lunes, 18 de octubre de 2010

Jueces y apropiadores argentinos de alma blindada

Nuestra querida Chicha, más contundente que nunca. Si la justicia no fuera más que un apéndice del sistema capitalista, y los jueces una sarta de sinvergüenzas, ésta situación ya debiera estar resuelta sin que esta persona de 86 años y cuanta gente más, deba andar prolongando su angustia durante tantos años. Alberto

 EL PAIS › CARTA DE CHICHA MARIANI A LA DUEÑA DE CLARIN  "Que coopere con la Justicia"

María Isabel Chorobick de Mariani, "Chicha".

María Isabel Chorobick de Mariani, primera presidenta de Abuelas de Plaza de Mayo, le reclamó por medio de una carta abierta a la empresaria Ernestina Herrera de Noble que deje de obstaculizar la investigación en la que se busca determinar la identidad de las criaturas que adoptó durante la última dictadura y le pide que "coopere con la Justicia". El mensaje fue en respuesta a un artículo publicado por Clarín en el cual los abogados de Marcela y Felipe Noble Herrera sugirieron que es "cronológicamente imposible" que su clienta sea Clara Anahí Mariani, secuestrada el 24 de noviembre de 1976, porque el trámite de adopción está fechado seis meses antes.

Chicha Mariani recordó que durante la dictadura era "común la emisión de documentación apócrifa y de datos falsos" para encubrir apropiaciones. "Tengo 86 años y no quiero morirme sin reencontrarme con mi nieta, y creo que es posible que Marcela y Clara Anahí sean la misma persona", escribió Mariani, presidenta de Abuelas hasta 1989 y titular de la Asociación Anahí. "También soy consciente de que tal vez Marcela no sea mi nieta y que sea la nieta de alguna de las mujeres que me acompañaron" en Abuelas de Plaza de Mayo, agregó. "En cualquiera de los dos casos, cuando se conozca la verdad sentiré la satisfacción de que se haya recuperado la identidad y la historia de una joven que aún hoy sigue siendo víctima del daño producido por quienes perpetraron el plan sistemático de robo de bebés", afirmó.

Un día después de que Mariani manifestara ante el Tribunal Oral Federal 6 su sospecha de que su nieta pueda ser la niña que la empresaria dijo haber encontrado en una caja de zapatos, los abogados Ignacio Padilla y Roxana Piña contestaron en Clarín con la historia oficial sobre las adopciones de la viuda. La versión fue desmentida por los propios testigos de la imputada, detenida en 2002 por el juez Roberto Marquevich por "falsificación de documentos públicos, inserción de datos falsos y uso de documento público falso", le recordó Mariani en su carta abierta.

"La única manera de comprobar o descartar un vínculo identitario son los análisis genéticos que usted viene obstaculizando desde hace muchos años", le reprochó. "Por eso le pido, con todo respeto, que si usted quiere demostrar la inexistencia de tal vínculo, coopere con la Justicia y contribuya a que los análisis de sangre se realicen tal como lo establece la ley, sin que las pruebas sean contaminadas y evitando cualquier tipo de artilugio tendiente a evitar el conocimiento de la verdad", reclamó.

"A modo de ejemplo de la documentación falsa producida con el fin de robar niños", Mariani le recordó el caso de Paula Logares, quien había nacido en 1976 y fue inscripta por sus apropiadores como nacida dos años después. "La supuesta 'imposibilidad cronológica' que se menciona en su diario era de dos años, mucho mayor a seis meses", destacó. La ex presidenta de Abuelas le recordó a la empresaria que el cruce del ADN de Marcela y Felipe Noble Herrera con todo el banco de datos genéticos "es lo que corresponde porque así lo indica la ley", y también que la propia viuda de Noble admitió en una carta que publicó en 2003 "la posibilidad de que ellos y sus padres hayan sido víctimas de la represión ilegal".                                    Fuente: Pagina 12 

Apropiación de menores: la Cámara Federal porteña validó proceso para la obtención de muestras de ADN

Se trata de un procedimiento judicial en donde se recolectaron prendas íntimas de un hijo de desaparecidos, que había sido trasladado por la fuerza pública al juzgado, incluido su posterior análisis en el Banco Nacional de Datos Genéticos. Fallo completo

 

La Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal dio por válido un procedimiento en donde el juez de instrucción Rodolfo Canicoba Corral había hecho traer por la fuerza pública a un hijo de desaparecidos para secuestrarle prendas íntimas, con el fin de realizar un examen de ADN en el Banco Nacional de Datos Genéticos (BNDG). La decisión del juez había sido apelada por la defensa, aunque el magistrado siguió adelante con la realización del análisis mientras se tramitaba el recurso. De esta manera, la Cámara Federal tuvo que resolver sobre la validez del procedimiento, pese a que ya se confirmó que el joven al que se le secuestró la ropa es hijo de desaparecidos. Ahora, la Cámara resolvió el recurso de la defensa, ratificó todo lo actuado por el juez y dio por válido el procedimiento.

En este expediente, en un principio, se había ordenado la sustracción compulsiva de sangre de la víctima, aunque ante la apelación de su defensa el caso llegó a la Corte Suprema, en donde se remitió a la doctrina fijada en el antecedente "Gualtieri Rugnoni de Prieto", rechazando la extracción compulsiva pero autorizando el secuestro de prendas y otros elementos para realizar los exámenes de ADN. Ante esa decisión, el juez de primera instancia citó al presunto hijo de desaparecidos para que entregue voluntariamente sus prendas íntimas. Ante su negativa, el magistrado ordenó su comparecencia en el juzgado por la fuerza pública y el secuestro de sus prendas.

Finalmente, se ordenó el peritaje de las muestras en el Banco Nacional de Datos Genéticos. Tanto el secuestro de la ropa como la orden del examen fueron apeladas por la madre adoptiva del joven, procesada en la causa junto a su marido (quien se encuentra prófugo), aunque esa impugnación no frenó la realización del análisis. En el fallo de la Sala II de la Cámara, los magistrados indicaron que "la razonabilidad y proporcionalidad de la decisión adoptada se encuentra fuera de discusión para este Tribunal, ya que existen serios indicios de que el niño que los imputados inscribieron como propio corresponde al hijo del matrimonio Tauro-Rochistein".

Fuente: www.cij.gov.ar
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