y posterior hemorragia suelen cubrirse o rodearse de sangre, en el caso es muy llamativo que el chaleco de cuello alto que vestía el ex Presidente Salvador Allende, no presentase mancha sanguínea alguna en su segmento anterior bajo la zona del cuello y tórax, que invariablemente se hubiese impregnado con la sangre que debió haber emanado desde la extensa herida de bala submentoniana en el caso de que se hubiese encontrado con vida y en posición sentada al momento de efectuar el disparo. Por lo que, la ausencia de sangre en las prendas de vestir bajo el cuello, permiten inferir lógicamente que el disparo que penetra bajo el mentón ha sido efectuado con el cuerpo en una posición distinta a la posición sentada y con el cuerpo sin vida, al no sangrar.
Respecto de la trayectoria descrita en el Informe de Autopsia, se señala, que el proyectil penetró en la cabeza siguiendo un trayecto ascendente y vertical, desde la zona submentoniana atravesando la lengua, el paladar óseo y el piso de la fosa cerebral anterior (específicamente por delante del hueso esfenoides), para luego cambiar radicalmente su trayectoria rectilínea en aproximados 90 grados, originando orificio redondeado de salida en el cuero cabelludo en la parte alta y posterior de la bóveda craneana, sin embargo para que ello ocurriese, invariablemente el proyectil no debería haber modificado o rotado su eje longitudinal de desplazamiento necesario para salir de punta y originar un “orificio irregularmente redondeado de labios evertidos”. Ello no ocurre, puesto que cuando el proyectil impacta hueso, rota y modifica sustancialmente su eje longitudinal de desplazamiento, tal como lo consignan los múltiples estudios balísticos internacionales[5],[6].
La literatura especializada en balística de AK-47 confirma que un proyectil disparado por un arma de guerra tras impactar hueso no mantiene su ángulo de desplazamiento (derrape) por lo que no puede provocar un orificio redondeado de salida. En el caso, el proyectil que fue disparado bajo la barbilla del Presidente –según la propia descripción de la trayectoria hecha en el Informe de Autopsia -, impactó sucesivamente la barbilla, el paladar y los huesos de la base del cráneo anterior, y por ende sufrió varios cambios en su ángulo longitudinal de desplazamiento, y en consecuencia, ya no tenía el ángulo necesario para provocar un orificio redondeado de salida.
El estallido de cráneo es consecuencia del efecto conjunto de la energía liberada por el ingreso de un proyectil de alta velocidad, sumado a la acción expansiva de los gases que penetran al interior del cráneo al deflagrarse la pólvora, expandiéndolos rápida y violentamente con un elevado incremento de la presión intracraneal, es decir, mediante un efecto explosivo provocado por las grandes ondas de presión que se generan.
Claramente es imposible que una única bala disparada por una misma arma provoque simultáneamente un orificio redondeado de salida en la línea media de la región parietal posterior y un estallido de la bóveda craneana en la región anterior fronto-parieto-temporal izquierda, por la sencilla razón de que la liberación de la energía que provoca el estallido del cráneo necesariamente se produce antes de la salida del proyectil, por lo que en tal situación, ya no existiría bóveda craneana, ni cuero cabelludo que atravesar para formar un orificio irregularmente redondeado de salida.
La ocurrencia de un estallido de cráneo producto de un disparo posterior a la formación de un orificio redondeado de salida, podría desgarrar un orificio de salida redondeado previamente existente, tanto en el hueso como en el cuero cabelludo. Por lo tanto, el desgarro o fractura en un segmento de un orificio de salida o de esquirla ósea de bala redondeado, solo es posible si se produce en forma posterior a su formación, a través del estallido de cráneo, producto de un segundo disparo a consecuencia de un proyectil de alta velocidad que origina una lesión de alta energía.
La descripción de un orificio de salida redondeado indica a su vez que se trata de un proyectil que ha conservado su forma y trayectoria, por lo que es improbable que el orificio de salida hubiese sido provocado por el mismo proyectil que penetró por la zona submentoniana, dado que estuvo expuesto al impacto reiterado y a la resistencia de numerosas estructuras óseas que atravesó en los primeros centímetros de recorrido intracorporal, lo que invariablemente debió originar un cambio de ángulo entre el eje mayor del proyectil y su trayecto lineal de desplazamiento, determinando un derrape (desviación lateral en su eje) del mismo, determinado una mayor área o superficie de impacto durante el desplazamiento del proyectil a través de los tejidos, con el consecuente incremento del diámetro de la cavidad permanente, que provocada por el paso del proyectil. Es dable aclarar, que en la línea de penetración del proyectil se encontraban el hueso mandibular (paladar óseo) y los huesos que conforman el piso anterior en la base de cráneo, cuya resistencia altera el ángulo de desplazamiento del proyectil. De todo lo anterior se desprende que el orificio redondeado de salida de proyectil descrito en el informe de autopsia debió haber estado presente antes de que otro proyectil de gran potencia hiciera estallar el cráneo.
Si las lesiones descritas en el Informe de Autopsia son verídicas (orificio irregularmente redondeado y estallido de bóveda craneana), ello confirmaría que se trata de a lo menos de dos disparos con características distintas, concordantes con armas distintas (alta y baja velocidad), que registran trayectorias distintas, y por ende, no puede concluirse otra cosa que éstos no corresponden a disparos de tipo suicida, puesto que provocan un gran daño en el cerebro, lo que no resulta compatible con la vida y/o condición física apta para efectuar un segundo disparo, menos aún si los trayectos de los proyectiles tienen distintos ángulos.
Con posterioridad, a petición nuestra se emitió un segundo estudio analítico del médico legista John Clark de la Forensic Medicin and Science University of Glasgow, se encuentra contenido en el Informe denominado "Comment o Post Mortem Report of Salvador Allende Gossens", fechado el 25 de abril de 2011, documento que no cuenta con traducción oficial. En dicho estudio, el Dr. John Clark junto con representar las graves falencias técnicas de que adolece el Informe de Autopsia analizado, admite la posibilidad de la existencia de un segundo proyectil con las implicancias que ello conlleva, puesto que la existencia de un segundo proyectil de distintas características desvirtuaría la naturaleza suicida de la muerte del Presidente Salvador Allende.
Algunos testimonios extrajudiciales que cuestionan la versión del suicidio
El doctor Danilo Bartulín Fodio, médico personal de Salvador Allende, quien permaneció junto al Presidente de la República, hasta sus últimos momentos, en una entrevista concedida al Diario El País de España, de 10 de septiembre de 1988, declara:
"En efecto, porque a mí me sacaron al exterior y me tumbaron. Desde el suelo vi que iba saliendo todo el mundo, pero Allende no bajó. Subieron a por él. Según el relato que los mismos militares hicieron con posterioridad, Allende disparó hasta el final, murió con el cargador vacío. Después se propagó la versión de su suicidio. Hay una foto en la que aparece sentado en un sillón en una posición inverosímil. La autopsia reveló doble dirección de los disparos mortales. Es ridículo creer que se pudiera disparar dos veces con un fusil desde tan cerca. Lo prepararon para que pareciera una foto de suicida. La autopsia se hizo en el Hospital Militar. A nadie le dejaron ver el cadáver, aunque algunos médicos dijeron que tenía más de 50 balazos."
Debemos mencionar asimismo que diversos autores han investigado las circunstancias en que habría muerto el Presidente Salvador Allende, dentro de los cuales se destaca el relato del ex Fiscal de los EE.UU. Eugene Propper, quien en su libro Labirynth, sobre el asesinato de Orlando Letelier y Ronnie Moffit refiere la versión que habría dado el Armando Fernández Larios en un interrogatorio:
"Poco después de las 2 pm las compañías de infantería penetran en La Moneda. Algunos grupos corren al piso superior en medio del humo y cubriéndose con ráfagas de ametralladora. René Riveros, un teniente de pelo rubio, repentinamente se ve enfrentado a un civil armado que viste un sweater de cuello alto. Riveros vacía la mitad de su cargador en el Presidente de Chile, matándolo instantáneamente con heridas que van desde la ingle a la garganta"
No deja de ser inconsistente con la hipótesis del suicidio la versión dada a la prensa por el General Javier Palacios Ruhman, y que fueron reproducidas en la Revista Ercilla N° 1991 de fecha 26 de septiembre de 1973. Ahí el General Palacios señaló:
“El (Allende) estuvo disparando todo el tiempo, porque tenía las manos llena de pólvora. El cargador de la metralleta estaba vacío. Había numerosas vainillas en la ventana y cerca de su cuerpo. A su lado también estaba un revolver, y cuando pasé a identificarlo tenía un casco y una máscara de gases”.
Sin agregar ningún otro elemento, nos parece fundamental investigar estos hechos hasta las últimas consecuencias, para lo que resulta imprescindible traer a la vista el expediente original de la investigación realizada por el Fiscal de la Primera Fiscalía Militar, Joaquín Earlbaum, con motivo del fallecimiento del Presidente Dr. Salvador Allende Gossens y especialmente las 70 fotografías de la Inspección del Sitio del Suceso, además de las diligencias que se solicitarán.
POR TANTO,
RUEGO A V.S.I.: Tener por entablada querella criminal en contra de todos aquellos que resulten responsables, como autores, cómplices o encubridores de la muerte violenta y provocada cometido en contra del Presidente de La República SALVADOR ALLENDE GOSSENS, detenerlos según proceda, someterlos a proceso oportunamente, acusarlos y en definitiva condenarlos al máximo de las penas legales.
Primer Otrosí: Esta parte querellante ofrece la Fianza de Calumnia que VS.I. estime conforme a derecho.
Segundo Otrosí: Atendido el estado de la causa, solicitamos que se reiteren las diligencias ordenadas que aún no se hayan cumplido.
Asimismo solicitamos que se decreten las siguientes diligencias:
1.- Citación a declarar de las siguientes personas:
1.1. don LUIS ORLANDO RAVANAL ZEPEDA, médico legista, domiciliado en Phillips 16, 4° piso, Oficina X, Santiago, a fin de que ratifique sus informes de análisis médico legal del Protocolo de Autopsia N° 2449/73 de Salvador Allende Gossens y del Informe 57-11 IF sobre Exhumación y Análisis Multidisciplinario del Cadáver de Salvador Allende Gossens y declare al tenor de los mismos.
1.2. don JOSÉ LUIS VÁSQUEZ FERNANDEZ, médico legista, domiciliado en Avda. La Paz 1012, Recoleta, a fin de que declare al tenor de las siguientes preguntas:
a) Para que explique el origen del orificio “segmento de orificio redondeado, tallado a bisel externo de aproximadamente 2 o 3 cms”, descrito en el Protocolo de Autopsia N° 2449/73 de Salvador Allende Gossens. Para que diga si esta es una lesión típica por proyectil balístico de alta velocidad, o si es concordante con una herida por proyectil de baja velocidad.
b) En el Protocolo de Autopsia N° 2449/73 se describe una trayectoria de proyectil que penetra en la base del cráneo por delante del hueso esfenoides. Para que diga si dicho trayecto ascendente es compatible con el orificio de salida descrito en la parte posterior del cuero cabelludo en la unión del tercio medio y posterior de la sutura sagital.
c) Para que diga si constató la presencia de sangre en el pecho del chaleco.
d) El Protocolo de Autopsia N° 2449/73 describe que las prendas interiores se encontraban profusamente impregnadas en sangre. Para que especifique a que prendas se refiere y si pudo establecer de dónde provenía la sangre.
1.3. don FERNANDO ETXEBERRIA, médico forense, domiciliado para estos efectos en el Servicio Médico Legal, a fin de que declare al tenor de las siguientes preguntas:
a) Para que indique cómo se originó el orificio redondeado de salida con bisel externo en un hueso plano del cráneo, descrito en el Protocolo de Autopsia N° 2449/73 y para que diga de acuerdo a su experticia si esta es una lesión típica por proyectil balístico de alta velocidad, o si es concordante con una herida por proyectil de baja velocidad.
b) Para que diga cómo pudo determinarse el trayecto balístico, si no se tuvo a la vista el orificio de entrada en la base del cráneo ni tampoco el orificio de salida.
c) Para que indique, considerando que no fueron encontrados numerosos segmentos óseos de la cara y cráneo cómo pudo descartarse la existencia de otro proyectil que hubiese atravesado esos segmentos.
d) Para que diga dónde se concentra la mayor cantidad de residuos de un disparo en el orificio de entrada o en el orificio de salida y para que explique porqué.
1.4. don DAVID JOHN PRYOR, perito balístico, domiciliado para estos efectos en el Servicio Médico Legal, a fin de que declare al tenor de las siguientes preguntas:
a) Que diga si un Fusil de Guerra, como el AK 47, disparado a contacto produce un orificio redondeado de salida con bisel externo en un hueso plano del cráneo, como el descrito en el Protocolo de Autopsia N°2449/73 o si produce la explosión de la bóveda craneana.
b) Para que diga cuántos proyectiles salen al apretar el gatillo de un AK 47 encontrándose el arma en modo automático.
c) Para que diga si un proyectil de AK 47 disparado por la propia persona en la zona submentoniana estando en posición sentada, que provoca el estallido del cráneo, provoca necesariamente desgarros en los vasos sanguíneos como por ejemplo las arterias carótidas y sangramiento masivo. Para que diga hacia donde escurre la sangre en esa posición.
2.- Se despache orden de investigar acerca de los hechos de esta querella, la que deberá ser tramitada por la Policía de Investigaciones de Chile y buscará determinar especialmente las responsabilidades de terceros como cómplices o encubridores del crimen.
3.- Oficiar al Departamento de Medicina Legal de la Universidad de Chile a fin de que evacue un informe anatomopatológico de las fracturas del cráneo, estableciendo cuáles fracturas son vitales y cuáles postmortem. Igualmente, con el objeto de establecer si las fracturas del cráneo son vitales, que se realice un estudio para determinar las concentraciones iónicas de Hierro, Magnesio, Cobre y Zinc a través del método de absorción atómica.
4.- Oficiar al Departamento de Balística de la Policía de Investigaciones para que informe cuántos proyectiles salen al apretar el gatillo un AK 47 encontrándose el arma en modo automático.
5.- Reconstitución de escena en el Salón Independencia con testigos presenciales en el Palacio de La Moneda, con el fin de establecer la dinámica de los hechos, estimar los tiempos y la posibilidad de ingreso y egreso de los intervinientes por las distintas vías de acceso.
6.- Atendido los discursos del Presidente Allende del propio día 11 de septiembre y de diversos discursos anteriores, ordenar la realización de una Autopsia Psicológica al Departamento de Investigaciones Criminológicas de la PDI o la institución científica que resulte competente.
Tercer Otrosí: Sírvase V.S.I tener por acompañados los siguientes documentos:
1. Informe Pericial Analítico de la Autopsia N° 2449/74 de Salvador Allende Gossens, de abril de 2011, suscrito por el Dr. Luis Ravanal Zepeda.
2. Informe Pericial Analítico del Informe 57-11 IF de 19 de julio de 2011 denominado "Exhumación y Análisis Multidisciplinario del Cadáver de Salvador Allende Gossens", suscrito por el Dr. Luis Ravanal Zepeda.
3. Informe denominado "Comment o Post Mortem Report of Salvador Allende Gossens", fechado el 25 de abril de 2011, suscrito por el médico legista John Clark de la Forensic Medicin and Science University of Glasgow, documento que no cuenta con traducción oficial.
4. Fotocopia certificada de Página 17, Tercer Cuerpo, del Diario El Mercurio, de día Viernes 21 de septiembre de 1973 con artículo titulado "Investigación de Fiscal determina suicidio de Allende" y transcripción literal de dicho artículo.
5. Fotocopia simple del artículo titulado "El día "D"", publicado en la Revista Ercilla N° 1991 de fecha 26 de septiembre de 1973, artículo que contiene bajo el subtítulo "Recuerdos del General Palacios", su relato acerca del Asalto a La Moneda, y la descripción de las condiciones en que encontró al Presidente Allende.
6. Fotocopia simple de Acta de Estatutos de la O.N.G. de Desarrollo "Unión de Ex Prisioneros Políticos de Chile", protocolizada ante Notario Público y Certificado de Vigencia y del Directorio, que acredita la personería de don Víctor Rosas Vergara para actuar en representación de ésta.
7. DVD que contiene imágenes de video de suicidios por proyectiles de baja velocidad que demuestran el profuso sangramiento que provoca.
Cuarto Otrosí: Solicito a VS. Iltma. ordenar se acumule el expediente que se forme en relación con esta querella con la causa rol N° 75-2011.
Quinto Otrosí: Vengo en designar abogados patrocinantes y conferir poder, en términos que puedan actuar conjunta o separadamente, a los señores Matías Coll del Río y Roberto Celedón Fernández, abogados quienes firman en señal de aceptación, domiciliados en Phillips 16, 5º piso, Oficina X, Santiago.
RUEGO A US: Tenerlo presente.
[1] [1] "Decreto Ley Nº 1.- Santiago de Chile, a 11 de Septiembre de 1973.
El Comandante en Jefe del Ejército, General de Ejército don Augusto Pinochet Urgarte; el Comandante en Jefe de la Armada, Almirante don José Toribio Merino Castro; el Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea, General del Aire don Gustavo Leigh Guzmán y el Director General de Carabineros, General don César Mendoza Durán, reunidos en esta fecha, y
Considerando:
1º.- Que la Fuerza Pública, formada constitucionalmente por el Ejército, la Armada, la Fuerza Aérea y el Cuerpo de Carabineros, representa la organización que el Estado se ha dado para el resguardo y defensa de su integridad física y moral y de su identidad histórico-cultural;
2º.- Que, por consiguiente, su misión suprema es la de asegurar por sobre toda otra consideración, la supervivencia de dichas realidades y valores, que son los superiores y permanentes de la nacionalidad chilena, y
3º.- Que Chile se encuentra en un proceso de destrucción sistemática e integral de estos elementos constitutivos de su ser, por efecto de la intromisión de una ideología dogmática y excluyente, inspirada en los principios foráneos del marxismo-leninismo;
Han acordado, en cumplimiento del impostergable deber que tal misión impone a los organismos defensores del Estado, dictar el siguiente, Decreto-ley:
1º.- Con esta fecha se constituyen en Junta de Gobierno y asumen el Mando Supremo de la Nación, con el patriótico compromiso de restaurar la chilenidad, la justicia y la institucionalidad quebrantadas, conscientes de que ésta es la única forma de ser fieles a las tradiciones nacionales, al legado de los Padres de la Patria y a la Historia de Chile, y de permitir que la evolución y el progreso del país se encaucen vigorosamente por los caminos que la dinámica de los tiempos actuales exigen a Chile en el concierto de la comunidad internacional de que forma parte.
2º.- Designan al General de Ejército don Augusto Pinochet Ugarte como Presidente de la Junta, quien asume con esta fecha dicho cargo.
3º.- Declaran que la Junta, en el ejército de su misión, garantizará la plena eficacia de las atribuciones del Poder Judicial y respetará la Constitución y las leyes de la República, en la medida en que la actual situación el país lo permitan para el mejor cumplimiento de los postulados que ella se propone.
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en los Boletines Oficiales del Ejército, Armada, Fuerza Aérea, Carabineros e Investigaciones y en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.
JUNTA DE GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE CHILE.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Comandante en Jefe del Ejército.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- CESAR MENDOZA DURAN, General, General Director de Carabineros.
Lo que se transcribe para su conocimiento.- René C. Vidal Basauri, Teniente Coronel, Jefe Depto. Asuntos Especiales, Subsecretario de Guerra subrogante.
[2] El Reglamento Orgánico del Instituto Médico Legal "Dr. Carlos Ybar" y de los Servicios Médico Legales del país, publicado en el Diario Oficial de 27 de abril de 1943, Decreto Supremo Nº 427, dispone lo siguiente: “Artículo 31. Todo cadáver que ingrese al Instituto será fotografiado, medido y pesado, agregándose estos antecedentes al prontuario respectivo; se tomarán también, en todo caso, sus impresiones digitales, enviándose copia de la ficha dactiloscópica a los Servicios de Identificación.”
[3] El Informe de Policía de Investigaciones expresa: "Se observó un fusil ametralladora Nº 1651, sin marca visible, extendido en la parte del cañón y el mecanismo de disparo apoyado en el sillón y el resto, culata abatible apoyadas en el antebrazo y en la región abdominal. En la culata de madera, en la tapa izquierda una placa de metal amarillo, de forma rectangular que se lee "a Salvador de su compañero de armas. Fidel Castro".
[4] Según Vincent Di Maio (Vincent Di Maio , An Introduction to the Classification of Gunshot Wounds, Gunshot Wounds, Second Edition, CRS Press, Boca raton, New York, USA, 1999),
[5] Martin L. Fackler, Wounding patterns of Military Bullets, 1983
[6] Wang, Z.G., Feng, J.X., Liu, Y.Q.: Pathomorphological observations of gunshot wounds. Acta Chir. Scand. Suppl. 508, 185–195 1982