viernes, 27 de abril de 2012

Estudiantes represores rechazados por UBA 21 NO a los alumnos genocidas madr6

Asunto: LADH: RESOLUCIÓN DE LA UBA 21 POR LOS REPRESORES


vie 27-abr-12, Héctor Luis Trajtemberg <trajtemberghector@hotmail.com> escribió:

 

ESTIMADOS COMPAÑEROS:

LES ENVÍO PARA VUESTO CONOCIMIENTO LA RESOLUCIÓN QUE CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE FILOSOFÍA Y LETRAS ADOPTÓ RESPECTO DEL PEDIDO REALIZADO POR VARIOS CONDENADOS POR DELITOS DE LESA HUMANIDAD PARA INSCRIBIRSE COMO ALUMNOS EN LOS PLANES DE ESTUDIO DE UBA 21.

COMO UDS. VERÁN, ESA RESOLUCIÓN SE DA COMO RESPUESTA A LA NOTA QUE AL RESPECTO LE HA ENVIADO LA LIGA ARGENTINA POR LOS DERECHOS DEL HOMBRE.

UNA SIMILAR  SE ADOPTÓ DÍAS PASADOS EN LA FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES  UBA

SERÍA BUENO LLEVAR LA INICIATIVA A LAS DEMÁS FACULTADES DONDE PRETENDAN INSCRIBIRSE LOS ASESINOS SERIALES, TORTURADORES, DESAPARECEDORES DE NIÑOS     Y LADRONES DEL "PROCESO", YA QUE RESULTARÍA REPUGNANTE TENERLOS COMO COMPAÑEROS DE BANCO.

ALLÍ VA EL TEXTO. HÁGANLO CIRCULAR. 

VISTO  

La preocupación expresada por autoridades, docentes, graduados/as, estudiantes y no docentes de la comunidad académica de nuestra Facultad ante el intento de represores involucrados en la ejecución del genocidio de la última dictadura cívico-militar de introducirse a la educación pública universitaria en contextos de encierro a través del Programa UBAXXII, según fuera debatido en dos reuniones anteriores de este Consejo Directivo, a partir de una nota presentada por la Liga Argentina por los Derechos del Hombre. 

Y CONSIDERANDO

 

Que la Universidad de Buenos Aires, así como otras universidades nacionales, han estado intervenidas entre 1974 y 1983, y que sus docentes, graduados/as, estudiantes y no docentes sufrieron de forma sistemática persecución, secuestros, torturas, asesinatos y desapariciones, como parte del plan de exterminio y disciplinamiento perpetrado contra el pueblo argentino durante esos años. Que sólo en la Facultad de Filosofía y Letras se cuentan 423 casos de asesinatos y desapariciones, teniendo en cuenta las carreras de Sociología y Psicología, que funcionaban por entonces en esta Casa de Estudios.

 

Que los juicios llevados adelante con la política de Memoria, Verdad y Justicia ha permitido terminar con la impunidad, procesar y condenar a una gran cantidad de represores vinculados a los más aberrantes delitos cometidos en el marco del genocidio de la última de la dictadura cívico-militar, quienes amparados en el terrorismo de Estado, sumaron su responsabilidad individual en el secuestro, la tortura, el asesinato, la desaparición y la apropiación de bebés y niños/as apresados/as junto a sus familias o nacidos/as en cautiverio.

 

Que en sede judicial se ha demostrado la responsabilidad de estos represores en la planificación del genocidio. Que en sus declaraciones han sostenido y justificado sus actos, afirmando que los repetirían si fuera necesario. Que se han negado a entregar la información con la que cuentan sobre los asesinatos, desapariciones y apropiaciones, conducta que extiende las consecuencias de sus crímenes hasta el presente y los hace sujetos de un delito continuo.

 

Que tras años de lucha del movimiento de derechos humanos, se está logrando el juicio y castigo a los culpables, imponiendo penas en cárcel común. Que, pese a ello, los procesados y condenados por estos crímenes gozan aún de privilegios producto del reconocimiento jerárquico o la "solidaridad" de sus pares y la protección de parte de la corporación judicial, las Fuerzas Armadas y el Servicio Penitenciario Federal, que implican condiciones diferenciales de alojamiento y traslado, como ha sido no sólo registrado en notas de investigación periodísticas, sino también comprobado por docentes y estudiantes del Programa UBAXXII.

 

Que represores detenidos en el Complejo Penitenciario Federal II de Marcos Paz han irrumpido en las aulas de la Universidad en la cárcel, sin estar inscriptos, hostigando, acosando y amenazando a docentes y estudiantes del Programa UBAXXII.

 

Que estos y otros docentes y estudiantes del Programa UBAXXII han hecho explícito su rechazo a compartir las aulas con los represores, mediante declaraciones colectivas y notas individuales de objeción de conciencia.

 

Que el Programa UBAXXII, iniciado en los primeros momentos de regularización democrática de nuestra Universidad, se propuso desde su nacimiento como un espacio de libertad y formación en vínculo con las estrategias de resistencia y las luchas de las personas privadas de su libertad, para garantizar el derecho a la educación universitaria, fomentar el pensamiento crítico y combatir las formas de disciplinamiento y represión en el encierro. Y que, en los hechos, ha permitido el acceso a este derecho a personas que de otra manera no hubiesen podido estudiar en la Universidad, dándoles una importante herramienta para mejorar sus condiciones y ampliar el horizonte de sus proyectos de vida.

 

Que los fundamentos y objetivos de las intervenciones de la Universidad, como el Programa UBAXXII, no deben ser distorsionados mediante la utilización y aprovechamiento de un grupo de personas que quiere obtener una modificación en sus ya privilegiadas condiciones de encierro, violentando moralmente a docentes y estudiantes, y banalizando la voluntad de transformación individual y colectiva que dio origen a dicho programa.

 

Que los recursos del conjunto de los/as argentinos/as, que la Universidad invierte, entre otras cosas, en el Programa UBAXXII, no pueden ser objeto de manipulaciones, usos indebidos y maniobras extorsivas en beneficio de personas que, con sus actos, han demostrado (y siguen demostrando) estar en contra de la convivencia democrática.

 

Que diversas instituciones públicas, incluyendo la Cámara de Diputados de la Nación, han rechazado la incorporación o permanencia de personas procesadas o condenadas por delitos de lesa humanidad en su seno, ratificando la condena social que pesa sobre los perpetradores del genocidio y el carácter excepcional de este tipo de delitos, que los hace incomparables con cualquier otra transgresión de la ley penal.

 

Que el Estatuto Universitario propone en sus Bases que la Universidad de Buenos Aires presta atención, estudia e interviene con responsabilidad en los problemas nacionales. 

 

Que el Capítulo V: "De las condiciones de admisibilidad", establece que "Las Facultades proponen al Consejo Superior, que resuelve en definitiva, las condiciones de admisibilidad a sus aulas" (artículo 16).

 

Que el Capítulo IV: "De las Facultades", sostiene que corresponde a los consejos directivos velar por la aplicación del Estatuto Universitario en el ámbito de cada Facultad y proponer las condiciones de admisibilidad en sus aulas (artículo 113, incisos a y m). 

 

Que el Consejo Directivo de la hermana Facultad de Ciencias Sociales resolvió declarar su repudio y rechazar la admisión como estudiantes a procesados y condenados por delitos de lesa humanidad.

 

Que distintos organismos de derechos humanos han manifestado a nuestra Facultad su preocupación por el tema y apoyan la decisión de impedir que represores procesados o condenados por delitos de lesa humanidad ingresen a la universidad pública. Entre ellos: Liga Argentina por los Derechos del Hombre (LADH), Servicio de Paz y Justicia Comisión Zona Norte (SERPAJ), Secretaria de DD.HH. de la CTA Capital, Instituto de Relaciones Ecuménicas (IRE), Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos (MEDH), Madres de Plaza de Mayo Línea Fundadora, Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH).

 

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE FILOSOFÍA Y LETRAS RESUELVE

 

ARTÍCULO 1º.- Rechazar de manera categórica la admisión como estudiantes de esta Facultad a personas procesadas o condenadas por delitos de lesa humanidad.

 

ARTÍCULO 2º.- Proponer al Consejo Superior la creación de una comisión especial, con la participación de representantes de las unidades académicas que integran el Programa UBAXXII, de todos los claustros de la Universidad de Buenos Aires y de organismos de derechos humanos, con el fin de definir el rechazo institucional a la admisión de procesados y condenados por delitos de lesa humanidad en la comunidad universitaria.

 

ARTÍCULO 3º.- Expresar nuestra solidaridad con los/as docentes y estudiantes del Programa UBAXXII que han sufrido el hostigamiento, el acoso y las amenazas de represores detenidos en cárceles comunes.

 

ARTÍCULO 4º.- Regístrese, comuníquese al Consejo Superior de la Universidad de Buenos Aires, publíquese el contenido de la presente resolución en cartelera, en el campus virtual y como gacetilla de prensa, y cumplido, elévese a la Universidad de Buenos Aires.