Declaración conjunta Cuba-EEUU sobre temas migratorios
Motivados por el interés de normalizar las relaciones bilaterales, sobre la base de la observancia de los propósitos y principios consagrados en la Carta de las Naciones Unidas, incluidos los relacionados con la igualdad soberana de los Estados, la solución de controversias internacionales por medios pacíficos, el respeto a la integridad territorial y la independencia política de los Estados, el respeto por la igualdad de derechos y la autodeterminación de los pueblos, la no intervención en los asuntos internos de los Estados y la promoción y el estímulo del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos;
Alentados por el restablecimiento de las relaciones diplomáticas el 20 de julio del 2015, basadas en el respeto mutuo y la voluntad política de fortalecer las relaciones bilaterales y establecer nuevos entendimientos en diversos temas de interés común;
Conscientes de la necesidad de facilitar la migración regular que beneficia a ambos países y desalienta la migración irregular;
Comprometidos en la prevención a la migración irregular, en impedir las salidas riesgosas de la República de Cuba que ponen en peligro la vida humana y en luchar contra los actos de violencia relacionados con la migración irregular, como la trata y el tráfico de personas; y en comenzar el retorno regular de los ciudadanos cubanos como se establece en esta Declaración Conjunta.
La República de Cuba y los Estados Unidos de América han alcanzado un acuerdo para dar un paso importante en la normalización de sus relaciones migratorias, a los efectos de garantizar una migración regular, segura y ordenada. Los Comunicados Conjuntos de fecha 14 de diciembre de 1984 y 9 de septiembre de 1994 y la Declaración Conjunta con fecha 2 de mayo de 1995, permanecen en vigor salvo lo dispuesto por la presente Declaración Conjunta (colectivamente los “Acuerdos Migratorios”). La presente Declaración Conjunta no tiene por objeto modificar los Acuerdos Migratorios con respecto al retorno de los ciudadanos cubanos interceptados en el mar por los Estados Unidos o el regreso de migrantes que han entrado ilegalmente en la Base Naval de Guantánamo.
En este contexto, los Estados Unidos de América en lo adelante eliminará la política especial de parole para los ciudadanos cubanos que llegan a territorio de los Estados Unidos (comúnmente llamada política “pies secos-pies mojados”), así como el programa de admisión provisional (parole) para profesionales cubanos de la salud, en terceros países. Los Estados Unidos en lo adelante aplicará a todos los ciudadanos cubanos, de conformidad a sus leyes y normas internacionales, el mismo procedimiento y normas migratorias aplicados a los ciudadanos de otros países, en correspondencia con lo que establece la presente Declaración Conjunta.
1.- A partir de la fecha de esta Declaración Conjunta, los Estados Unidos de América, consistente con sus leyes y las normas internacionales, devolverá a la República de Cuba, y la República de Cuba, consistente con sus leyes y las normas internacionales, recibirá a todos los ciudadanos cubanos, quienes con posterioridad a la firma de esta Declaración Conjunta, sean detectados por las autoridades competentes de los Estados Unidos de América cuando trataban de ingresar o permanecer irregularmente en ese país, violando las leyes de Estados Unidos.
Los Estados Unidos de América y la República de Cuba declaran su intención de promover cambios en sus respectivas leyes migratorias, con el propósito de alcanzar la plena normalización de las relaciones migratorias entre los dos países.
2.- La República de Cuba y los Estados Unidos de América aplicarán sus leyes de migración y asilo a los ciudadanos de la otra parte, de manera no selectiva, en otras palabras no discriminatoria, y de conformidad con sus obligaciones internacionales.
3.- Los Estados Unidos de América seguirán garantizando la migración legal desde la República de Cuba con un mínimo de 20 mil personas anuales.
4.- La República de Cuba y los Estados Unidos de América, decididos a desalentar resueltamente los actos ilícitos vinculados con la migración irregular, promoverán la cooperación bilateral eficaz para prevenir, y procesar el tráfico de personas, así como los delitos asociados a los movimientos migratorios, que ponen en peligro su seguridad nacional, incluyendo el secuestro de aeronaves y embarcaciones.
5.- La República de Cuba aceptará que personas incluidas en la lista de 2746 que serían devueltas, según el Comunicado Conjunto de fecha 14 de diciembre de 1984, sean sustituidas por otras personas y devueltas a Cuba, siempre que sean ciudadanos cubanos que hubiesen salido hacia los Estados Unidos de América por el puerto de Mariel en 1980 y hubiesen sido detectados por las autoridades competentes de los Estados Unidos cuando trataban de entrar o permanecer irregularmente en ese país, violando las leyes de EE.UU. Ambas partes se pondrán de acuerdo sobre la lista específica de estas personas y el procedimiento para su devolución.
6.- La República de Cuba considerará y decidirá caso por caso la devolución de otros ciudadanos cubanos que están actualmente en los Estados Unidos y antes de la firma de esta Declaración Conjunta habían sido detectados por las autoridades competentes de los Estados Unidos cuando trataban de entrar o permanecer irregularmente en ese país, violando las leyes de EE.UU. Las autoridades competentes de los Estados Unidos se enfocarán en las personas a quienes dichas autoridades competentes han determinado como prioridad para devolución.
A partir de la fecha en que se firme esta Declaración Conjunta, ambas partes aplicarán los procedimientos necesarios para su cumplimiento. Las partes podrán reunirse y revisar dichos procedimientos periódicamente para garantizar su implementación eficaz.
Las autoridades competentes de la República de Cuba y los Estados Unidos de América se reunirán de forma periódica para asegurarse de que la cooperación en virtud de los Acuerdos Migratorios se lleva a cabo de conformidad con sus respectivas leyes y obligaciones internacionales.
Firmado el 12 de enero de 2017, en La Habana, Cuba, en los idiomas inglés y español, siendo ambos textos igualmente auténticos.
Ministro del Interior Encargado de Negocios a.i.
VA Julio César Gandarilla Jeffrey DeLaurentis
Declaración del Gobierno Revolucionario
Un importante paso en el avance de las relaciones bilaterales ha tenido lugar este 12 de enero con la firma de un acuerdo entre los gobiernos de Cuba y los Estados Unidos, que entró en vigor ese propio día, dirigido a garantizar una migración regular, segura y ordenada.
Con este acuerdo se elimina la comúnmente conocida como política “pies secos-pies mojados” y el programa de admisión provisional (parole) para profesionales cubanos de la salud, qué Washington aplicaba en terceros países.
Desde hace varios años, había sido un interés permanente del gobierno de Cuba adoptar un nuevo acuerdo migratorio con los Estados Unidos, para solucionar los graves problemas que continuaban afectando las relaciones migratorias, a pesar de la existencia de acuerdos bilaterales en este ámbito. Por primera vez, Cuba formalizó esta propuesta en el año 2002, la que fue rechazada por el gobierno del entonces presidente George W. Bush. Volvió a presentar un nuevo proyecto de acuerdo migratorio en 2009, el cual fue actualizado en 2010 y reiterado más recientemente el 30 de noviembre de 2015.
Luego de casi un año de negociación y alentados por el restablecimiento de las relaciones diplomáticas el 20 de julio de 2015, basadas en el respeto mutuo y la voluntad política de fortalecer esos vínculos y establecer nuevos entendimientos en diversos temas de interés común, los gobiernos lograron concretar este compromiso que debe contribuir a la normalización de las relaciones migratorias, las cuales han estado marcadas desde el Triunfo de la Revolución por la aplicación de políticas agresivas en esta materia por sucesivas administraciones estadounidenses, que alentaron la violencia, la migración irregular y el tráfico de personas, causando numerosas muertes de inocentes.
El acuerdo alcanzado se inscribe en la disposición de Cuba, ratificada por el Presidente de los Consejos de Estado y de Ministros, General de Ejército Raúl Castro Ruz, en su alocución el 17 de diciembre de 2014, y reiterada en múltiples ocasiones “a sostener con el gobierno de los Estados Unidos un diálogo respetuoso, basado en la igualdad soberana, para tratar los más diversos temas de forma recíproca, sin menoscabo a la independencia nacional y la autodeterminación de nuestro pueblo, (…) posición que fue expresada al Gobierno de Estados Unidos, de forma pública y privada, por el compañero Fidel en diferentes momentos de nuestra larga lucha, con el planteamiento de discutir y resolver las diferencias mediante negociaciones, sin renunciar a uno solo de nuestros principios“.
Asimismo, es coherente con la voluntad expresa del gobierno cubano de, en ejercicio de su soberanía, actualizar la política migratoria vigente y ajustarla a las condiciones del presente y el futuro previsible, como lo demostró con la implementación de un grupo importante de medidas a partir del 14 de enero de 2013.
La comúnmente conocida como política de “pies secos-pies mojados”, una flagrante violación de la letra y el espíritu de los acuerdos migratorios alcanzados entre Cuba y los Estados Unidos en 1994 y 1995, constituía hasta ahora un estímulo a la emigración irregular, al tráfico de emigrantes y a las entradas irregulares a los Estados Unidos desde terceros países de ciudadanos cubanos que viajan legalmente al exterior, y al admitirlos automáticamente en su territorio, les confería un trato preferencial y único que no reciben ciudadanos de otros países, por lo que también era una incitación a las salidas ilegales. Su implementación y la de otras políticas provocó crisis migratorias, secuestros de naves y aeronaves y la comisión de delitos, como el tráfico de emigrantes, la trata de personas, el fraude migratorio y el uso de la violencia con un impacto extraterritorial desestabilizador creciente sobre otros países de la región, utilizados como tránsito para llegar a territorio estadounidense.
La decisión de eliminar esa política implica que “a partir de la fecha de esta Declaración Conjunta, los Estados Unidos de América, consistente con sus leyes y las normas internacionales, devolverá a la República de Cuba, y la República de Cuba, consistente con sus leyes y las normas internacionales, recibirá a todos los ciudadanos cubanos, quienes con posterioridad a la firma de este acuerdo, sean detectados por las autoridades competentes de los Estados Unidos de América cuando trataban de ingresar o permanecer irregularmente en ese país”, violando sus leyes.
Los Estados Unidos también se comprometieron a aplicar en lo adelante a los ciudadanos cubanos que sean detectados en esa situación los mismos procedimientos y normas migratorias que al resto de los migrantes de otros países, sin un criterio de selectividad, lo cual es una señal positiva en el propósito de eliminar las exclusividades en el caso de los cubanos, que tienen un marcado matiz político.
Asimismo se elimina el denominado Programa de Parole para Profesionales Médicos Cubanos, que formaba parte del arsenal para privar al país de médicos, enfermeros y otros profesionales del sector, en una virtual operación internacional de robo de cerebro promovida por el gobierno de los Estados Unidos desde 2006 y un atentado contra las misiones médicas humanitarias y solidarias de Cuba en países del Tercer Mundo, que tanto lo necesitan. Esta política incitó a personal cubano de la salud que colabora en terceros países a abandonar sus misiones y emigrar a los Estados Unidos, convirtiéndose en una práctica censurable que dañó los programas de cooperación médica internacional de Cuba.
Esos dos escollos han desaparecido este 12 de enero, pero para poder ser consecuentes con la letra y el espíritu de esta Declaración Conjunta, garantizar una migración regular, segura y ordenada, enfrentar con efectividad las amenazas a la seguridad de ambos países que se derivan de la migración irregular, y alcanzar relaciones migratorias normales entre Cuba y los Estados Unidos, será necesario también que el Congreso estadounidense derogue la Ley de Ajuste Cubano de 1966, única de su tipo en el mundo que no se corresponde con el contexto bilateral actual.
Salvo lo dispuesto por esta Declaración Conjunta, mantienen toda su vigencia los otros acuerdos migratorios alcanzados previamente por Cuba y los Estados Unidos: los Comunicados Conjuntos del 14 de diciembre de 1984 y del 9 de septiembre de 1994 y la Declaración Conjunta del 2 de mayo de 1995. Entre otros aspectos se ratifica la decisión de ambas partes de impedir las salidas ilegales vía marítima y de devolver a Cuba a todas las personas que sean interceptadas en esos hechos o a quienes penetren a la Base Naval de Guantánamo. El Gobierno de los Estados Unidos continuará garantizando la migración regular desde Cuba con un mínimo de 20 mil personas anuales.
Ambos gobiernos acordaron aplicar sus leyes de migración de manera no selectiva y de conformidad con sus obligaciones internacionales. Asimismo se comprometieron a impedir las salidas riesgosas que ponen en peligro la vida humana, prevenir la migración irregular y luchar contra los actos de violencia asociados a estas manifestaciones, como la trata y el tráfico de personas.
En ese sentido, las partes promoverán la cooperación bilateral eficaz para prevenir, y procesar a los implicados en el tráfico de personas, así como los delitos asociados a los movimientos migratorios, que ponen en peligro su seguridad nacional, incluyendo el secuestro de aeronaves y embarcaciones. Todo ello está en correspondencia con los avances alcanzados en corto tiempo en la cooperación bilateral en materia de seguridad.
Las autoridades competentes de los dos países han realizado las coordinaciones pertinentes para garantizar la implementación efectiva de este acuerdo, incluidos los procedimientos operacionales correspondientes entre los órganos encargados de garantizar el cumplimiento y aplicación de la ley, con vistas a impedir acciones que pretendan enturbiar este esfuerzo o traten de poner en riesgo la seguridad de ambas naciones.
Fiel a sus obligaciones internacionales y a su legislación, el gobierno de la República de Cuba ratifica su compromiso en garantizar la migración regular, segura y ordenada, así como en cumplir cabalmente este nuevo acuerdo para lo que se han tomado internamente las medidas correspondientes. Continuará garantizando el derecho a viajar y emigrar de los ciudadanos cubanos y de regresar al país, de acuerdo con los requerimientos de la ley migratoria. Asimismo, adoptará paulatinamente otras medidas para actualizar la política migratoria vigente.
La Habana, 12 de enero de 2017.
en este link verás el video sobre nuestro museo.
https://www.youtube.com/watch?v=jGPLj1nGEsY
Argentina: El Che lives on! Get lost in Buenos Aires ... Izquierdista entusiasta, y a su forma, compañero revolucionario Eladio Gonzalez muestra el contenido de su afamado museo Che Guevara en Caballito, Buenos Aires.. |
informó el Museo “ ERNESTO CHE GUEVARA ” de Caballito, CABA
calle Rojas 129, esq. Yerbal, Buenos Aires (AAC 1405) Argentina
Visitar lunes a viernes de 10 a 19 hs. (corrido) – entrada libre y gratuita
Escuela de Solidaridad con Cuba “ CHAUBLOQUEO ”
Registro donantes voluntarios de Células Madre (INCUCAI)
Coordinador ex Mesa Vecinal Participativa en Seguridad de Caballito
Tel. 4 903 3285 Irene Rosa Perpiñal - Eladio González (Toto)
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¡ Salven a los argentinos !..... “las ballenas”.
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