viernes, 15 de junio de 2012

Coca - Cola clausurada ¿ACUMAR ? veneno al riachuelo argentino propamba

De: propamba@googlegroups.com [mailto:propamba@googlegroups.com] En nombre de gustavo cañaveral

 

¿genial,los de la justicia habran visto el blog con las fotos mostrando los caños que contaminaban desde el agua  y solicitando a armella que cumpla las ley para todos igual en el riachuelo?¿porque no decian nada los especialistas ambientales de este tema?¿y la fadu con su voocacion por el ambiente ?porque se cerraron empresas que no contaminaban y se dejaron estas contaminantes como la coca cola?¿donde estaba greenpeace y el ferreo cuerpo colegiado que defendia la recuperacion del riahcuelo para el pueblo y su salud en un paisaje idilico puertomaderense neoliberla?sabian que estaab la coca cola contaminado y ocuipando la sirga mas que las villas? siempre que no se navegue era mejor,no navegar es para no ver esto,navegar nos permiito verlo,no navegar es la consoilidacion d elo manifestado por nosotros en su momento,rrespecto auq todo desd el agua se  aprecia  mejor el paisaje yt susu injusticias sociales,quein podra decir sinceramnete que tal o cual empresa esta drenando liquidos venenosos?aun falta  descubrir varios velos muy negros en el discurso del riahcuielo y su  famoso camino de  sirga recitando lo de  sus motivos de preocupaicon ambiental y humana  falaz y mentiroso,no es lo unico que queiren parece no?con esto se abren alkgunas puertas ala verdad,y nunca es tridste la verdad,lo que no tiene es remedio.

 porque no interviene ahora armella y abre el camino de sirga como hacen con la gente o con las empresas que derribaron muros y sacaron ?.vaya ahora y demuelan los muros y multe a sus funcionarios por no haber visto esto antes.por eso no perderse el proximo capitulo del blog proyectoriachuelo.blogspot.com.

 

saludos y todo va mejor con coca cola

 

 

Publicación: 14/06/2012
Temática: Seguridad

CONEXIÓN CLANDESTINA
Clausuran planta embotelladora de Coca Cola por contaminar el Riachuelo

Está ubicada en el barrio de Pompeya (Amancio Alcorta 3570). El Ministerio Público Fiscal comprobó que la empresa está desechando Rodamina. La clausura hasta el momento
es preventiva, la Fiscal Verónica Guagnino ahora deberá inspeccionar la planta y de ser necesario solicitará una clausura prolongada.


Por Marijó Pérez Insúa



La Fiscal de Cámara Verónica Guagnino pidió y logró la clausura preventiva de la Planta FEMSA S.A ubicada en el barrio de Pompeya (Amancio Alcorta 3570), luego de probar que la empresa está desechando Rodamina, elemento tóxico (supuestamente cancerígeno), a través de una conexión clandestina a la red pluvial que vuelca a la cuenca Matanza-Riachuelo.

En un operativo de rutina de la Dirección General de Control Ambiental y la Policía Metropolitana se identificó el 11 de junio, por medio de un robot subterráneo en Cachí y Rio IV una conexión clandestina. El día de ayer (13) se ingresó a la planta y mediante el uso de colorantes se corroboró la procedencia de conexión clandestina. Asimismo se corroboró que el derrame de una torre de enfriamiento se vierte en unas rejillas que desembocaban en otra conexión ilegal a la red pluvial.

Ante la evidencia colectada, la Fiscal logró la clausura de la Planta en virtud de la competencia de la Justicia de la CABA por violación del art. 54 Código Contravencional. La medida adoptada propende a que cese el delito, que afecta al medioambiente y contamina el riachuelo. La clausura hasta el momento es preventiva, la Fiscal ahora deberá inspeccionar la planta y de ser necesario solicitará una clausura prolongada.

Artículo 54 - Colocar o arrojar sustancias insalubres o cosas dañinas en lugares públicos. Quien coloca o arroja sustancias insalubres o cosas capaces de producir un daño, en lugares públicos o privados de acceso público, es sancionado con multa de seiscientos ($ 600) a quince mil ($ 15.000) pesos o tres (3) a treinta (30) días de arresto. La sanción se eleva al doble cuando la conducta se realiza en espacios donde concurren niños/as. Idéntica sanción de multa le corresponde a las personas de existencia ideal cuando la acción se realiza en
nombre, al amparo, en beneficio o con autorización de las mismas.